Modifica el Código Civil para incorporar, como causal de indignidad para suceder, la condena por maltrato habitual en contra de una persona con discapacidad
Fecha | 09 Diciembre 2014 |
Número de Iniciativa | 9769-07 |
Fecha de registro | 09 Diciembre 2014 |
Autor de la iniciativa | Arriagada Macaya, Claudio, Chávez Velásquez, Marcelo, Espejo Yaksic, Sergio, Flores García, Iván, León Ramírez, Roberto, Morano Cornejo, Juan Enrique, Ojeda Uribe, Sergio, Silber Romo, Gabriel, Torres Jeldes, Víctor, Walker Prieto, Matías |
Materia | CÓDIGO CIVIL, DISCAPACIDAD, MALTRATO HABITUAL |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
Modifica el Código Civil para incorporar, como causal de indignidad para suceder, la condena por maltrato habitual en contra de una persona con discapacidad
Boletín N°9769-07
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
La idea principal del presente Proyecto de Ley es declarar incapaz de suceder a quien haya ejercido violencia física o psicológica en contra de una persona discapacitada. Lo anterior, debido a la constatación en la realidad del maltrato que sufren muchas personas con capacidades diferentes, problemática que debe ser asumida y subsanada por la sociedad.
Las personas con discapacidad se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad a sufrir cualquier clase de violencia, principalmente debido a que tienen menos medios para defenderse físicamente, contar en algunos casos con una mayor dificultad para expresar los malos tratos y acceder a información y asesoramiento, presentar una más baja autoestima, depender de la asistencia y cuidado de otros y, finalmente debido al miedo a denunciar los abusos por la posible pérdida de la provisión de cuidados de sus más cercanos. Situación que fue en parte tratada por la Ley 20.066 de violencia intrafamiliar, en la que se tipifica como delito el maltrato físico y psíquico que recaiga contra personas discapacitadas realizado por algún pariente que tenga a su cargo su cuidado o dependencia.
La siguiente propuesta da un paso más allá, planteando que se declare indigno para suceder a una persona con capacidades diferentes a quienes hayan incurrido en este ilícito en su contra de manera habitual, ya sea mediante agresiones que dañen su integridad corporal o que produzcan en él un malestar mental o emocional. Para lo cual debe haberse dictado por los tribunales una sentencia ejecutoriada que declare tal situación de acuerdo a los términos de la Ley de Violencia Intrafamiliar.
La Convención de las Naciones Unidas, sobre los derechos de las Personas con Discapacidad, y que fuera suscrito por Chile, reconoce los derechos de todos los individuos y en especial para las personas con discapacidad, para que puedan vivir en forma independiente y plena todos los aspectos de la vida; asimismo la Ley 20.244 establece normas sobre Igualdad de Oportunidades e ...
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