Las juntas de acreedores en los procedimientos concursales de liquidación - Procedimiento concursal de liquidación forzada - Procedimiento concursal de liquidación - Procedimientos Concursales. 2023 - Libros y Revistas - VLEX 933149186

Las juntas de acreedores en los procedimientos concursales de liquidación

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Páginas311-320
PROCEDIMIENTOS CONCURSALES 󰜔 PRÁCTICA FORENSE
311
G.- LAS JUNTAS DE ACREEDORES EN LOS
PROCEDIMIENTOS CONCURSALES DE LIQU IDACI ÓN.
La actividad de los diferentes acreedores reconocidos y para los
diferentes acuerdos, se realiza a través de las juntas, de las cuales se
distinguen:
I.- GENERALIDADES DE LAS JUNTAS
1.- LAS JUNTAS DE ACREEDORES. Los acreedores adoptarán los
acuerdos en Juntas de Acreedores celebradas de conformidad a las
disposiciones del presente Párrafo, las que se denominarán, según
corresponda;
1.1.- Junta Constitutiva;
1.2.- Juntas Ordinarias; y
1.3.- Juntas Extraordinarias (Art.180).
2.- QUÓRUM PARA SESIONAR. Toda Junta de Acreedores se
entenderá constituida legalmente para sesionar si cuenta:
2.1.- Con la concurrencia de uno o más acreedores;
2.2.- Que representen al menos el 25% del pasivo con
derecho a voto, a menos que esta ley señale expresamente un
quórum de constitución distinto.
Los acuerdos se adoptarán con Quórum Simple, salvo que esta
ley establezca un quórum diferente (Art.181).
3.- ASISTENCIA Y DER ECHO A VOZ. Las Juntas de Acreedores serán
públicas y el Liquidador podrá disponer que, por razones de seguridad
y previa autorización judicial, se celebren sesiones con presencia
limitada de público general.
Tendrán derecho a voz:
1) Todos los acreedores que hayan verificado sus créditos,
tengan o no derecho a voto.
2) El Liquidador.
3) El Deudor.
4) El Superintendente de Insolvencia y Emprendimiento, o
quien éste designe (Art.182).
4.- NÓMINA DE AS ISTENCIA. Los acreedores que asistan a las
Juntas de Acreedores que se celebren con arreglo a este Párrafo
deberán suscribir la correspondiente nómina de asistencia que al
efecto proporcione el Liquidador, indicando su nombre completo o
razón social y la individualización del apoderado que asiste en su

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