Los jueces los declaran trabajadores: balance de la jurisprudencia internacional sobre el trabajo en plataformas - Núm. 29-2, Julio 2023 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 942817175

Los jueces los declaran trabajadores: balance de la jurisprudencia internacional sobre el trabajo en plataformas

AutorNatalia Ramírez Bustamante, Juan Felipe Parra Rosas y Andrés Rodríguez Morales
CargoScience Juris Doctor de la Universidad de Harvard (EE. UU.)/Estudiante del Doctorado en Derecho de la Universidad de los Andes/Estudiante del Doctorado en Derecho de la Universidad de los Andes
Páginas85-106
Revista Ius et Prax is, Año 29, Nº 2, 2023
Natalia Ramírez Bustamante ı Juan Felipe Parra Rosas ı Andrés Rodríguez Morales
pp. 85 - 106
85
Revista Ius et Praxis
Talca, Chile, 2023
Artículo
Fecha de recepción: 2022-08 -18; fecha d e aceptación: 2023 -01-06
LOS JUECES LOS DECLARAN TRABAJADORES: BALANCE DE LA JURISPRUDENCIA
INTERNACIONAL SOBRE EL TRABAJO EN PLATAFORMAS1
The judges say they are workers: a review of the international
jurisprudence on drivers and domiciliary rigs
NATALIA RAMÍREZ BUSTAMANTE 2
JUAN FELIPE PARRA ROSAS3
ANDRÉS RODRÍGUEZ MORALES 4
Universidad de los Andes
Resumen
Este artículo of rece un balance jur isprudencial sobre el tra bajo en plataformas a tr avés del análisis de 55 fa llos
de jueces alrededor del mundo y concluye que los jueces, mayoritariamente, han encontrado que existe una
relación laboral entr e domiciliarios y conductores y las empresas propietarias de las plataformas. En el texto
sintetizamos los argumentos de las partes en los procesos judiciales, presentamos el material probatorio en
el que se sustentan las sentencias y analizamos los argumentos utilizados por los jueces para declarar si existe
(o no) una relación laboral. Para ofrecer distintas muestras del razonamiento jurídico realizado por los
diferentes jueces, ofrecemos citas textuales de muchos de los fallos analizados. La revisión incluye cincuenta
y cinco sentencias adoptadas por tribunales alrededor del mundo entre abril de 2016 y febrero de 2022.
Palabras clave
Trabajo en plataformas, subordinación, derecho laboral, subordinación algorítmica.
Abstract
This article presents a jurisprudential balance on work on platforms through the analysis of fifty-five decisions
of judges around the world. It concludes that judges, for the most part, have found that there is an
employment relationsh ip between domiciliaries and drivers and the companies that own the platforms. In the
text we synthesize t he arguments of the parties in the ju dicial processes, we presen t the evidentiary material
on which the sentences are based, and we analyze the arguments used by the judges to establish whether
there is an employment relationship or not. To offer different samples of the legal reasoning embodied in the
cases, we offer verbatim quotes from many of the rulings analyzed. The review includes fifty-five decisions
adopted by courts around the world between April 2016 and February 2022.
Key words
Platform work, sub ordination, labor law, algorithm ic subordination.
1 Este artículo se desarrolló como resul tado del Semillero Trabajo y Derecho de la Facultad de D erecho de la Universidad de los Andes.
Para más información, véase: https://derecho.uniandes.edu.co/es/semillero-de-investigacion-trabaj o-y-derecho.
2 Science Juris Doctor de la Universidad de Harvard (EE. UU.). Profesora asociada de la Facultad de Derecho de la Universidad de los
Andes (Colombia). Dirección postal: Cra 1 N º 18A - 12, Bogotá D.C., Colombia. Correo electrónico: ramirezb@uniandes.edu.co, ORC ID
0000-0002-9884-2673.
3 Estudiante del Doctorado en Dere cho de la Universidad de los Andes. Dirección postal: Cra 1 Nº 18A - 12, Bog otá D.C., Colombia.
Correo electrónico: jf.parra12@uniandes.edu.co, ORCID 0000-0001-7898-3535.
4 Estudiante del Doctorado en Derecho de la Universidad de los Andes. Dirección postal: Cra 1 Nº 18A - 12, Bogotá D.C., Colombia.
Correo electrónico: a.rodriguezm10@uniandes.edu.co, ORCID 0000-0002-1845-3062.
Revista Ius et Prax is, Año 29, Nº 2, 2023
Natalia Ramírez Bustamante ı Juan Felipe Parra Rosas ı Andrés Rodríguez Morales
pp. 85 - 106
86
1. Introducción
La ejecución del trabajo por medio de plataformas digitales nos ha enfrentado a una
revisión de las bases del derecho laboral a nivel global, y tanto los Estados como los jueces
alrededor del mundo han tenido que asumir el reto de la conceptualización jurídica de este tipo
de trabajo 5. Independientemente de la tradición jurídica de que se trate, tanto en regímenes de
Derecho Continental como de Common Law, el problema jurídico central consiste en analizar si
el servicio personal prestado por los domiciliarios y conductores a las plataformas, puede
encajarse en una relación laboral o si, por el contrario, es una relación autónoma regulada por
el derecho privado. Esta no es una discusión menor, pues de su resultado depende la forma en
que crezcan y se desarrollen los nuevos emprendimientos en plataformas, las tendencias que
tengan las discusiones en torno al empleo y la dignidad de los trabajadores, así como las
garantías asociadas a la relación subordinada de empleo.
Quizá el mayor reto que los jueces laborales han tenido que enfrentar en el análisis del
trabajo en plataform as6 está relacionado con la presencia de formas menos heterodoxas de la
ejecución del trabajo que además están permeadas por el uso de tecnología. Históricamente, la
ejecución de un trabajo subordinado sucedía dentro de las edificaciones del empleador, bajo
control disciplinario directo y durante una jornada de trabajo determinada. Sin embargo, el
trabajo en plataformas trastoca estas dinámicas tradicionales. Esta es parte de la dificultad a la
que se enfrentan los jueces al estudiar el trabajo en plataformas. En sus análisis, los jueces se
han encontrado con funcionarios que no asisten nunca a la sede de la empresa, que no conocen
a sus contratantes, y que no cumplen horarios y son aparentemente “libres” para decidir en qué
días y franjas horarias prestan sus servicios. Además, con el fin de estudiar la naturaleza de la
relación entre las partes, los jueces han tenido que describir y comprender, al menos
superficialmente, el funcionamiento de las compañías tecnológicas y de los algoritmos que
utilizan para la asignación de pedidos.
Aunque aparentemente no exista control “directo” empleador-trabajador ni la imposición
de sanciones disciplinarias, el razonamiento de muchos jueces en el mundo ha entendido que la
subordinación personal ha venido a ser sustituida por una subordinación algorítmica7, es decir,
por la sujeción del trabajador al control algorítmico de su desempeño que se materializa a través
de dispositivos de geolocalización, pero también de diseños elementales de sanciones y
recompensas: a mayor disponibilidad del trabajador en la aplicación, mayor envío de pedidos, y
viceversa, a menor tasa de aceptación de domicilios, menores ofertas de trabajo.
Este artículo busca ofrecer un recuento de la recepción judicial del trabajo en plataformas
a través del análisis de 55 decisiones judiciales proferidas en diferentes jurisdicciones que se
pronunciaron sobre la naturaleza del vínculo contractual entre conductores y/o domiciliarios y
las plataformas de reparto8.
5 FILI Y COSTANTINI (2019), pp. 1-159.
6 Reconocemos que el trabajo en plataformas es un fenómeno complejo, que puede ser estudiado y teorizado desde diferentes aristas.
Por ejemplo, como un vehículo del desarrollo económico, como un dinamizador del emprendimiento, como un dispositivo que
necesariamente incentiva la precarización, pensando en el riesgo de que se cree una ‘jaula digital’ burocrática o la plataforma vis ta
como la evidencia de una empresa adaptable al conte xto, un ‘camaleón’) (VALLAS Y SCHOR (2020)). Aunque teorizar o conc eptualizar
el trabajo en plataformas excede el objeto de inve stigación de este artículo, en este trabajo, siguiendo a VALLAS Y S CHOR (2020), nos
alejamos de las aristas tradicionales y, en su lugar, partimos de la sigu iente preocupación: el trabajo en plataformas p uede ser utilizado
como un dispositivo de gobernanza que les permite a las empresas e xternalizar los riesgos y la responsabilidad por el bienestar y
protección de los trabajadores como si fueran verdaderos independientes, mientras que permite que se ejerzan distintas formas de
control y disciplinamiento sobre los trabajadore s.
7 Este concepto parte del desarrollo teórico y empír ico del análisis del control y gestión algorítmica. Fue utilizado por primera vez en el
2015, para describir cómo los algori tmos del aplicativo de Uber controlaban el trabajo de los conductores, haciendo que fueran
“asignados, optimizados y evaluados a través de algoritmos y datos rastreables” (LAMER S et al. (2022), pp. 1-15; LEE et al. ( 2015) pp.
1603-1612). De esta manera se ejerce un control algorítmico de los conductores y domic iliarios, el cual mediante datos proporcionados
por la aplicación toma decisiones automatizadas para imponer unos parám etros de ejecución de la labor a los “colaboradores”, dándole
órdenes y gestionando el modelo de negocio de las plataforma s (JARRAHI et al. (2019); MOHLMANN Y ZALMANSON (2017), pp. 10-1 3;
SHAPIRO (2018), pp. 2954-2971).
8 RAMÍREZ et al. (2021a), pp. 3-24.; RAMÍREZ et al. (2021b) pp. 3-18.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR