Resolución núm. 3376 EXENTA, publicada el 11 de Junio de 2010. DEROGA RESOLUCIÓN Nº 6.595 EXENTA, DE 2009 Y DELEGA EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE INDICA EN LAS JEFATURAS DE LA DIVISIÓN ADMINISTRATIVA QUE SEÑALA Y EN LA JEFATURA DEL SERVICIO DE BIENESTAR MINVU-SERVIU - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469860554

Resolución núm. 3376 EXENTA, publicada el 11 de Junio de 2010. DEROGA RESOLUCIÓN Nº 6.595 EXENTA, DE 2009 Y DELEGA EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE INDICA EN LAS JEFATURAS DE LA DIVISIÓN ADMINISTRATIVA QUE SEÑALA Y EN LA JEFATURA DEL SERVICIO DE BIENESTAR MINVU-SERVIU

EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

DEROGA RESOLUCIÓN Nº 6.595 EXENTA, DE 2009 Y DELEGA EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE INDICA EN LAS JEFATURAS DE LA DIVISIÓN ADMINISTRATIVA QUE SEÑALA Y EN LA JEFATURA DEL SERVICIO DE BIENESTAR MINVU-SERVIU

Santiago, 7 de junio de 2010.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 3.376 exenta.- Visto: EL DL Nº. 1305, de 1976; el artículo 41 de la Ley Nº 18.575, en su texto refundido, coordinado y sistematizado fijado por D.F.L. Nº 1/19.653; la Ley N° 19.886 y su reglamento aprobado por D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones; las resoluciones exentas N°s. 6595, 7489 y 8132, todas de 2009, de Vivienda y Urbanismo; el D.S. N° 100, de 2008, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia; la Ley N° 20.407, Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2010; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y

Teniendo presente:

  1. Que por resolución exenta N° 6.595, de 2009, se delegó en la jefatura de la División Administrativa, del Departamento Recursos Humanos, del Departamento Servicios Generales, en el/la encargado(a) de la Unidad de Capacitación y en la jefatura del Servicio de Bienestar MINVU-SERVIU, el ejercicio de diversas facultades en materia de personal, de administración de bienes y contratación de servicios no personales, de remuneraciones, y de capacitación y perfeccionamiento, como asimismo se delegó en la jefatura de dicha División, el ejercicio de la facultad contemplada en el artículo 7° del D.S. N°834, de 2003, del Ministerio de Hacienda, para acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder a la bonificación por retiro contemplada en el ley N° 19.882 y el número de meses de bonificación, como también la concesión del bono post laboral establecido en la ley N° 20.305 que mejora condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo de sus pensiones y la ejecución de todos aquellos actos administrativos y gestiones que sean necesarios para la total tramitación y concesión de dicho beneficio.

  2. Que mediante Ordinario N°10, de fecha 14 de enero de 2010, la División Jurídica del MINVU se pronunció respecto del concepto de servicios personales, que son aquellos que en su ejecución demandan un intensivo desarrollo intelectual, de acuerdo a la definición introducida en el Reglamento de la ley N° 19.886 por el D.S. N° 1.763, de 2008, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial con fecha 6 de octubre de 2009.

  3. Que sin perjuicio de lo anterior, constituye una facultad propia de la Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo, conforme a lo prescrito en el artículo 11°, letra g), del decreto ley N° 1.305, contratar los estudios, proyectos e investigaciones técnicas relacionadas con actividades del Ministerio.

  4. Que por resolución exenta N° 8.132 (V. y U.), de 2009, se modificó la estructura orgánica de la División Administrativa aprobada, entre otras, por la resolución exenta N° 3.733 (V. y U.), de 1992, y por resolución exenta N° 7.489 (V. y U.) reemplazando la denominación del Departamento de Compras y Apoyo Logístico, dependiente de dicha División, por Departamento de Compras y Servicios Generales, dicto la siguiente,

Resolución:

Artículo 1º Derógase la resolución exenta Nº 6.595 (V. y U.) de 2009.

Artículo 2º

Deléganse en el/la jefe/a de la División Administrativa, el ejercicio de las siguientes facultades:

  1. Suscribir los actos administrativos que incidan en las siguientes materias de personal:

    1. - Destinaciones del artículo 73 del D.F.L. Nº 29,

      de Hacienda, de 2004 que fija el texto

      refundido, coordinado y sistematizado de la Ley

      Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo.

    2. - ELIMINADO.

      3.1.- Autorizar, conforme la organización del trabajo

      que disponga cada una de las jefaturas

      respectivas, la programación anual de trabajos

      extraordinarios del personal de las unidades que

      conforman el nivel central del Ministerio de

      Vivienda y Urbanismo, y/o sus modificaciones;

      autorizar la ejecución de dichos trabajos, y

      disponer o sancionar su compensación con

      descanso complementario y/o el pago de las horas

      trabajadas por ese concepto, conforme lo

      aprobado por cada jefatura responsable.

      3.2.- Sancionar la compensación con descanso

      complementario de los trabajos extraordinarios

      que ejecuten los Secretarios Regionales

      Ministeriales y los Directores de los Servicios

      Regionales de Vivienda y Urbanización, en la

      medida que la ejecución de dichos trabajos se

      encuentre aprobada o sancionada por el

      Subsecretario de Vivienda y Urbanismo mediante

      la visación de la correspondiente solicitud de

      compensación.

    3. - Otorgamiento de certificados en que conste la

      fecha en que el funcionario que cuenta con

      fianza de fidelidad funcionaria, ha quedado

      liberado de esta obligación y cual...

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