La intención y el bienestar (§§ 119 al 128) - Segunda parte - Principios de la Filosofía del Derecho - Libros y Revistas - VLEX 1023483090

La intención y el bienestar (§§ 119 al 128)

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II
LA INTENCIÓN Y EL BIENESTAR
§ 119. La existencia exterior de la acción es una conexión múltiple que puede
considerarse innitamente dividida en singularidades, y la acción afectará entonces
en primer lugar solo una de esas singularidades. Pero la verdad de lo singular es lo
universal, y la determinación de la acción no es por sí un contenido aislado en una
singularidad exterior, sino un contenido universal que contiene en su interior una
conexión múltiple. El propósito, en cuanto parte de un ser pensante, contiene no solo
la singularidad, sino esencialmente este lado universal: la intención.
Obs. La palabra Absicht (intención) contiene etimológicamente el sentido de
abstracción: por una parte posee la forma de la universalidad y por otra mienta la
extracción de un lado particular de la cosa concreta. El esfuerzo por justicar una ac-
ción por su intención consiste en aislar en ella un aspecto singular que es armado
como su esencia subjetiva. El juicio sobre una acción como hecho exterior, antes de
determinar su carácter justo o injusto, le otorga un predicado universal, al armar
que es un incendio, homicidio, etcétera.
La determinación singularizada de la realidad exterior muestra aquello que es
su naturaleza como una conexión exterior. La realidad es afectada en un primer mo-
mento en un solo punto singular (tal como el incendio solo toca inmediatamente
un pequeño punto de madera, lo cual proporciona una mera proposición, pero no
un juicio), pero la naturaleza universal de ese punto contiene su extensión. En lo
viviente lo singular no existe como parte, sino como órgano en el que está presente
lo universal como tal, por lo cual el asesinato no lesiona una porción de carne, algo
singular, sino la vida misma. Corresponde, por una parte, al carácter de la reexión
subjetiva, que desconoce la naturaleza lógica de lo singular y de lo universal, este
aventurarse en singularidades dispersas; por otra parte, la naturaleza del hecho -
nito mismo contiene ya esta particularización de lo contingente. El establecimiento
del dolus indirectus tiene su fundamento en estas consideraciones.
Agregado. En una acción se pueden aducir siempre más o menos circunstan-
cias: en un incendio deliberado el fuego puede no llegar a declararse o extenderse
más allá de lo que su autor había previsto. A pesar de ello no se puede hablar en este
caso de buena o mala suerte, porque al actuar el hombre se entrega a la exterioridad.

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