Informe de investigación especial 354-2018, dirección regional de vialidad, los ríos, presuntas irregularidades en la adquisición de vestuario y elementos de protección personal- junio 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 840024890

Informe de investigación especial 354-2018, dirección regional de vialidad, los ríos, presuntas irregularidades en la adquisición de vestuario y elementos de protección personal- junio 2018

Número de informe354/2018
Fecha27 Junio 2018
EmisorRegional Los Ríos

OBJETIVO Atender una denuncia realizada por don Pablo Bofill Schmidt, en la que hace presente que, la Dirección Regional de Vialidad de Los Ríos estaría pagando valores excesivos y favoreciendo a un proveedor en las adquisiciones de vestuario y elementos de protección personal para los funcionarios de esa dependencia, agregando que no se habrían realizado los procesos licitatorios correspondientes.
CONCLUSIONES • Se constató que 10 de los 17 egresos seleccionados en la muestra, todos vinculados con la compra de vestuario y elementos de protección personal, no contenían la totalidad de los documentos mínimos que permitieran acreditar fehacientemente la inversión realizada por la Dirección de Vialidad, advirtiéndose que no incorporaron a los expedientes de pago, copias de los vales adquiridos, facturas o boletas que respaldaran el canje de los tickets en el comercio ni actas o certificados que demuestren la entrega de las prendas a los funcionarios. Situación que vulnera los reglamentos internos de esa entidad, el artículo 55 del decreto ley N° 1.263, de 1975 y la resolución N° 30, de 2015, de este Órgano Fiscalizador.

En consecuencia, la entidad investigada deberá remitir la totalidad de los documentos que acrediten la existencia de los tickets y el canje de los mismos, en un plazo no superior a 30 días, vencido el cual sin que se haya aclarado o bien la aclaración sea insuficiente, se formulará el reparo pertinente, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336.

• A su vez, se detectó que en 6 pagos realizados por los mismos conceptos anteriores, no se adjuntaron los listados de funcionarios con el detalle de los beneficiarios, no pudiéndose determinar a quienes se les hizo la entrega de aquellos artículos.

• Por su parte, se constataron diferencias de hasta $30.000.000 en los valores totales pagados por esa repartición pública en la adquisición de vestuario, lo que demuestra que el mecanismo de compra a través de tickets no se ciñe a las medidas de cuidado y resguardo necesarios del patrimonio y bienes públicos, que se debe tener en virtud de los artículos 60 y 61 de la ley N° 10.336, y a los artículos , y 11, de la ley N° 18.575, correspondiéndole a esa entidad evitar que se reiteren este tipo de incumplimientos.



• A su turno, se constató que esa entidad vinculó la compra de
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