Informe investigación especial 158-2023 Municipalidad de paillaco sobre abastecimiento de agua potable a particulares con cargo a fondos del presupuesto daem y municipal - mayo 2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 950257627

Informe investigación especial 158-2023 Municipalidad de paillaco sobre abastecimiento de agua potable a particulares con cargo a fondos del presupuesto daem y municipal - mayo 2023

Fecha12 Mayo 2023
Número de informe158/2023
EmisorRegional Los Ríos

OBJETIVO

Efectuar una investigación especial sobre el abastecimiento de agua potable de viviendas particulares a través del establecimiento educacional Liceo Rodulfo Amando Philippi, cuyo pago de tal consumo lo realizó el Departamento de Educación Municipal de Paillaco, DAEM, esto para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020, al 28 de febrero de 2023.

CONCLUSIONES

• Se verificó que el DAEM pagó el consumo de agua potable de viviendas particulares ubicadas en el pasaje XXXXX XXXXX, de Paillaco, debido a que funcionarios del municipio autorizaron su conexión a la red del liceo Rodulfo Amando Philippi, validándose además que tales gastos fueron cargados a la cuenta 2152205002, correspondiente al pago de bienes y servicios de consumos básicos necesarios para el cumplimiento de las funciones y actividades de los organismos del sector público, vulnerando de esa forma el principio de legalidad del gasto consagrado en los artículos , y 100 de la Constitución Política; de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; 56 de la ley N° 10.336, Orgánica Constitucional de esta Contraloría General, y en el decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, así como en las leyes anuales de presupuesto.

Por lo expuesto, el municipio deberá instruir un procedimiento disciplinario tendiente a determinar las eventuales responsabilidades administrativas que pudieran derivar del hecho advertido, remitiendo copia del acto administrativo que así lo disponga a la Unidad de Seguimiento de Fiscalía de esta Entidad de Control, dentro del plazo de 15 días hábiles a contar de la recepción del presente informe.

• Se validó que la Municipalidad de Paillaco, como solución a las viviendas que se habían conectado a la red del liceo, gestionó la instalación de un arranque provisorio a nombre del municipio, que se instaló en una propiedad privada y cuyo pago del consumo lo efectúa esa entidad a través de la cuenta 2152205002002, de bienes y...

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