Informe investigacion especial 1192 16 Municipalidad de puerto varas eventuales irregularidades actividades de capacitacion febrero 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 901488440

Informe investigacion especial 1192 16 Municipalidad de puerto varas eventuales irregularidades actividades de capacitacion febrero 2018

Fecha01 Febrero 2018
Número de informe1192/2016
EmisorRegional Los Lagos

OBJETIVO

Verificar, por una parte, las eventuales irregularidades en la concurrencia de concejales de Puerto Varas a las jornadas o cursos de capacitación u otras similares, durante los períodos comprendidos entre el 1 de julio al 31 de diciembre de 2013; el año 2015; y el 1 de enero al 30 de junio de 2016; y por otra, indagar si existiría un uso indebido del vehículo municipal asignado a la autoridad edilicia de la época, el día 22 de septiembre de 2016.

CONCLUSIONES

• Se determinó un monto de $ 4.026.218, asociado a gastos de capacitación de los concejales de la comuna de Puerto Varas, de los cuales no se acreditó la efectiva participación en ellos, toda vez que según lo informado por la Policía de Investigaciones de Chile, los ediles registran salidas y regresos del país, en los días en los cuales debían estar en tales actividades, lo cual vulnera, el principio de legalidad del gasto consagrado en los artículos , , 98 y 100 de la Constitución Política de la República, así como los principios de control, eficiencia y eficacia consagrados en los artículos y de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, debiendo la jefatura comunal requerir la restitución de los aludidos fondos, remitiendo a esta Entidad de Control, en el plazo de 30 días hábiles contado desde la recepción del presente informe, los antecedentes que confirmen la devolución de dichos recursos, bajo apercibimiento de formular el correspondiente reparo, conforme a lo dispuesto en los artículos 85 y 95 y siguientes de la ley Nº 10.336, de Organización y Atribuciones de este Organismo Contralor.
• Se verificó el pago de $ 6.110.000, por capacitaciones de los ediles, sin que conste los certificados de asistencia, ficha de inscripción y programa del curso, que acredite la participación de ellos, lo cual incumple lo establecido en el artículos 55 del decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, 10 de la resolución N° 30, de 2015, y el numeral 3, de la resolución N° 759, de 2003, vigentes a la época, ambas de este Organismo de Control, debiendo esa autoridad edilicia requerir la restitución de los aludidos fondos a los mencionados concejales, remitiendo a esta Entidad de Control, en el plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción del presente informe, los antecedentes que confirmen la devolución de dichos recursos, bajo apercibimiento de incluir esta cifra en el reparo antes enunciado.
• Se...

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