Informe final n° 873 2023 instituto previsión social cuentas por cobrar diciembre 2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 1016456086

Informe final n° 873 2023 instituto previsión social cuentas por cobrar diciembre 2023

Fecha28 Diciembre 2023
Número de informe873/2023
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

La auditoría tuvo por objeto verificar el cumplimiento de la normativa contable y reglamentaria que regula el proceso de las cuentas por cobrar en el Instituto de Previsión Social, IPS, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

La finalidad de la revisión fue determinar si el IPS realiza análisis de las cuentas por cobrar, y tiene mecanismos que le permitan monitorear y controlar eficazmente lo que debe recaudar, verificando que las transacciones se encuentren debidamente documentadas, sus cálculos sean exactos y estén adecuadamente registradas y contabilizadas.

Asimismo, se realizó un examen de las cuentas relacionadas con la materia en revisión, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, la resolución N° 30, de 2015, de este origen y lo señalado en el decreto ley N° 1.263, de 1975.

CONCLUSIONES

• Se constató que el IPS, durante el año 2022, transfirió a siete Administradoras de Fondos de Pensiones -AFP- un total de $1.637.527.761, por concepto de bono compensatorio de la ley N° 21.419, para que fueran entregados a las personas beneficiarias que indica dicho texto legal. Al respecto, no consta documentación alguna que acredite la efectiva entrega de tales bonos por parte de las referidas AFP.

Resulta procedente que el IPS exija a dichas AFP que acrediten el efectivo pago del bono compensatorio de que se trata a cada una de las personas beneficiarias, o la restitución de los montos que no se hubieren utilizado en los fines previstos en la citada ley, informando de ello a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.

Además, deberá implementar procedimientos de control con el objeto de evitar, en lo sucesivo, la reiteración del hecho...

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