Informe final n° 866-2022, dirección de vialidad de la región de aysén del general carlos ibáñez del campo sobre auditoría al contrato "conservación global mixto por nivel de servicio y precios unitarios de caminos de la provincia general carrera, sector sur oriente, etapa ii, región de aysén", junio-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 939777276

Informe final n° 866-2022, dirección de vialidad de la región de aysén del general carlos ibáñez del campo sobre auditoría al contrato "conservación global mixto por nivel de servicio y precios unitarios de caminos de la provincia general carrera, sector sur oriente, etapa ii, región de aysén", junio-2023

Número de informe866/2022
Fecha13 Junio 2023
EmisorRegional Aysén

OBJETIVO

La fiscalización tiene por objeto efectuar una auditoría al contrato “Conservación global mixto por nivel de servicio y por precios unitarios de caminos de la Provincia General Carrera, sector sur oriente, etapa II, Región de Aysén”, ejecutado por la Dirección de Vialidad de Aysén, entre el 4 de mayo de 2021 y 15 de noviembre de 2022.

Lo anterior, con la finalidad de verificar que se haya dado cumplimiento a la normativa aplicable a la materia, velando por el buen uso de los recursos públicos involucrados, comprobando que los pagos efectuados se encuentren correctamente acreditados, comprobando su autorización, valuación, registro contable y documentación de respaldo de las operaciones.

Asimismo, se realizó un examen de cuentas de conformidad a los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, antes citada, así como la resolución exenta N° 30, de 2015, de este origen, que Fija Normas de Procedimientos sobre Rendición de Cuentas, y el decreto ley N° 1.263, de 1975, del Ministerio de Hacienda, Orgánico de Administración Financiera del Estado.

CONCLUSIONES

- Se advirtió que la Dirección de Vialidad de Aysén no aplicó multas por la suma de 54 UTM, correspondientes a 18 avisos de incumplimientos que esa entidad emitió.

Lo anterior, no se ajusta al numeral 5.3.2 de las Especificaciones Técnicas Generales para contratos de Conservación Global Mixto por Nivel de Servicio y Precios Unitarios de la Dirección de Vialidad, aprobadas por la resolución N° 211, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas, el cual indica, en lo que interesa, que se aplicará una multa de 3 UTM por cada aviso de incumplimiento8 que se emita al contratista.

Asimismo, el servicio no aplicó la totalidad de las multas por “atrasos en el tiempo otorgado para dar respuesta a los avisos de incumplimientos” lo que no está en armonía con el numeral 5.3.1 de las mencionadas Especificaciones Técnicas.

A su vez, no han sido aplicadas diversas multas que ascienden a 135 UTM, 40 UTM y 84 UTM, todas por incumplimientos a las instrucciones de la Inspección Fiscal, respecto de inicios de trabajos, cumplimientos tardíos y sin existencia de término o ejecución de estas respectivamente, vulnerando lo establecido en el artículo 111 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas.

Adicionalmente, la entidad no ha cursado multas por un total de 130 UTM, por la ausencia injustificada de los profesionales mínimos exigidos en el...

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