Informe Final 988-17 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura sobre Auditoría a Recursos Utilizados en Proyectos Cargados Al Fondo de Investigación Pesquera y de Acuicultura - Diciembre 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 699508945

Informe Final 988-17 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura sobre Auditoría a Recursos Utilizados en Proyectos Cargados Al Fondo de Investigación Pesquera y de Acuicultura - Diciembre 2017

PonenteDe acuerdo con los antecedentes proporcionados por la entidad fiscalizada, existen 64 proyectos financiados con cargo al FIPA que fueron adjudicados entre los años 2014 y 2016, por un monto total de $5.039.086.500.Por otra parte, durante el año 2017 la SUBPESCA financió con cargo a la asignación presupuestaria, 24-01-079, 5 proyectos...
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2017
EmisorRegional Valparaíso
ServicioSubsecretaria de Pesca y Acuicultura
Número de informe988/2017
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional
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CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAíso
LJNIDAD O'E CONTROL EXTERNO
Resumen Ejecutiv_o Informe FinalN" 988, de 2017
SUBSECRETARíA DE PESCA Y ACUICULTURA - Fondo de Investigación
" Pesquera y Acuicultura. ' \
Objetivo: La auditorla tuvo por objeto efectuar una' revisión y un examen cuenta
.a los proyectos de investigación financiados con cargo al FIPA, adjudicados entre
los años 2014 al 2016, y que al inicio de la presente fiscalización se encontraban
terminados; a la iniciativa relacionada con la celebración de la Fiesta de San Pedro,
ejecutada en el año 2017; Ya la contratación de servicios técnicos y profesionales
[,
.
para la' ejecución del proyecto denominado "Gestión Loqlstica en Reuniones
Científicas y de Expertos Asociada a la Normativa e lnvestiqación en Acuicultura y
Plagas Hidrobiológicas". . . .
Preguntas de la Auditoría:
¿Los gastos pagados por la SUBPESCA con cargo al Fondo de lnvestiqación
Pesquera se ajustan a la normativa legal vigente? .
¿Los pagos realizados se ajustaron a los principios de legalidad del gasto y
de eficiencia y eficacia?
¿Las contrataciones adjudicadas fueron caucionadas con sus respectivas
boletas de garantía?
Principales Resultados:
Se comprobó que la Subsecretaría de Pesca no exigió el cobro de las boletas
de garantía por fiel cumplimiento delcontrato y de resguardo de anticipos que
no fueron cobradas, por un monto de $22.931.958 y $ 43.721.208,
respectivamente, vulnerando con ello lo dispuesto 'en las respectivas bases
que regularon los respectivos concursos; y, se verificó el desembolso de
$2.000.000, para la celebración de la fiesta de San Pedro, año 2017, sin que
exista acto administrativo que lo autorice, infringiendo con ello, el principio de
legalidad del gasto, ,por lo que sin perjuicio de la investigación sumaria que
esa entidad informó que había ordenado instruir, este Organismo de Control
. procederá a formular el reparo pertinente por las sumas indicadas.
Esa entidad pagó la suma de $45.197.600 a la empresa "Asesorías en
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Acuicultura Ltda.", por servicios de alimentación -catering, almuerzos y cenas-
; arriendo de salones y equipos -v.gr. data show-; y la compra y gestión de .
pasajes aéreos o terrestres, de personas que no se vinculan con la entidad
auditada, situación que vulnera el principio de legalidad del gasto establecido
en los artículos 6.°,
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Y
y
de la ley N° 18..575; 56 de la ley N° 10.336, yen' el decreto ley N.o1.263,
de 1975, dado que los gastos que se autoricen con cargo a fondos .públicos
sólo pueden emplearse para los objetivos y situaciones expresamente
contemplados en el ordenamiento jurídico, por lo que esta Sede Regional
.
,
,CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAíso
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
procederá a formular e! respectivo reparo de las 'cuentas examinadas.
En cuanto a' la extemporánea emisión y publicación de los actos
administrativos que aprueban los Programas de Investigación para la
Regulación de la Pesca, incumplíendo con ello lo dispuesto para ese efecto
en la resolución exenta 3.577, de 2011 .rnodificada por la resolución "exenta
N°2.807, 'de 2013, ambas de la SUBPESCA; a las garantías que no son
registradas en las cuentas de responsabilidad o derechos eventuales, como
valores recibidos a favor de la entidad, contraviniendo así 'lo establecido en el
oficio N° 60,820, de 2005, reemplazado por la resolución 16; de 2015, ya
citados: y, a la reserva de números para 20 actos administrativos que nunca
se emitieron, proceder que, no se ajusta al numeral 48, de la anotada
resolución exenta N° 1.485, de 1996, esa entidad deberá adoptar las medidas'
comprometidas en su respuesta,
En lo relativo a la licitación pública ID 4728-84-LP16, en, que se omitió
determinar con precisión el número de eventos y personas por los cuales se
. debían prestar. los servicios a 'contratar, así como establecer a cuántos de
ellos se ~es debía financiar el traslado y/o la alimentación y la oferta
presentada por la empresa adjudicada que no pormenoriza el detalle de
cuánto cobrará por persona y concepto, esa entidad debe adoptar medidas
para que dichas situaciones no vuelvan a reiterase. '
I
I
'1
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
'CONTRALORí'A REGIONAL DE VALPARAíSO
UNI8AD.DE CONTROL EXTERNO
PREG N° 5.017/2017 INFORME FINAl:. N°· 988, DE' 2017,
SOBRE AUDITORíA EFECTUADA EN LA
SUBSECRETARíA DE PESCA Y
ACUICULTURA.
VALPARAíso,
:1 8
OIC.2017
En' cumplimiento .del plan. anual. de
fiscalización de este Organismo de Control para el año 2017, yen conformidad con
lo establecido en los artículos 95 y siquientes.de Ia ley N° 10.336, de Organización
y Atribuciones de la Contralorla General de la República, y el artículo 54 del decreto
ley N°1.263,de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, se efectuó
en la Subsecretaría de Pesca
y
Acuicultura (SUBPESCA) una auditoría que abarcó
los recursos utilizados para- ejecutar proyectos de investigación, cargados al Fondo
. de Investigación Pesquera y de Acuicultura (FIPA) -adjudicados por esa entidad
- gubernamental entre los años 2014 al2016 y que al inicio de la presenteJiscalización
se encontraban terminados-, e iniciativas. presentadas porsindicatos de pescadores
artesanales, para la celebración de la Fiesta de San Pedro, año 2017.
Además, se revisó la contratación
.de
los
servicios técnicos y profesionales para la ej.ecución del proyecto denominado
"Gestión Logística en Reuniones Científicas y de Expertos Asociada a la Normativa
e
Investigación en Acuicultura y Plagas Hidrobiológicas" y se atendió la denuncia
presentada por la Asociación de Talleres de Redes y Servicios Afines de Chile AG ..
(ATAREO), referida, en síntesis, a que los recursos entregados a través de la Ley de'
Presupuestos al FIPA habrían sido reasignados para financiar gastos en, bienes y
servicios de consumo de la SUBPESCA y' para contratar a 2 personas en esa
subsecreta ría.
I -
. El equipo que ejecutó la mencionada labor
estovo integrado por las fiscalizadoras doña Verónica Mora Cáceres y doña Loreto
Masman Fuenzalida y el supervisor don Carlos Saavedra Pavez.
JUSTIFICACiÓN
"
Esta fiscalización se planificó. '. en
consideración a los montos involucrados, la importancia que tienen los estudios
financiados con cargo al FIPA -para fundamentar la adopción de medidas de
administración de las pesquerías y de las actividades de acuicultura- y por tratarse
AL SEÑOR
víCTOR HUGO MERINO ROJAS
CONTRALOR REGIONAL
CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAíso
PRESENTE
I
o
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAíso
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
de materias que no habían sido' examinadas, en el último tiempo,' entre otros
indicadores de riesgo contemplados en el proceso de planificación anual de/ esta
institución. '
Asimismo, a través de esta auditoría, la
Contraloría Regional de Valparaíso busca contribuir a la implementación y'
cumpltmiento de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (O'DS), aprobados por la
Asamblea General de las Naciones Unidas en su Agenda 2030, para la erradicación
, de la pobreza, la protección del planeta y la prosperidad de toda la humanidad.
, , , En tal sentido, esta revisión se enmarca en
los ODS N°S 10, Reducción de las Desigualdades; 14, Vida Submarina; y 16, Paz,
Justicia e Instituciones Sólidas.
ANTECEDENTES GENERALES
Como cuestión previa, es útil indicar que el
FIPA fue creado a través del artículo 93, de la ley N° 18.892, General de Pesca y
'Acuicultura (en adelante, Ley de Pesca), destinado a financiar proyectos de
investigación pesquera y de acuicultura, necesarios para la adopción de las medidas
de administración de las pesquerías y de las' actividades de acuicultura, que tienen
como objetivo' la conservación de los recursos hidrobiológicos, considerando tanto
aspectos biológicos como pesqueros, económicos y sociales,
, En dicho contexto, corresponde manifestar
, . que el artículo 94 del mismo cuerpo legal, dispone que dicho fondo será administrado
por un consejo integrado por el. Subsecretario de Pesca y Acuicultura, quien lo
. preside; un representante del' Comité' Oceanográfico Nacional; un científico
proveniente del ámbito pesquero elegido por la Sociedad Chilena de Ciencias del
Mar; un representante nominado por los presidentes de los Comités Científicos
Técnicos de Pesquerías; un representante nombrado por los presidentes' de los
Comités Científicos Técnicos de Acuicultura; dos profesionales especialistas en el
ámbito pesquero, que serán elegidos por 'el ministerio de una quina presentada por
los estamentos laboral, Industrial y artesanal del Consejo Nacional de Pesca; y dos
profesionales especialistas en el ámbito de la acuicultura, de la salud animal o en
materias ambientales o recursos naturales, elegidos por el ministerio de una quina
,
,
presentada por la Comisión Nacional de Acuicultura.
Dentro de las funciones que le competen al
,. aludido consejo, establecidas en el-articulo 96 de la Ley de Pesca se encuentran, en
lo que interesa: priorizar el programa anual de investigación' presentado por fa
SUBPESCA; asignar, conforme a los mecanismos establecidos en la ley 19.886,
de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios,
y
su reglamento, contenido en el decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, los proyectosde investigación y los fondos para su ejecución y sancionar
la calificación técnica de los proyectos de investigación; la que debe ser efectuada
por evaluadores externos.
I
.• Por otra parte, el artíéulo 96 A del referido
cuerpo legal, previene que el fondo en cuestión contará con un Director Ejecutivo,
2 "
, I
/
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA REGIONAL os VALPARAíso
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
designado por el Subsecretario de Pesca y Acuicultura, al que le corresponderán,
entre otros deberes, el hacer cumplir los acuerdos del precitado consejo; ejecutar el
programa de investigación una vez sea aprobado; y-ofertar, licitar, adjudicar, adquirir
y contratar bienes yservicios para la adecuada marcha y funcionamiento del mismo.
Para la. materialización los proyectos
examinados, el FIPA, entre los años 2014 al 2016, dispuso de recursos financieros , ,
asiqnados a la SUBPESCA través de las respectivas leyes de presupuesto en la
partida 07, capítulo 03, programa 01, subtítulo 24, ítem 03 Transferencias Corrientes
1
a Otras Entidades Públicas, Fondo de Investigación Pesquera.
En lo relativo a las iniciativas por la
celebración de la Fiesta de San Pedro, se hace presente que éstas fueron
financiadas con cargo al subtítulo 24, ítem 01, asignación ~079,denominado Apoyo
a Actividades Pesca Artesanal, del presupuestó de la anotada subsecretaría,
aprobado mediante la ley N° 20.981, de Presupuestos para el Sector Público Año.
2017, cuya glosa 07, previene que los gastos írnputadós en dicha cuenta deben
corresponder a situaciones definidas mediante resolución fundada del Subsecretario.
de Pesca y Acuicultura, siempre que guarden directa relación con el apoyo a la pesca
artesanal.
, En cuanto al proyecto "Gestión Logística en
Reuniones. Científicas y de Expertos Asociadaa la Normativa e Investigación en'
.Acuicultura y Plagas Hidrobiolóqicas", es útil manifestar que éste fue imputado en la
cuenta presupuestaria subtítulo 22, ítem 11, asignación 001, de los años 2016 y
2017, de la SUBPESCA, denominada Estudio
e
Investigaciones. .
Cabe mencionar que, con carácter
confidencial, a través del oficio N° 18.112, de 20 de noviembre de 2017, esta
Contraloría Regional puso en conocimiento' del Subsecretario de Pesca y'
Acuicultura, el Preinforme de Observaciones 988, de 2017,' con la finalidad de
I
que en un plazo de 10 días hábiles, formulara los alcances y precisiones que a su
juicio procedieran, lo que
se-concretó
mediante el oficio N° 2.268, de 6 de diciembre
del mismo año, cuyo análisis sirvió de base para elaborar el presente informe final.
OBJETIVO
,La auditoría tuvo por objeto efectuar una
revisión y un examen de cuenta a los proyectos de investigación financiados con
cargo al FIPA, adjudicadosentre los años 2014 al2016, y que al inicio de la presente'
fiscalización se encontraban terminados; a la iniciativa relacionada con la
celebración de la Fiesta de San Pedro, ejecutada en el año 2017; ya la contratación
. de servicios técnicos y profesionales para la ejecución del proyecto denominado
"Gestión Logística en Reuniones Cientlficas y de Expertos Asociada a la Normativa
e Investigación en Acuicultura y Plagas Hidrobiolóqicas": así como atender la
denuncia presentada por la-ATAREO, ya citada .
.Todo lo anterior, en concordancia con la.
citada leyN° 10.336 y las resoluciones N°S' 759 Y 30, de 2003 y 2015,
3
D
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚSL,ICA
CONTRALORíÁ R,EGIONAL DE VALPARAíso
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
respectivamente, ambas de la Contraloría General de la República, que fijan Normas
de Procedimiento Sobre Rendición de Cuentas. '
METODOLOGíA
El examen se practicó de acuerdo' con la
metodología de auditoría de esta Entidad Fiscalizadora, contenida en la resolución
20, de 2015, que Fija, Normas que Regulan ras Auditorlas Efectuadas por este
Orqanisrno de Control, y los procedimientos aprobados por la resolución exenta
1N0
1.485, de 1996, que aprueba Normas de Control Interno de la Contraloría General,
ambas de este origen, el que además se efectuó de conformidad con las normas de
contabilidad y de auditoría aceptadas por este mismo Organismo, considerando los
resultados de evaluaciones de aspectos de control internó respecto de las materias
examinadas y determinándose la realización de pruebas de auditoría, en la medida
que se estimaron neces~rias.
, Enseguida, corresponde .señalar que las
observaciones. que formula este Organismo de Control con ocasión de las
fiscalizaciones que realiza s'e clasifican en diversas categorías, de acuerdo con su
grado de complejidad". En efecto, se entiende por Altamente complejas/Complejas,
aquellas observaciones 'que, de acuerdo .a .su magnitud, reiteración,' detrimento
patrimonial, eventuales responsabilidades funcionarias, son consideradas de
especial relevancia por la Contraloría General; en tanto, se clasifican como
Medianamente complejas/Levemente complejas, aquellas que tienen menor impacto
en esos criterios, '
UNIVERSO Y MUESTRA
De acuerdo con los antecedentes
proporcionados por la entidad fiscalizada, existen 64 proyectos
financiados
con
,cargo al FIPA que fueron adjudicados entre los años 2014 y 2016, Yque al inicio de
la presente auditoría, se encuentran terminados, por un monto total de
$5.039.086.500, de los cuales, a través un muestreo analítico, se determinó el
examen de la cantidad de $1.556.719.765, cifra que representa el 3~% de dicho
. total, referido a 19 de esas iniciativas, detalladas en el Anexo 1.
I
-v-
Por otra parte, durante el año 2017 la
SUBPESCA financió> con cargo a la asignación presupuestaria, 24-01-079, 5 '
proyectos presentados por asociaciones qrerniales de pescadores artesanales, por
un total de $2,.000.000, para la celebración de la Fiesta de San Pedro, suma que fue
examinada en su integridad. .
En el siguiente cuadro se muestran los
montos y porcentajes revisados:
"
J
Altamente Complejas (AC); Complejas (C); Medianamente Complejas (MC); Levemente Complejas (Le),
4
/
o
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAíso
UNIDAD' DE CONTROL EXTERNO
MATERIA ESPECíFICA UNIVERSO MUESTRA
%
EXAMINADO
$
PROYECTOS
$
Proyectos FIPA 5.039.086.500 64 1.556.719,965 19 31
Proyectos financiados con la 2.000.000 5 2.000.000 5100
asignación 24-01-079
..
Fuente: t::,laboraclón propia sobre la base de la información proporcionada por la SUBPESCA-F!PA.
Finalmente cabe hacer presente que dentro
del examen de cuentas se incorporó, como partida adicional, el contrato adjudicado
por la suma de $56.497.000, correspondiente al proyecto denominado "Gestión'
Logística en Reuniones Científicas y de Expertos Asociada a la Normativa e
Investigación en Acuicultura y Plagas Hidrobiológicas".
La. información utilizada fue proporcionada
por el Director Ejecutivo del FIPA, don Luis Carroza Larrondo; la Jefa de la Unidad
de Presupuestos y Contabilidad, doña Carla Olguín Llanos; el Jefe del Departamento
Administrativo, don Robinson Quiero Zarate, y el.Jefe de Gabinete, don Leonardo
Sasso. Barros, todos de la SUBPESCA, a contar del 11 de agosto de 2017.
1. ASPECTOS DE CONTROL INTERNO
1. Sobre 'aprobación y publicación del Programa de Investigación para la
Regulación de la Pesca.
Se comprobó que la entidad - fiscalizada
incumplió lo establecido en el Procedimiento Interno para la Generación de la
Cartera de Estudios, sancionado a través de la resolución exenta N° 3.577, de 2011,
Y modificada por la resolución exenta N°2.807, de 2013, ambas de la SUBPESCA,
en lo referido a que los actos administrativos que aprueban los Programas de
Investigación para la Regulación de la Pesca deben ser emitidos y publicados en la
página web de ese organismo como
máximo
el 30 de octubre del año anterior a su
ejecución, toda vez que en los siguientes casos éstos fueron, dictados. con
posterioridad a la citada fecha, según se puede apreciar en el siguiente cuadro: .
N" DE LA . FECHA DE
RESObUCIÓN . APROBACiÓN DEL DETALLE
EXENTA DOCUMENTO
102 16-01-2014 Aprueba Programa de Investigación para la Regulación
de la Pesca
y
Acuicultura, año 2014.
3.503 19-12-2014 Aprueba Programa de lnvestiqación para la Regulación
de la Pesca
y
de la Acuicultura 2015
3.603 30-12-2015 Aprueba Programa de Investigación para la Regulación
.
de la Pesca
y
de la Acuicultura 2016
.. ..
Fuente: Elaboración propia sobre la base de la lnformaciónpropia proporcionada por la S\-lBPESCA-FIPA.
I
En
lo
que interesa, Ia entidad fiscalizada
junto con reconocer la situación detectada, expone en su respuesta que' los tiempos
dispuestos para la conformación del. referido programa no se ajustan a la realidad,
por lo que ha estimado pertinente introducir, a más tardar en el mes de febrero de
2018, una modificación en tal sentido a la mencionada resoluéión exenta N° 2.807;
de 2013, fijando como plazo para la anotada publicación el último día hábildel mes
de diciembre, del año anterior al de su ejecución"
Por tratarse de hechos consolidados no
susceptibles de regularización, se mantiene lo observado, debiendo ese ente
5
I
I
I ,-
o
-,---
, CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAíso
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
adoptar la medida comprometida en la respuesta y evitarla reiteración de situaciones
similares.
2. Sobre garantías por fiel cumplimiento de contrato no contabilizadas.
. Se constató que la SUBPESCA no registró.
en las cuentas de responsabifidad o derechos eventuales, como valores recibidos a
favor de fa entidad, las garantías por el fiel cum-plimiento del contrato, contraviniendo
con ello lo establecido en el oficio N° 60.820, de 2005; Normativa del Sistema de
Contabilidad General de la Nación, reemplazado por la resoluciónN° 16, de 2015
l
Normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación NICSP-CGR Chile,
ambos de la Contraloria General, en lo· referido a que las operaciones' que
constituyen eventuales responsabilidades o derechos por compromisos y garantías
que no afectan la estructura patrimonial, deben reflejarse en las cuentas o registros
especiales habilitados' para, estos' efectos. . ..
. A
este respecto, la_SUBPESCA indica
que
la Unidad de Planificación y Control mediante el memorándum N° 162,' de 5 de
diciembre de 2017, remitió el cronograma de trabajo para regularizar el registro de
las señaladas garantías, lo que estima estará solucionado, dada la cantidad de
información, el 31 de marzo de 2018.
En atención a que la medida anunciada no
se ha materializado, esta observación se mantiene, porlo que esa entidad debe dar
cumplimiento a lo indicado en su respuesta. .
3. Sobre reserva de números para resoluciones en Oficina de Partes. .
A través del sistema informático de la
Oficina' de Partes de la SUBPESCA, se verificó que entre los años 2012 y 2017, se
reservaron números para 20 actos administrativos que nunca se emitieron, proceder
que no se ajusta al 48, de la anotada resolución exenta 1.485,. de 1996, en lo
relativo a _ que las transacciones y hechos importantes deben registrarse
inmediatamente. Ánexo N° 2.
.Se hace presente que en la numeración de
los actos administrativos debe guardarsé el orden correlativo
y
cronológico en que
se dicten, ello, para que .pueda determinarse exactamente la oportunidad en que la
autoridad adoptó la respectiva medida (aplica criterio contenido, entre otros, en los
dictámenes
N°S
6.624, de 1997, y 25.936, de 2007, ambos de \ la Contralorla
General).
Sobre este punto, la entidad examinada
adjunta el memorándum G.S 298, de 2017, mediante elcual instruye a todas las'
jefaturas de división y de departamentos de esa Subsecretaría, a objeto que adopten
las acciones para la oportuna emisión de los actos administrativos,. agregando que
para regularizar lo detectado se compromete a dictar, a
más
tardar en febrero de
2018, unaresolución qué deje sin ,efecto los números reservados de años anteriores.
En consideración a' que los. hechos
reprochados versan sobre situaciones consolidadas y que la medida informada no
. 6
(
.
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAíso
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
se ha concretado, se mantiene lo observado en este numeral, 'correspondiendo que
ese organismo cumplimiento a lo comprometido en la respuesta, para evitar la
repetición de situaciones similares. .
11.
EXAMEN DE LA MATERIA AUDITADA
1. Sobre proyecto aprobado por resolución exenta N° 914, de 2014, de la
SUBPESCA.·
A
modo introductorio, cabe hacer presente
que a través la resolución exenta
914, de 9 de diciembre de 2014, la SU'BPESCA
aprobó el contrato suscrito con la Universidad Valparaíso para la ejecución del
proyecto código FIPA N° 2014-29, denominado "Estimación Poblacional de Lobos
Marinos en la V, VI, VII YVIII, regiones", que tenía, entre otros objetivos, "estimar la
intensidad de interacción entre el lobo marino común y la pesquería artesanal en el
área de estudio, durante ,el periodo post-reproductivo". .
Al respecto, en lo que interesa, corresponde
manifestar que según el informe finaf' que .dio cuenta de los resultados del citado .
.proyecto, los investigadores' del mismo aplicaron dos tipos de encuestas entre
pescadores artesanales de las referidas regiones, a saber: la primera, para medir la
interacción entre éstos últimos y la anotadas especie marinas; y la segunda, de
carácter anónimo, para determinar la mortalidad de los lobos marinos
durante
las
faenas de pesca, constatándose que conforme a lo consignado en la página 116
de dicho documento, el 35% de los entrevistados afirmaron haber presenciado
mortalidad de esos animales eo las actividades extractivas del último año, y que un
23% de ellos lo atribuyó a causas intencionales, situación que podría constituir una
vulneración a lo dispuesto en el decreto exento N° 112, de 22 de enero del 2013, del
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Establece Veda Extractiva para el
Recurso Lobo Marino Común en Área y Período que Indica.
\
En su respuesta la autoridad del ente
fiscalizado manifiesta que el FIPA es un órgano orientado al financiamiento de la
investigación, para aportar en la definición de las medidas de administración que
rigen las actividades de la pesca y la acuicultura
y
no a la fiscalización del tema
detec.tado, agregando que de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 18, del decreto
_N°126, de 2013, del Ministerio de Econornía, Fomento y Turismo, la revisión de los
aludidos informes recae en evaluadores externos contratados por esa subsecretaría,
los que, en su calidad de expertos independientes, evalúan la 'consistencia entre lo'
consignado en esos documentos y lo comprometido por cada ejecutor en sus
propuestas.
Sin perjuicio de lo anterior, agrega que, para
evitar' la ocurrencia de situaciones similares, ha instruido ~ todos los evaluadores
externos' incluir en sus informes un acápite sobre observaciones
t>
presuntas
vulneraciones a la Ley de Pesca y sus· reqlarnentos.
,
2Oliva, D., LR. Durán,
P.
Couve, M. Sepúlveda, P. Carrasco,
A
Urra, L Muñoz, G. Pavés
&
M. Pizarro. 2016. Estimación
poblacional de lobos marinos en la V, VI, VII Y VIII Regiones. Informe Final Proyecto FIP 2014-29, 169 pp +Anexos, 112 pp.
7
D
,1 •
CONTRALORíA GE'NERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAíSO
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
" Finalmente, expone que, no obstante que _
de la lectura del anotado informe no puede determinarse a los responsables de
dichas actuaciones y con la finalidad de cumplir con el deber de denunciar que le
. I
asiste a cualquier ciudadano, tal situación fue puesta en conocimiento del Servicio
Nacional de Pesca y Acuicultura para que este inicie las acciones que a su juicio
procedan, todo lo cual permite subsanar lo observado. .
2. Sobre licitación pública ID 4728-84-LP16.
En lo relativo a la licitación pública ID 4728-
84-LP16, denominada "Gestión Loqistica en reuniones Científicas y de Expertos
Asociada a la Normativa e Investigación en Acuicultura y Plagas Hidrobiológicas", la
que tenía por finalidad la contratación de servicios de -gestión, alimentación, traslado
y alojamientos de expertos a distintas reuniones, seminarios y talleres del país, se
determinó que:
a) Se omitió determinar con precisión
en las bases técnicas
y
administrativas o cualquier otro documento. regulador 'del
proceso concursal, el número de eventos y personas por los cualesse 'debían prestar
, los servicios a contratar, así como establecer a cuántos de ellos se les debía-
financiar el traslado y/o la alimentación, lo que vulnera el principio dé certeza jurídica,
referido a que los acuerdos que aprueben los servicios deben contener todas las
condiciones a que se referirá la respectiva contratación (aplica criterio contenido en
el dictamen N° 38.414 de 2008, de..la Gontraloría General).
Lo anterior, también vulnera el artículo 6°,
de laley 19.886, Y 20'de su 'reglamento, conforme a los cuales 'Ias bases de
licitación deben resguardar la combinación más ventajosa entre todos los beneficios
del servicio y sus costos asociados, presentes yfuturos, propendiendo a la eficacia,
. eficiencia y ahorro en las contrataciones de la Administración, lo que no aconteció
'en la especie.' .
Finalmente, cabe consiqnar que el 'hecho
descrito no se ajusta a lo preceptuado en el N° 8.1, denominado "Solicitudes de
. Compra", del.Manual de Adquisiciones de la SUBPESCA, aprobado mediante la
.
.
.
resolución exenta N~ 3.601, de 30 de diciembre de 2014, que estableció que el
proceso de' gestión de compra se inicia con el envío del formulario de compra de-
parte de la unidad requirente, el cual debe contener toda la información de los
servicios y/o bienes requerimientos. '
.' 'b) La única oferta presentada al aludido
concurso público fue la de la empresa "Asesorías en Acuicultura Ltda.", adjudicada
. mediante la resolución exenta 2.880, de 27de septiembre de 2016,'que presentó
valores generales para el desarrollo de las actividades, tal
y
como se detalla en el
siguiente cuadro, sin pormenorizar cuánto cobraría por' persona en cada evento,
dependiendo del servicio que debía prestar: si incluía o no alimentación y/o pasajes;
así como eloriqen y destino de los trayectos, entre otros conceptos. Además, dicha
oferta da cuenta de que al momento del concurso no se había definido en particular
- ' I .' ,
la agenda de reuniones a apoyar, situación que no armoniza con el anotado principio
de certeza jurídica: .
8
D
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLlC4
CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAís.o
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
DETALLE OFERTA ECONÓMICA MONTO OFERTA
ECONÓMICA
..
Presupuesto para reuniones
y
talleres 39.223.860
-
Edición e Impresión de Informes 1.200.000
Honorarios Profesionales 13.815.200
I
Material gr.áfico
y
audiovisual 540.000
Gastos Generales 300.000
Costo Financiero 570.000
Imprevisto (1,5%) 848.000
TOTAL $
.
56.497.000
/
FUente: Elaboración propia sobre la base, de la información proporcionada por la SUBPESCA.
En lo referido 'a las letras a) y b),
precedentes, la SUBPESCA afirma en su respuesta que no existió falta de certeza
jurídica, puesto que 'Ias bases del proyecto en cuestión indicaban claramente el
objetivo general del servicio que se deseaba contratar y las condiciones bajo las
cuales se evaluarían las ofertas, lo que, según indica, se demuestra en el hecho que
en la etapa respectiva no se efectuaran .consultas por parte de los interesados.
Asimismo, manifiesta que el propio
Reglamento de Compras Públicas, en su artículo ,
N°S
3, 4 Y 5, se define a las
Bases 'de Licitación como "Documentos aprobados por la autoridad competente que
contiene el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones establecidos por
'la Entidad Licitante de los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de
Compras y el contrato definitivo", y a las Bases Técnicas como "Documentos
aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o
particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del
. bien o servicio a contratar", y en el caso analizado se' señalaba, en forma general,
los servicios que se pretendía contratar.
Añade, que' el proyecto se ejecutó en
concordancia con los objetivos establecidos.
Sin perjuicio de los argumentos esgrimidos
por la anotada subsecretaría, ambas observaciones se mantienen, en atención a
que, por una parte, la respuesta no se refiere a la ausencia de un detalle de los
valores a cobrar por cada concepto ofrecido por el adjudicatario, y por otra, que la
falta de claridad detectada se confirma en el artículo 5.2 de. las bases técnicas y en
la cláusula cuarta el acuerdo de voluntades suscrito entre esa Subsecretaría y la
empresa adjudicada -aprobado mediante la resolución exenta
t;J0
3.125 de 14 de ,
octubre de 2016-, en que se establece que la "SUBPESCA curnplirlá el rol de
contraparte técnica a través de la cual se definirá la demanda para cada una de las
reuniones o talleres de científicos' y/o expertos", lo que puede significar que se
realicen una o varias de esas actividades, con la participación de un número
indeterminado de asistentes, quienes concurrirán de diversos lugares del país, lodo
lo cual conlleva variaciones en los costos de traslado, alimentación y/o alojamiento,
por el pago de la suma acordada, generando una incertidumbre eh la ejecución del
contrato, por lo que esa entidad deberá adoptar las medidas necesarias para evitar
la reiteración de tales hechos. . . '
,
.
9
D
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALOR1A REGIONAL DE VALPARAíso
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
·111.
EXAMEN DE CUENTAS
1. ,Sobre proyectos financiados con recursos FIPA.
Como cuestión previa, corresponde señalar
que de los' 19 proyectos FIPA examinados, 7 fueron objeto de término anticipado de
contrato; por las razones y actos administrativos que se pormenorizan en el Anexo'
" N° 3, constatándose al respecto que:
. a)
En los siguientes casos, la entidad
examinada no exigió el cobro de las boletas de garantías del fiel cumplimiento de
contrato, por la suma total de $22.931.958, como lo establecieron los N° 13.2 Y 15; . ,
letra b.6), de las bases administrativas que regularon los procesos concursales
aprobados mediante los decretos exentos N°S80~432 y 433, todosde 2014, firmados
por el Ministro de Economía Fomento y Turismo y el Subsecretario de Pesca y
Acuicultura, detectándose, además, que a la fecha de término 'de la presente
auditoría -9 de noviembre de 2017-, tales cauciones se encontraban vencidas,
situación que no se ajusta a .los principios de eficiencia, eficacia y de control,
previstos en los artículos 3°,
Y
11.ríe la ley 18.575, Orqánica Constitucional de
Bases Generales de la Administración del Estado, que prevén que las.autoridades y
jefaturas ejercerán un control jerárquico permanente del' funcionamiento de 'los
organismos y de la actuación del personal de su dependencia, extendiéndose dicho
control tanto, a la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los fines-y objetivos
establecidos, como ala idónea administración de los caudales públicos: -
.• v-
N" DE LA BOLETA DE GARANTíA YENTIDAD BANCARIA MONTO DE-LA BOLETA FECHA DE
CÓDIGO F,IPA ~ QUE LA EMITE DE GARANTíA VENCIMIENTO
$
20t4-14 452406, del 01-12-2014 del Banco de Crédito e Inversiones 5.932.224 05-08-2016
2014-16 452405, del 01-12-2014 del Banco de Crédito e Inversiones 9.996.156 05-08-2016
2014-74 3002014003397, de 13-06-2016 de AvalChile Seguros 7.003.578 11-10-2016
.
Total 22.931.958
"
.,
Fuente: Elaboración propia sobre la base de la información propia proporcionada por. la SUBPESCA-FIPA·
b) Respecto ·de los proyectos código
FIPA N°s.2014-14 y2014-16, citados precedentemente, se constató que el N° 13.3,
~
,
.
de las resoluciones exentas N°s 433 y 432, ambas de 6 de agosto de 2014, que
regularon dichos concursos, respectivamente, establecieron la posibilidad de otorgar
anticipos y pagos parciales, ante lo cual el proveedor debía constituir garantías por
los montos recibidos por tal concepto; agregándose en el N~ 13.5, que éstas son
independientes. de las de fiel cumplimiento de contrato y que 'las mismas podían
cobrarse cuando los trabajos se encontraran incompletos o requirieran, a juicio del
Consejo de Investigación, una revisión o estudio adicional, sin que se aprecia en la
situación' analizada que la entidad examinada haya hecho cumplir tales /
'disposiciones (Anexo N° 4).
En el siguiente cuadro se muestran las
garantías por anticipos que no fueron cobradas, las que también a la fecha de
término de la auditoría se encuentran vencidas:
10,
o
_CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚB'uCA
CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAíso
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
N° DE LA MONTO DE
BOLETA DE \ LA N° Y FECHA DEL N° Y FECHA DE LA
CÓDIGO ORGANISMO GARANTIA Y BOLETA FECHA DE MONTO
FIPA EJECUTOR ENTIDAD
/
DE VENCIMIENTO EGRESO
$
-c,
FACTURA
PAGADO
.
CANCELADA
BANCARIA QUE GARANTIA
LA EMITE
$
-,
2014-14 Universidad de 458932, de 25- 23.728.896 05-08-2016 8919 de 02-01- 23.728.896 4.132 de 30-12-2014
Antofaoasta 08-2015 del BCI·. 2015
8918~de 02-01- 39.984:624 4.133 de 30-12-2014
Universidad de 458943, de 25- 2015
2014-16 Antofagasta 08-2015 del BCI 19.992.312 05-08-2016 4777 de 14'09-
2015 19.992.312 4.396 de 19-08-2015
TOTAL BOLETAS DE GARANTIA
$
43.721.208
.. ..
,Fuente. Elaboración propia sobre la base de la información proporcionada por la SUBPESCA-FIPA.
'Banco de Crédito e Inversiones
En respuesta a lo señalado en las letras a)
y b), anteriores, la entidad auditada informa
y
adjunta a su respuesta la resolución
exenta N~ 4.071, de 4 de diciembre de 2017, mediante la cual se ordenó la
instrucción de una 'investigación sumaria sobre tales materias.
'Sin perjuicio de las medidas adoptadas, por
tratarse de hechos consumados que ocasionaron un detrimento en el patrimonio
fiscal, se mantiene lo observado, por lo que esta Contralorla Regional formulará el
respectivo reparo, conforme a lo previsto en los articulos 95 y siguientes de la ley
10.336. -:
e) Respecto del Proyecto código FIPA .
N° 2014-56, "Diseño, implementación y aplicación de una Geo-Database compatible
. con plataforma SIG SUBPESCA, para ,el manejo espacial de la información
ambiental y oceanográfica disponible en la Subsecretaría d~ Pesca y Acuicultura",
cuyo contrato de ejecución, firmado con la empresa Geoinfo Ltda., fue aprobado por
la resolución exenta N° 143, de 2015, se constató que ho obstante que a través de
correo electrónico de 23 de diciembre de 2016, el Tesorero de la SUBPESCA, don
José Luis Amaya Marín, solicitó a la firma AvlaChile Seguros, el pago de la boleta
de garantía N° 3002016034969, por la suma de UF 288, correspondiente al fiel
cumplimiento contrato, a la fecha de término de la auditoría aún no se recibía el pago
de dicho monto, sin que además consten
nuevas
acciones orientadas a la obtención
de tales caudales, proceder que no armoniza con los anotados principios de
eficiencia y eficacia.
Sobre el particular, ~I ente examinado
expone que, en atención a que efectuó el cobro del anotado instrumento de garantía,
sin que este fuera pagado, mediante oficio N° 2.266, de 6 de diciembre de 2017,
cuya copia adjunta a la respuesta, remitió los antecedentes del caso al Consejo de
Defensa del Estado, a objeto que ese organismo inicie las acciones que
correspondan, medida que permite subsanar lo observado.
I
2. Sobre transferencias para la celebración de la Fiesta de San Pedro, año 2017.
Por medio de los egresos que se presentan
a continuación, la SUBPESCA transfirió un total de $2.000.000 a las asociaciones
gremiales de pescadores artesanales que se indican:
.
\
11
I
D
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAíso
'UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
':
2.000.000,
N" Y FECHA
DEL EGRESO N" Y FECHA MONTO
DE DE CHEQUE
$
. TESORERíA
NOMBRE DEL BENEFICIARIO RUT DEL
BENEFICIARIO
RESOLUCION
QUE INDICA
APRUE~A E¡L
PROYECTO
Sindicato de Trabajadores
Independientes de Buzos y
Pescadores Artesanales de Caleta de
Pichicuy ..
4.608 de 28-
06-2017 16780 de 28- . 400.000
06-2017 71·.783.400-3 2.100 de 2017
Sindicato de· Trabajadores
Independientes de Buzos y
Pescadores Artesanales de Putú
Región del Maule
4.609 de 28-
06-2017 16779 de 28-
06-2017 300.000 65.060.634-5 2.099 de 2017
Sindicato de Trabajadores
Independientes de Buzos y
Pescadores Artesanales de Caleta de
. Chanavayita
4.610 de 28-
06-2017 16777 de 28-
06-2017 400.000 71.806.400-7 2.098 de 2017
Sindicato de Pescadores Artesanales
de Caleta Hanqa Piko
. 4.611 de 28- 16778 de 28-
06-2017 06-2017 450.000 65.064.946-k 2.096 de 2017
4.612 de 28- 16776 de 28-
06-2017 06-2017 . Sindicatos de Pescadores Artesanales
de Isla de Pascua
450.000 65.081.325-1 2.097 de 2017
TOTAL $
Fueote: Elaboración propia sobre la base de la Il)formación proporcionada por la SUBPESCA-FIPA.
Al respecto se determinó que:
I .
a) No existe' acto administrativo que
autorice los precitados desembolsos por parte de la autoridad, toda vez que para la
revisión efectuada se entregaron hojas redactadas sobre la materia, con los números
del 2.096 al 2.100, citados en el cuadro precedente, sin embargo, tales documentos
no se encuentran firmados, por lo que en esos casos no se ha dado. cumplimiento a
lo previsto en el artículo 3° de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que' Rigen los Actos. de los Órganos de la
Administración del Estado, referido a que las. determinaciones que adopte la
Administración se expresan por medio de actos administrativos, entendiéndose por
éstos las decisiones formales en las cuales se contienen declaraciones de voluntad,
_realizadas en el ejercicio de una potestad pública (aplica Criterio contenido en
dictamen N° 1.743, de 2015, de la Contraloria General de la República).
A mayor abundamiento, cabe agregar que
lo anterior no se aviene con el principio de legalidad del gasto público, consagrado
en los artículos 6°,
yo
Y100 de la Constitución Política. de la República; de la ley
Y
56 de la ley N°10.336, ya citadas, conforme al cual los servicios
públicos deben actuar con estricta sujeción a las atribuciones que tes confiere la ley
y, en el orden financiero, atenerse a las disposiciones 'que al efecto regulan el
. egreso, y tampoco armoniza con lo dispuesto en la glosa 7, de la partida 07,
capítulo 03, programa 01, 'asociada' al subtítulo 24, ítem 01, asignación 079
denominada Apoyo a Actividades Pesca Artesanal, de la ley 20.981, Ley de
Presupuestos para el sector publicó año 2017, que previno que tales fondos se
encontraban destinados a cubrir gastos originados por situaciones definidas
mediante resolución fundada del Subsecretario de Pesca y Acuicultura,
'10
que en la
especie no se cumple.
La' entidad examinada informa yadjunta a
su
respuesta
la resolución exenta N° 3.555, de 3 de noviembre de 2017, mediante
la cual ordenó la instrucción de una investigación sumaria sobre la materia.
12
.
)
.
,
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBI..:ICA
CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAíSO
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO,
Sin perjuicio de la medida adoptada, por
tratarse de desembolsos que no cumplen con el principio de legalidad del gasto
público, consaqrádo en los artículos 6°,
T"
República, de la ley N° 18.575 Y 56 de la ley N°10.336, la' observación se
mantiene, 'por lo que .esta Contraloría Regional formulará el respectivo reparo,
conforme a lo previsto en los artículos 95 y siguientes de la leyN° 10.336 .
b) Además, se comprobó que la entrega
de $450.000 al Sindicato de Pescadores Artesanales de Isla de Pascua, vulnera el
artículo 1° de la ley 19.a62, que Establece Reqistro las Personas Jurídicas
Receptoras de Fondos Públicos, referido a que los órganos y servicios públicos
. incluidos en la Ley de, Presupuestos, y municipios que efectúen transferencias de
.fondos públicos, estarán obligados a llevar un registro de las entidades receptoras
de dichos fondos; y el artículo de su reglamento, contenido en el decreto N° 375,
de 2003, del Ministerio de Hacienda, relati-vo a que la inscripción cada operación
de transferencia, deberá contener, a. lo menos, las siguientes menciones:
individualización del órgano o servicio público que realice' la transferencia; la
individualización de la persona jurídica receptora de los fondos públicos: el monto y
fecha de la transferencia; y el objeto o destino de la aplicación de los mismos, lo que
en la situación analizada no acontece. -
. La SUBPESCA acompaña a su respuesta el
certificado N° 67 de 2017, que da cuenta que procedió a efectuar la referida
inscripción, lo que permité subsanar lo observado.
3. Sobre proyecto "Gestión Logística en Reuniones Científicas y de Expertos'
Asociada a la Normativa e Investigación en Acuicultura y Plagas
.Hidrobiolóqicas".
Como cuestión' previa, cabe señalar que la
SUBPESCA, a través de su resolución exenta N° 3.125, de 14 de octubre de 2016,
aprobó el contrato suscrito con la empresa "Asesorías en Acuicultura t.tda.", por la
suma de $56.497.000, en el marco de la licitación pública ID 4728-84-LP16,
I
denominada "Gestión Logística en' reuniones Científicas yde Expertos Asociada a
la Normativa e' Investigación en Acuicultura y Plagas Hidrobiológicas",
estableciéndose en la cláusula sexta del acuerdo de voluntades, que la anotada -
firma debía proporcionar facilidades, medios para el traslado oportuno, hospedaje,
servicios de.' cafetería y almuerzo a participantes de talleres o seminarios
internacionales.
I
En el mismo contexto, cabe indicar que, a la
fecha de término de la presente auditoría, la entidad fiscalizada había pagado por tal
concepto la sumade $45.197:600, conforme al siguiente desglose:
,
N" DE CUOTA N° Y FECHA,DEL N"
y
FECHA DEL N" DE CHEQUE MONTO N" Y FECHA DE
EGRESO DE CARTOLA DE FACTURA
PAGADA EGRESO SIGFE TESORERíA SI APLICA TRANSFERENCIAS PAGADO $EXENTA
17.724 de 17-11-2016 No aplica. Se realiza 4380135 14.124.250 . 75.de25-10-2016
transferencia ,158 de 28-03-
22046 de 31-03-20·17 2046 de 31.-03-2017 16520 14,124,250 2017
13
,
.
1.
D
III
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRÁLORíA REGIONAL DE VALPARÁíso
UNIDAD DE CONTROL EXTERNo'
N" DE CUOTA N° Y FECHA DEL . N° Y FECHA DEL· N" DE CHEQUE O MONTO
W
Y FECHA DE
EGRESO DE CARTOLA DE FACTURA
PAGADA EGRESO SIGFE TESORERíA SI APLICA TRANSFERENCIAS PAGADO
$
EXENTA
3 6.172 de 24-08-2017 No·aplica. Se realiza 4789593 16.949.100 . 235 de 14-08-
transferencia 2017
TOTAL
$
45.197.6,00
Fuente: Elaboración propia sobre la base de la información proporcionada por la SUBPESCA.
. I
En torno a la materia, se determinó que:
a) Conforme a los antecedente tenidos
a la vista, las labores encargadas a la e?lpresa "Asesorías en Acuicultura Ltda."·se
. circunscriben a servicios de alimentación -catering, almuerzos y cenas-; arriendo de
salones y equipos -v.qr. data show-; y la compra y gestión de pasajes aéreos o
terrestres, ,todo ello para la asistencia de expertos del área de acuicultura a
seminarios y/o _reuniones organizados por distintas entidades públicas y privadas a
. lo largo del país, como ocurre, por ejemplo, en las.siguientes actividades: reunión de
expertos para la definición de indicadores durante la implementación de la ley de
algas; taller de acuicultura a pequeña escala séptima región
-en
ninguno de
esos
casos se indica quien los organiza-; .serninario internacional organizado
por
el
Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) el 17 de octubre de 2016, entre otros.
Detalle en el Anexo N° 5.
Sobre el particular, es menester expresar
que en materia de administración de recursos públicos, como expresión del principio
de juridicidad, el Estado y sus organismos deben observar el principio de legalidad
del gasto, consagrado esencialmente en los' artículos 6°,
T",
67
Y
100 de la
10.336,
Y
en el decretoley 1.263, de 1975, Ley Orgánica de Administración
Financiera del Estado, de forma tal 'que los gastos que se autoricen con cargo a
fondos públicos sólo pueden emplearse para los objetivos y situaciones
expresamente contemplados en el ordenamiento jurídico, tal como lo han señalado,
entre otros, los dictámenes N°S14.880
Y
18.110, ambos de 2010,
Y.65:
143, de 2009,
y sin que, por lo demás, se advierta del tenor de la Ley de Pesca y/o de las. glosas
asociadas al subtítulo 22 del presupuesto de ese servicio, para los años 2016 y 2017,
aprobadas en las respectivas Leyes de Presupuestos, que la SUBPESCA cuente
con' facultades para financiar el pago de alimentos, traslados y hospedajes de
.expertos no vinculados 'contractualmente con ese organismo. , .
, En virtud de lo antes expuesto, se procede
. a observar el gasto de $45.197.600, 'antes reseñado.
,
.
.
En lo. medular, la entidad examinada
acompaña documentación que detalla el nombre del organizador para cada
.uno
de
los eventos en los que participó la antes
reterrda
consultora.
Luego,
expone que el
artículo 18 del DFL 5, de. 1983, del. Ministerio de Economía, Fomentó y
Reconstrucción -que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del-Df'L
34,
-de
1931-, faculta a la SUBPESCA para reunir todos los antecedentes que sean
necesarios para' la toma de decisiones, .no restringiendo dicho actuar' a la
contratación de estudios.
14
/'
D
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA REGIONAL DE VÁLPARf\íso
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO .,
, Agrega, que las materias relacionadas con
la acuicultura son tan complejas que se requiere la generación de instancias 'de
discusión y que, a pesar de que con la entrada 'en vigencia de la ley N° 20.657,
se
crearon comités científicos técnicos de carácter consultivo, en las reuniones
sostenidas por éstos no se logran abordar todas las áreas de conocimiento que ésta '
.tiene, a saber; parasitología, limnología, ecología, farmacología, .inmunología,
biotecnología, economía, ciencias sociales, logística, entre otros.
Asimismo, expone que se encuentra en E;I
imperativo legal de generar información científica fidedigna para la toma de
decisiones y que la Ley de Presupuestos para el año 2016, en su glosa 05, indicó
que se podrá licitar y adjudicar ciertos montos para la generación de estudios y
proyectos.
Al respecto, debe dejarse constancia, como
cuestión previa, que la observación formulada por, esta no supone un
desconocimiento de la facultad que tiene esá entidad para .contratar estudios, en
,
,
materias de su competencia.
'-
Aclarado lo anterior, debe concluirse que se
mantiene lo observado, por cuanto, en estricto rigor, la contratación que se cuestiona
no es un estudio técnico ni profesional, sino un servicio de catering o producción de
eventos, el que,' además, beneficia a personas que no tienen ningún víncu.lo
contractual con esa entidad, por lo que este -Organismo de Control formulará el
respectivo reparo, conforme a
19
previsto en los artículos 95 y siguientes de la ley N°
10.336. .
I
b) Se comprobó que las facturas N°s'
75, de 2016, y 158
Y
235, ambas de 2017~ señaladas en la letra precedente, fueron
emitidas como documentos exentos de IVA, situación que podría vulnerar el artículo'
del decreto ley N° 825, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, que previene que
toda acción o prestación que una
persona
realiza para otra y por la cual percibe un
interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración, siempre que
provenga del ejercicio de las actividades comprendidas en los N°S\3
Y 4,
del artículo
20, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, se encuentragravada con dicho impuesto.
Al respecto, la SUBPESCA adjunta a su
respuesta el oficio N° 2.239, de
4
de diciembre de 2017, ,mediante el cual puso. en
conocimiento del Servicio de Impuestos Internos la, situación comentada, lo que
permite subsanar lo observado. '
IV. OTR,AS OBSERVACIONES
1. Sobre denuncia de la ATAREO.
En torno a lo denunciado por la ATAREO,
referido, en síntesis, a que recursos entregados a través de las Leyes de
Presupuestos al FIPA habrían sido reasignados para financiar gastos en bienes y
servicios de consumo -subtítulo 22- de la SUBPESCA, así como para contratar
a
.
-
15
,
\
D
,1
CONTRALORíA GE'NE'RAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAíso
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
doña Karen Osorio Cerda y a doña Lezlie Bustos Molina en esa subsecretaría,' sin
que éstas ejerzan labor alguna en el citado fondo, se constató que:,
, , a) Respecto a los proyectos de
investigación definidos en los Proqramas Anuales del FIPA, se determinó que, en '
promedio.ien el 48,19% de los casos aquellos no fueron iniciados en la anualidad
que correspondía, como se puede apreciar en el siguiente cuadro:
TOTAL DE N" DE N" DE %DE
PROYECTOS PROYECTOS PROYECTOS PROYECTOS
AÑO ASOCIADOS AL INICIADOS NO NO INICIADOS
PROGRAMA DE DENTRO DEL !INICIADOS _ DENTRO DEL
INVESTIGACiÓN PERIODO DURANTE EL PERIODO
PERIODO
2014 83 36 47 56,63
2015 58 36 22 37,93
2016 64 32 32 50,00
TOTAL
$
101 48,19
"
-
..
Fuente: Elaboración propia sobre la base de la intormación proporcionada por la
SUBPESCA-FIPA, '
/
Consultado sobre el asunto, el Director
Ejecutivo del FIPA, don Luis Carroza Larrondo, informó que ello se debió, entre otras
razones, a que no se materializaron los concursos públicos mediante los cuales se
contrataría la ejecución de tales iniciativas, ya sea por los tiempos que involucran
dichos procesos, porque-las unidades técnicas no entregaron al FIPA las bases de
licitación, o bien, porque éstas no obtuvieron la aprobación técnica del Consejo de
Investigación de Pesca y Acuicultura, '-, "
I
La situación descrita' no se ajusta a los
principios de eficiencia y eficacia, ya citados.
La SUBPESCA manifiesta, en su respuesta,
que la evaluación de las bases técnicas es una labor que le compete al Consejo de
lnvestiqación, órgano' independiente de dicho servicio. Añade que, a partir del añ'o
2015, se ha instruido
á
las unidades técnicas de esa subsecretaría propender a
mejorar la presentación de los documentos a dicho organismo, lo cual, indica, no se
"
\
ha logrado del todo, ' , ,."
Por otra parte, expone que' el anotado
retraso no constituye una falta a los principios de eficiencia y eficacia, sino que forma'
parte de una revisión exhaustiva de los pliegos de condiciones que regularán los'
concursos públicos mediante los cuales se licitaran los proyectos de investigación,
explicación que permite subsanar lo observado.
b) Además,' debe anotarse que lo
advertido impactó en '-Ia ejecución presupuestaria del FIPA para las anotadas
anualidades, las que, en ningún caso superaron el 76% del presupuesto inicial
asignado mediantes las respectivas Leyes de Presupuestos, por lo que, en algunos
casos,' a petición de la SUBPESCA, tales excedentes fueron rebajados
o
reasignados por la Dirección de Presupuestos (DIPRES) hacia otros subtítulos
presupuestarios de esa subsecretaría, como también para el SERNAPESCA, sin
,que en este aspecto surjan situaciones que observar. . '
16.
\
o
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA REGIONAL DE \fALPARAíso
UNIDAD DE CONT~OL EXTERNO.
OFICIO PRESUPUESl;O
ENVIADO POR ACTUALIZADO AL
PRESUPU DECRETO DE LASUBPESCA 31 DE MO~TO %DE
ESTO DIP¡SOLICITAD SOLICITANDO MONTO DICIEMBRE EJECUTADO EJECUCiÓN
AÑO INICIAL AUTORIZA O POR LA A DIPRES REBAJADO LUEGO DE LAS AL 31 DE RESPECTO DE
M$ REDUCCiÓN DE SUBPESCA - DICHA M$ REDUCCIONES DICIEMBRE PRESUPUESTO
PRESUPUESTO REBAJA CITADAS M$ INICIAL
,
M$
"
1.808 de 2014 SI 2.087 de 17- 427.902
_ 10-2014
1.957 de 2014 SI 2.087 de 17-
.
2014 6.086.261 10-2014 1.472.098 2.806.261 2.750.857 45
2.136 de 2014 NO No aplica 515.310
I
2.136de2014 NO No aplica 578.278
2.170 de 2014 NO No aplica 286.412
.
'
SUBTOTAL 2014 M$ 3.280.000
1.380 de 2015 SI 1.651 de 22-
09-2015 900.000
2015 5.843.991 1.453 de 2015 SI 1.550 de 01-
,
09~2015 250.000
1.988 de 2015 NO No aplica 318.329 4.465.002 4.457.058 76
SUBTOTAL 2015 M$ 1.468.329
,
1.028 1.141 de 07-
SI 07-16 568.063
.
6.066.063 1.561 1.739 de 29-
\
2016 SI 10-16 2.000.000 3.480.000 2.458.216 41
SUBTOTAL 2016 M$ 2.568.063
..
..
Fuente: Elaboración propia sobre la base de la información proporcionada por la SUBPESCA
y
disponlbte en http://www.dlpres.cl
/
..
¡ .
Cabe hacer presente', que de los oficios
enviados por la SUBPESCA requiriendo las modificaciones presupuestarias antes
Citadas, se desprende que los destinos no fueron necesariamente el subtítulo 22 del
presupuesto de esa subsecretaría, como lo indica la ATARED, sino los sigúientes:
OFICIO
DECRETO DE ENVIADO POR
DIPRES QUE SOLICITADO LA SUBPESCA
AÑO AUTORIZA POR LA SOLICITANDO DETALLE DE LA MODIFICACiÓN .
.'
.
REDUCCiÓN DE SUBPESCA A DIPRES.
PRESUPUESTO DICHA
REBAJA
"
.
2014 1.808 de 2014 SI 2.087 dEl 17-10- SoliCita la rebaja de- M$ 1.900.000 del presupuesto del FIPA sin
1.957 de 2014 SI 2014 especificar el destino del mismo.
Solicita traspasar M$900.000 desde el FIPA al subtítulo 33,
1.380 de 2015 SI 1.651 de 22-09- ítem O" asignación 008 del SERNAPESCA para atender la
2015 . catástrofe deLTsunami ocurrido en la IV región durante el año
2015.
2015 Solicita traspasar desde el FIPA M$250.000 al subtítulo 21
y
22
1.550 de 01-09- del presupuesto del SERNAPESCA para atender el problema
1.453 de 2015 SI generado por el término anticipado del contrato que dicho
,
2015 servicio tenía con la empresa a cargo de la certificación de los
desembarques en la zona sur de nuestro país.
,
Solicita traspasar desde el FIPA M$800.000 al subtítulo 21 del
1.028 SI 1.141 de 07-07- presupuesto del SERNAPESCA para atender-el problema
16 señalado en la celda que antécede.
1.739 de 29-10- Solicita a DIPRES que $M2.000.000 del presupuesto del FIPA
1.561 SI 16 sean reconocidos como saldofinai de caja debido a que no
2016 serán ejecutados.
.. ..
Fuente: Elaboraclón propia sobre la base de la información proporcionada por la SUBPESCA.
c) Mediante los decretos
N°S
120605/61/2016 Y 120605/67/2016, ambos del 20 de enero de 2016, la SUBPESCA
aprobó las contrataciones a honorarios con cargo al FIPA, de doña Lezlie Bustos
Molina y doña Karen Osorio Cerda, por el periodo comprendido entre el 1 de enero
y 31 de diciembre de dicha anualidad, para desempe-ñar las -Iábores que a
continuación se señalan:
17
o
CONTRALORíA Gi::NERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA REGIONAL DEVALPARAíso
UNIDAD DE CONTROL'EXTERNO,
NOMBRE DE LA DECRETO QUE FECHA DE
APRUEBA. LABORES ENCOMENDADAS
FUNCIONARIA CONTRATACiÓN DECRIiTO
1. Realizar labores de secretaria del Fondo de
Investigación Pesquera-y Acuicultura
Karen Osorio Cerda 1.20605/61/2016 20-01-201.6 .. 2. Recepcionar, registrar y distribuir correspondencia
3. Redactar documentos tales como memorándum, entre
I
otros.
4. Coordinar y atender reuniones·
1. Análisis de proyectos del FIPA
2. Coordinación con diferentes unidades sectoriales
técnicas del Departamento de Pesquerías
Lezlie Bustos Molina' 3. Coordinacióndel programa FIPA con el Departamento
120605/67/2016 20-01-2016. de pesquerías
-
4. Gestión de TTR con el Departamento de Pesquerías de
, la SUBPESCA.
5. Cumplir funciones de enlace entre el FIPA y la División
, de Análisis de Administración Pesquera .
..
..
..
.'
Fuente: Elaboración propia sobre la base deJa información proporcionada por la SUBPESCA.
Sobre la matería, se comprobó que según
consta en los informes mensuales de actividades adjuntos a los desembolsos
efectuados a doña Karen Osorio Cerda, que ésta no se desempeñó en el FIPA, sino
que cumplió funciones - de secretaria en el Departamento de Administración
Pesquera de la· SUBPESCA, situación que no se aviene con lo dispuesto en su
respectivo contrato ytampoco con lo establecido en la qlosa 10, de la partida 07,
capítulo 03, programa
01.,
de la ley N° 20.882, de Presupuestos para el Sector
'público del año 2016, que permite la contratación de personal bajo la modalidad de
honorarios con cargo al citado fondo, pero para efectos de ejercer labores en el
mismo y no para la SUBPESCA.
De igual modo, cabe recordar que no
procede contratar las labores de una. secretaria para la. SUBPESCA bajo la
modalidad de honorarios, toda vez que de acuerdo a lo preceptuado en el artículo
10 de la ley N° 18.834, Estatuto Administrativo, solo podrán contratarse en esa
calidad a profesionales y técnicos de.educación superjor o expertos en determinadas
'materias, cuando deban realizarse labores accidentales
y
que no sean las habituales
de la institución, hipótesis que no se configuran en la especie,
. Sin perjuicio de
-los
hechos observados, es
menester hacer 'presente que la aludida servidoras, mediante la resolución tra N°
120605/12/2017, de 5 de enero de 2017, fue nombrada con cargo al subtítulo 21 del
presupuesto de ia SUBPESCA, a contar del. 1 de enero del año en curso, bajo la
'modalidad de contrata, asimilada a grado 18° de, la Escala Única de Sueldos, de la
Planta de Administrativos de esa subsecretaría.
Respecto de doña Lezlie Bustos Melina,
cabe anotar que si bien se advierte en sus informes mensuales de desempeño la
descripción de labores ligadas al referido fondo -tales como apoyo a la programación.
de proyectos ¡::IPA 2017, entre otros-, también se observa la ejecución de otras
tareas que no están directamente vinculadas al, mismo, como ocurre, por ejemplo,
con el trabajo colaborativo para la modificación de la resolución exenta N° 3,115, de
2013, de la SUBRESCA, asistencia a reuniones del departamento de pesquerías
para-tratar problemas transversales. asistencia a reuniones de artes y aparejos de
pesca de la Isla de-Pascua, entre otros, lo que, corno ya se dijo, no guarda relación
18
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CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
( CONTRALORíA REGIONAL DE VALPARAísa
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
con las actividades propias del FIPA y supone el ejercicio de tareas que ceden en
favor de la SUBPESCA, lo que es improcedente. '
\
. .
Ahora bien, al igual que en el caso anterior,
se debe consignar que a contar de 1 de julio de 2016, doña Lezlie Bustos Molina fue.
designada a contrata, asimilada a grado 10° de la Escala Única de Sueldos, de la
Planta de Profesionales, con cargo al subtítulo 21 del presupuesto de la anotada
subsecretaría. .
A este respecto, la SUBPESCA expone que
ambas funcionarias desarrollaban labores relacionadas con el FIPA, por cuanto si
bien ellas se ubicaban físicamente en el Departamento de Pesquerías, dicho fondo
se interrelaciona con varios departamentos y divisiones para su funcionamiento.
Agrega que, como el propio informe lo
señala, ambas funcionarias se encuentran contratadas actualmente con Cargo al
presupuesto propio de la subsecretaría, " . . .
Atendido que las contrataciones. de las
.
.
aludidas funcionarias ya no se encuentran financiadas con cargo al FIPA, la
observación se subsana, no obstante, deberán adoptarse medidas tendientes a
evitar la ocurrencia futura de dichas actuaciones.
CONCLUSIONES
Alendidas las consideraciones expuestas
durante el desarrollo del presente trabajo, la SUBPESCA ha aportado antecedentes
e iniciado acciones que han permitido subsanar parte de las situaciones planteadas
en el Acápite
11,
numeral 1, referido a informe finales de investigación que contienen
datos que podrían vulnerar lo dispuesto en el decreto exento 112, de 2013, que
Establece Veda Extractiva para el Recurso Lobo Marino' Común en Área 'y/Período
que Indica; Acápite
111,
numeral 1, letra e), relativo a la boleta de garantía por UF 288,
que no ha sido pagada por la firma AvlaChile Seguros;
Acápite 111,
numeral 2, letra
b), sobre entrega de fondos a entidad que no se encuentra inscrita en el Registro
Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades; Acápite
111,
numeral 3, letra
b), relacionado con facturas exentas de IVA, recibidas por esa subsecretaría, lo que
podría vulnerar el artículo. , del decreto ley
~o
825; Acápite IV, numeral 1, letra
él)
sobre.porcentaje de proyectos que no se ejecutan en el respectivo año; y Acápite IV,
numeral 1, letra e), sobre dos personas que estaban contratadas a honorarios con.
cargo al FIPA.
Respecto de las objeciones que se
mantienen, se deberán adoptar las medidas pertinentes con el objeto de dar estricto '
cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales
se estima necesario atender, a lo menos, las siguientes: /
1. Se comprobó que la SUBPESCA
omitió exigir el. cobro de las boletas de garantía por fiel cumplimiento del contrato en
los proyectos código FIPA N°s 2014-1.4, 2014"-16 Y 2014-74, las que, además, se
encontraban vencidas al momento de la presente auditoría, y de resguardo de
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CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíAREGIONAL DE VALPARAíso
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
anticipos en los proyectos código FIPA N°s 2014-14 y 2014-16, por montos de
$22.931".958 y $43.721.208, respectivamente, vulnerando con ello lo dispuesto en
las respectivas bases que regularon los pertinentes concursos; asimismo, se verificó
el desembolso de $2.000.000, para la celebración de la fiesta de San Pedro, ario
2017, sin que exista acto administrativo que lo autorice, infringiendo con ello el
principio de legalidad del gasto, por lo que, sin perjuicio de la investigación sumaria
que esa entidad informó que había ordenado' instruir, este Organismo de Control'
procederá a formular" el reparo pertinente por las sumas indicadas, conforme a lo
previsto en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336 (Acápite
1·11,numeral
1,
letras a) y b)
Y
2, letrá a) (AC». .
2. Además, esa entidad pagó la suma
de $45.197.600 a la. empresa "Asesorías en Acuicultura Ltda.", por servicios de
alimentación -caterinq, almuerzos y cenas-; arriendo de salones y equipos -v.gr. data
show- y la compra y gestión de pasajes aéreos o terrestres, de personas que no se
vinculan con la entidad auditada, situación que vulnera el principio de legalidad del
gasto establecido en los artículos 6°,
Y",
67 y 100 de la Constitución Política de. la
República, y de la ley N° 18.575, 56 de la ley N° 10.336, yen el decretoley N°
1.263,de1975, dado que los gastos que se autoricen con cargo a fondos públicos
sólo pueden emplearse para los objetivos y situaciones expresamente contemplados-
en el ordenamiento jurídico, por lo que esta Sede Reqional proc.ederá a formular el
respectivo reparo de las cuentas examinadas (Acápite
111,
numeral 3, letra a) (AC».
3. En cuanto .a la extemporánea
. emisión y publicación de los actos administrativos" que aprueban los Proqrarnas de
Investigación para la Regulación de la Pesca, incumpliendo con ello lo dispuesto.
para ese efecto en la resolución exenta N° 3:577, de 2011, modificada' por la
¡ .
resolución exenta N°2,807, de 2013, ambas de la SUBPESCA; a las garantías que
no son registradas en las cuentas de responsabilidad o derechos eventuales, como
valores recibidos a favor de la entidad, contraviniendo así lo establecido.en el oficio
60.820, de 2005, reemplazado por la resolución 1'6, de 20j 5, ya citados; ya
la reserva de' números para 20 actos administrativos que nunca se' emitieron,
proceder que no se ajusta al N° 48, de la anotada resolución exenta 1.485, de
1996, esa entidad deberá adoptar las medidas comprometidas en su respuesta, para
evitar la reiteración de dichas situaciones
(Acápite 1,
numerales 1, 2
Y
3 (LC).
4. En
16
relativo a la licitación pública ID
4728-84-LP16, en la que se omitió determinar con precisión el número de eventos
y
personas por los' .cuales se debían prestar los servicios a contratar, así como
establecer a cuántos de ellos se. les debía financiar el traslado y/o alimentación, yen
la que, además, laoferta presentada por la empresa adjudicada no pormenoriza el
detalle de cuánto cobrará .por persona y concepto, esa entidad debe adoptar
medidas necesarias para que dichas situaciones no vuelvan a repetirse (Acápite
11,
numeral
2,
letras a) y
b) (C».
(
.
I
Transcríbase al Subsecretario de Pesca
y
Acuicultura, a la Encargada' de Auditoría Interna de la Subsecretaría de Pesca
y
Acuicultura, al Director Ejecutivo del FIPA y a la Unidad Técnica de Control Externo
de esta Contraloría Regional.
-20
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CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA-REGIONAL DE VALPARAíso
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
Saluda atentamente a ~d.,
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VICTOR
RIVERA
OlGuJN
Jefe de Control F.xt1!!rf1S
CONTltALORlA
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