Informe final 739-17 hospital san martín de quillota sobre auditoría al endeudamiento hospitalario - diciembre 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840025290

Informe final 739-17 hospital san martín de quillota sobre auditoría al endeudamiento hospitalario - diciembre 2017

Fecha06 Diciembre 2017
Número de informe739/2017
EmisorRegional Valparaíso

OBJETIVO La auditoría tuvo por objeto realizar una revisión al proceso de endeudamiento del HSMQ y determinar su composición al 31 de diciembre de 2016. A su vez, efectuar una revisión y examen de cuentas a las compras de medicamentos, prestaciones médicas y equipamiento médico, del período comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2016. En este contexto, el propósito de la revisión fue determinar si las transacciones cumplen con las disposiciones legales y reglamentarias; se encuentran debidamente documentadas; sus cálculos son exactos; y si están adecuadamente registradas. Todo lo anterior, en concordancia con la citada ley N° 10.336.
CONCLUSIONES 1°) El HSMQ deberá instruir un procedimiento disciplinario para determinar las eventuales responsabilidades administrativas del o los funcionarios involucrados en no haber informado al hospital que poseían más de un 10% de la titularidad de derechos de la sociedad médica con la que ese establecimiento suscribió contratos de prestación de servicios; por contrataciones de prestaciones médicas por trato directo, sin recurrir a un proceso concursal y omitir suscribir convenios en que se consignen los derechos y deberes de las partes, lo que impide determinar si los servicios prestados y montos pagados resultan pertinentes; la entrega de un anticipo de $12.000.000 a la Sociedad Médica de Atención de Adultos SOMAD Ltda, sin que ello estuviera establecido en las bases concursales ni contrato, remitiendo a esta Contraloría Regional el acto administrativo que así lo disponga.

2°) Se comprobó la existencia de 2.651 facturas, que al 31 de diciembre de 2016, alcanzan un monto de $ 1.931.758.688, las cuales tenían más de 45 días de aceptadas sin que la entidad auditada las haya pagado, lo que constituye un incumplimiento a lo previsto en la glosa 02, letra e), de la Partida 16, Ministerio de Salud, de la ley N° 20.882, de Presupuestos del Sector Público para el año 2016, modificada por la ley N° 20.890, debiendo ese hospital adoptar medidas para pagar a los proveedores en los plazos establecidos en los acuerdos y normativa legal, evitando con ello la reiteración de situaciones similares.

3°) En lo concerniente a las 116 facturas emitidas entre los años 2010 Y 2016, que fueron informadas por los proveedores en la circularización y que no se encuentran en los registros contables del hospital, ese establecimiento debe mantener a disposición de este Organismo de Control los antecedentes que aclaren la situación de
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR