Informe final 715-21 Municipalidad de cauquenes auditoría sobre horas extras y contratos a honorarios suscritos por municipalidad de cauquenes - noviembre 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 925301242

Informe final 715-21 Municipalidad de cauquenes auditoría sobre horas extras y contratos a honorarios suscritos por municipalidad de cauquenes - noviembre 2021

Fecha09 Noviembre 2021
Número de informe715/2021
EmisorRegional Maule

OBJETIVO Efectuar una auditoría en materias de personal, referidas al gasto en horas extraordinarias y a los contratos de honorarios suscritos por la Municipalidad de Cauquenes, con funcionarios de la propia entidad edilicia o con sus servicios traspasados durante el periodo 2020. Asimismo, realizar un examen de las cuentas relacionadas con las materias en revisión, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, la resolución N° 30, de 2015, de este
origen y lo señalado en el decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado.
La revisión tuvo por finalidad verificar si las transacciones cumplen con las disposiciones legales y reglamentarias, se encuentran debidamente documentadas y realizadas, la exactitud de sus cálculos, y que las cuentas contables y presupuestarias se encuentren imputadas correctamente, todo lo anterior, en concordancia con la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
CONCLUSIONES Se evidenció que esa municipalidad mantiene como registro de control de la jornada laboral, libros de asistencias, de cuyas revisiones, se observaron que existen deficiencias tales como enmendaduras, remarcaciones o borrones en la anotación de la hora de llegada y/o retiro, omisión del horario de entrada y/o salida, entre otros, situación que no armoniza con los numerales 38 y 39 de la resolución exenta Nº 1485, de 1996, de este origen. En virtud de lo expuesto, corresponde que esa entidad comunal adopte las medidas pertinentes para asegurar, en lo sucesivo, el cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en la instrucción N° 5, de 2021, de ese rigen, en especial, la observancia al registro oportuno y permanente del libro de asistencias, así como la justificación de las enmendaduras en el mismo.

Del estudio practicado a los contratos de honorarios de la gestión municipal, se advirtió que en 3 casos dichos acuerdos de voluntades no establecieron medidas concretas de fiscalización y control respecto del cumplimiento de las obligaciones contraídas en dichos convenios, teniendo solo a la vista certificaciones de la jefatura que acreditaba las labores encomendadas, resultando dicha documentación insuficiente para dar conformidad a los servicios convenidos, hecho que incumple el punto 38 de la anotada resolución exenta Nº 1485, de 1996, de esta procedencia. A su vez, se constató que no mantenían procedimientos de control que permitan asegurar que los funcionarios contratados bajo la modalidad señalada efectuaron las labores fuera de la jornada ordinaria de trabajo.
Por lo expuesto, procede que ese municipio, por una parte, adopte las medidas correctivas necesarias tendientes a asegurar, en lo sucesivo, el estricto cumplimiento de la instrucción N° 6, de 2021, de la autoridad comunal, cuya observancia deberá ser validada por la Dirección de Control Interno en las auditorías que desarrolle próximamente; y por otra, implemente, a la brevedad, un mecanismo de
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