Informe final 707-2017 Municipalidad de maipu sobre auditoria al macroproceso de concesión del servicio de recolección , transporte y disposición final de residuos domiciliarios en la municipalidad de maipu-diciembre 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840028231

Informe final 707-2017 Municipalidad de maipu sobre auditoria al macroproceso de concesión del servicio de recolección , transporte y disposición final de residuos domiciliarios en la municipalidad de maipu-diciembre 2017

Fecha21 Diciembre 2017
Número de informe707/2017
EmisorII Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO Comprobar que los contratos de los servicios de recolección y transporte, y disposición final de los residuos sólidos domiciliarios y asimilables que mantiene la comuna de Maipú, cumplan con lo establecido en los artículos , 65, letra k), y 66 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, así como lo previsto en la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su reglamento, contenido en el decreto N° 250,, de 2004, del Ministerio de Hacienda. A su vez, revisar y constatar la correcta ejecución y examen de las cuentas de los contratos de los servicios concesionados y de los pagos ejecutados a los mismos, en el período comprendido entre enero y diciembre de 2016, como asimismo, verificar el otorgamiento, aplicación y rendición de los recursos transferidos por la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en virtud de la ley N° 20.882, de Presupuestos del Sector Público para el año 2016.
CONCLUSIONES Se constató el incumplimiento del contrato de construcción y operación de relleno sanitario con la empresa COINCA S.A. actual Proactiva Servicios Urbanos S.A., a través de EMERES Ltda., por la suma de $ 215.079.506, originada por pagos de reajustes de precios en exceso del servicio de disposición final, debiendo esa entidad edilicia acreditar, en el plazo de 30 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, los antecedentes que permitan explicar la determinación de la tarifa desembolsada, en caso contrario se deberá proceder al reintegro de dicha suma. De no ocurrir ello, esta II Contraloría Regional Metropolitana de Santiago efectuará un reparo por la suma antes enunciada, conforme con lo previsto en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 116, de ese mismo cuerpo legal:

Se comprobaron incumplimientos a las bases administrativas, de parte de las empresas Dimensión S.A. y Demarco S.A., referidas a una menor recaudación de multas no cursadas por sobreproducción de residuos, por la suma de $ 7.042.575, discrepancia en el cobro de las multas entre el libro de actividades y los registros de ingreso en la Tesorería Municipal, por un monto de $ 1.838.653, multas consignadas en los libros de actividades y no ingresadas en arcas municipales, por la cantidad de .$ 2.620.072, y error en el reajuste del cálculo de sobreproducción de residuos por un total de $
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