Informe final 670-2018 vialidad, sobre auditoría caminos acceso comunidades indígenas- diciembre 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 840030233

Informe final 670-2018 vialidad, sobre auditoría caminos acceso comunidades indígenas- diciembre 2018

Número de informe670/2018
Fecha18 Diciembre 2018
EmisorRegional Araucanía

OBJETIVO La fiscalización tuvo por objeto efectuar una auditoría al proceso de conservación de Caminos de acceso a Comunidades Indígenas, CCI, realizado por la Dirección Regional de Vialidad de La Araucanía, DRV, del Ministerio de Obras Públicas, entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2017.
CONCLUSIONES • La DRV no cuenta con manuales, metodologías ni procedimientos formales que describan los lineamientos e instrucciones con criterios técnicos y antecedentes de sustento objetivos y equitativos tendientes a catastrar, detectar, evaluar y proponer las labores de conservación en caminos de acceso a comunidades indígenas, como tampoco cuenta con criterios objetivos para priorizar las iniciativas de inversión de los respectivos proyectos; por lo tanto, esa repartición deberá establecer un procedimiento formal con la finalidad de contar con lineamientos, directrices y criterios objetivos, para futuras iniciativas de conservación en tierras indígenas, documento que deberá remitir en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.
• Se comprobó que la DRV, a raíz de la falta de verificación de la calidad de tierra indígena de los predios en donde se emplazan las vías mantenidas, efectuó la conservación de 50,4 kilómetros de camino en contravención al principio de legalidad del gasto, representando un 13,4% de los 374,8 kilómetros que integran la muestra analizada en la presente auditoría, por la suma de $ 1.027.318.120, por cuanto 53 rutas se encuentran fuera de territorios indígenas, facultad no contemplada en la Ley de Presupuesto del Sector Público para los años 2014, 2015, 2016 y 2017, partida 12, capítulo 02, programa 04, subtítulo 31, ítem 02 proyectos, glosas 07, 07, 06 y 07, respectivamente, situación que infringe los artículos , y 100 de la Constitución Política de la República y de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, por lo que esta Entidad de Control formulará el reparo correspondiente, por el gasto improcedente, de conformidad a los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General. Ello, sin perjuicio, de lo consignado en el artículo 116 del referido precepto legal.
• Se detectó la errónea evaluación y adjudicación de 4 licitaciones de contratos de conservación, toda vez que las ofertas técnicas de algunos oferentes no cumplían con el programa ocupacional solicitado en las bases
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