Inaplicabilidad y retroactividad de leyes penales in malam partem (STC Rol 8792) - Núm. 17, Enero 2021 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 918123630

Inaplicabilidad y retroactividad de leyes penales in malam partem (STC Rol 8792)

AutorJaime Arancibia Mattar
37
Inaplicabilidad y retroactividad de leyes penales... / Jaime Arancibia Mattar
INAPLICABILIDAD Y RETROACTIVIDAD
DE LEYES PENALES
IN MALAM PARTEM
(STC ROL 8792)
Jai M e ar a nc i bi a Mat tarJai M e ar a nc i bi a Mat tar 11
RESUMEN. Este comentario tiene por objeto la Sentencia del Tribunal Constitucional
(TC) en causa Rol Nº 8.792 que declaró la inaplicabilidad de los artículos 13 y 14 de la
Ley N° 16.441 de 1966, que crea el Departamento de Isla de Pascua, en el procedimiento
penal por delito de violación propia cometido por un natural de dicha isla. La sentencia
considera que el tratamiento penal más favorable al autor de ese delito discrimina arbitra-
riamente a las mujeres víctimas del mismo en el continente. El comentario comparte la
calificación de los preceptos impugnados como inconstitucionales, pero discrepa de que el
efecto práctico de dicha calificación sea la inaplicabilidad concreta de tales preceptos con
efecto retroactivo y desfavorable, por afectar las garantías constitucionales de legalidad e
irretroactividad de la pena.
PALABRAS CLAVE. Inaplicabilidad, retroactividad, ley penal, discriminación, mujer, tratados
internacionales.
SUMARIO. 1. Introducción. 2. Argumentos del requirente y de las partes en la causa. 3. La
sentencia del Tribunal Constitucional. 3.1. La cuestión previa sobre “el ámbito del derecho del
derecho convencional en la resolución del presente caso”. 3.2. Los preceptos impugnados son
inaplicables por contravenir principalmente el principio de igualdad “en” la ley. 4. Comentario.
4.1. La sentencia infringe los principios constitucionales de ilegalidad e irretroactividad de la
pena. 4.2. La sentencia impone al condenado la carga desigual de soportar los efectos de la dila-
ción estatal en actualizar la legislación penal. 4.3. La sentencia se pronuncia sobre el contenido
y no sobre los efectos de la norma, incurriendo así en una inadecuación del procedimiento de
inaplicabilidad. 4.4. La sentencia discrimina arbitrariamente en el tratamiento de los instrumen-
tos internacionales que tienen incidencia en el litigio. 4.5. La sentencia funda la inaplicabilidad de
la norma legal en razón de antecedentes consuetudinarios que corresponde ponderar al legislador.
5. Epílogo. 6. Conclusiones.
1. INTRODUCCIÓN
Este comentario se refiere a la Sentencia del TC en causa Rol Nº 8.792, de 29
de enero de 2021, que declaró la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de
los artículos 13 y 14 de la Ley N° 16.441 de 1966, que crea el Departamento
1 Abogado Pontificia Universidad Católica de Chile. Doctor en Derecho Universidad de Cambridge.
38
Sentencias Destacadas 2020
de Isla de Pascua, en el procedimiento penal por delito de violación propia
cometido por un natural de dicha isla
2
.
El requerimiento fue presentado por el Juzgado de Letras y Garantía de Rapa
Nui-Isla de Pascua en atención a que los preceptos impugnados disponen la
rebaja
3
y sustitución
4
favorable de la pena del delito de violación cuando es co-
metido en la isla por un natural de esta. A juicio del requirente, este beneficio
para el violador configura una discriminación arbitraria e inconstitucional en
contra de la mujer víctima del delito en la isla vis-à-vis las víctimas del mismo
delito en Chile continental, cuyo gravísimo ultraje es castigado con una pena
superior y efectiva.
El Tribunal Constitucional acogió el requerimiento, principalmente, en base a
la infracción de la garantía constitucional de igualdad ante la ley e igual pro-
tección de la ley en el ejercicio de los derechos.
Nuestra posición comparte la calificación de los preceptos impugnados como
inconstitucionales por discriminar arbitrariamente a las mujeres víctimas de
violación, pero discrepa de que el efecto práctico de dicha calificación sea la
inaplicabilidad concreta de tales preceptos con efecto retroactivo y en per-
juicio de un sujeto que había cometido el delito anteriormente. Semejante
solución protege un derecho constitucional a expensas de otros también fun-
damentales para un Estado de Derecho como lo son la legalidad e irretroac-
tividad de la ley penal.
Para tal efecto, nuestro comentario se dividirá en tres secciones. La primera
resumirá la posición del magistrado requirente de la inaplicabilidad y los
argumentos de las partes y de los amici curiae. La segunda hará una síntesis
de los argumentos de la sentencia del Tribunal Constitucional. La última
sección estará dedicada al comentario crítico del fallo. En particular, sosten-
dremos que la sentencia no es del todo destacable porque infringe los prin-
cipios constitucionales de ilegalidad e irretroactividad de la pena; impone al
condenado la carga desigual de soportar los efectos de la dilación estatal en
2 Proceso seguido ante el Juzgado de Letras y Garantía de Rapa Nui, causa Rol Nº426-2019, en actual
conocimiento del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, causa Rol Nº142-2020.
3 Artículo 13° En los delitos contemplados en los Títulos VII y IX del Libro Segundo del Código
Penal, cometidos por naturales de la Isla y en el territorio de ella, se impondrá la pena inferior en un
grado al mínimo de los señalados por la ley para el delito de que sean responsables.”
4 “Artículo 14° En aquellos casos en que el Tribunal deba aplicar penas de presidio, reclusión o prisión
podrá disponer que hasta dos tercios de ellas puedan cumplirse fuera del establecimiento carcelario,
fijando en la sentencia las condiciones de trabajo y residencia que deba llevar el condenado y el tiem-
po por el cual se concede este beneficio, el que podrá suspenderse o revocarse por el Juez, de oficio
o a petición de parte, por medio de una resolución fundada, que se apoye en el incumplimiento de
las condiciones impuestas”.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR