If. n° 243-2020 implementacion del plan de desarrollo de zonas extremas en las regiones - Doctrina Administrativa - VLEX 909053462

If. n° 243-2020 implementacion del plan de desarrollo de zonas extremas en las regiones

Fecha31 Agosto 2021
Número de informe243/2020
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, Obras Públicas y Empresas

OBJETIVO La fiscalización tuvo por objetivo efectuar una auditoría a la implementación del Plan Especial de Desarrollo de Zonas Extremas, por parte de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, y los Gobiernos Regionales de Arica y Parinacota, Los Lagos y Magallanes y de la Antártica Chilena, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero del 2014 y el 31 de diciembre de 2018.
Además, se examinó el control efectuado por las entidades públicas a cargo de la implementación del referido plan respecto del desarrollo del mismo, se determinó su financiamiento a través del Programa 06 de Convergencia, los recursos invertidos; y la consistencia de los proyectos contenidos en las carteras de inversiones con los respectivos planes PEDZE de cada región.
CONCLUSIONES • Se constató, producto de la verificación de los recursos destinados por la Dirección de Presupuestos, DIPRES, a los Gobiernos Regionales con ocasión de la implementación del Plan Especial de Desarrollo de Zonas Extremas, que esa dirección asignó mediante “Aporte Fiscal”, al Gobierno Regional de Los Lagos, las sumas de M$ 4.632.600 y M$ 184.786, a fin de financiar los programas 02 y 01, de Inversión Regional y Gasto de Funcionamiento, respectivamente.
A mayor abundamiento, mediante los oficios Ord. Nos 1.203 y 2.639, de junio y diciembre de 2019, la Dirección de Presupuestos informó a este Órgano de Control que tales recursos fueron asignados a dicho gobierno regional bajo ese mecanismo, puntualizando en su última contestación que ello fue en virtud de las normas de flexibilidad presupuestaria, toda vez que el decreto que establecía ese territorio como zona extrema, no se encontraba tramitado a esa data.
No obstante, se evidenció que tales montos fueron contemplados por el referido gobierno regional como de libre disposición, sin destinarlos a la ejecución del programa PEDZE, situación que no se ajusta a los principios de coordinación, control, eficiencia, eficacia e idónea administración de los recursos públicos, contemplados en los artículos y de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Asimismo, contraviene el principio de legalidad del gasto previsto en el decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, en el artículo 56 de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, y en el artículo 100 de la Constitución Política.
El Gobierno Regional de Los Lagos y la DIPRES deberán informar a esta Entidad de Control dentro de un plazo máximo de 60 días hábiles, contado desde la recepción de este informe, las acciones que se desarrollarán para que los aportes transferidos para el desarrollo del PEDZE, por medio de los decretos de modificación de presupuestos Nos 696 y 709, ambos de 2015, del Ministerio de Hacienda, sean reconocidos como parte de los recursos recepcionados para realizar el plan en examen, y se demuestre su completa utilización en el mismo, junto al resto de los recursos que le han sido asignados a ese gobierno regional para cumplir con la aludida finalidad; y en el evento de que se adviertan saldos de recursos no invertidos en la cartera PEDZE, procede que tanto el Gobierno Regional de Los Lagos como la DIPRES adopten las medidas que procedan sobre el particular, en atención al debido resguardo de los recursos públicos, materia que debe en todo caso, ser incorporada en el informe antes requerido.
Sin perjuicio de ello, se remitirán los antecedentes el presente informe al Consejo de Defensa del Estado, para los fines que correspondan, dentro del ámbito de su competencia.
• Se evidenció que la SUBDERE no había desarrollado directamente las funciones de apoyo técnico y administrativo para la implementación y ejecución de los planes de zonas extremas de las regiones de Arica y Parinacota, Magallanes y
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