Recensión: Jürgen Habermas, Facticidad y Validez. Sobre el Derecho y el E stado Democrático de Derecho en términos de teoría del discurso, Francfort, 1992. Traducción de Rodrigo Aldoney Ramírez (Universidad Alberto Hurtado, Chile) - - - Estudios filosófico-jurídicos y penales del Prof. Dr. Fritz Loos. Homenaje a sus 70 años - Libros y Revistas - VLEX 327832875

Recensión: Jürgen Habermas, Facticidad y Validez. Sobre el Derecho y el E stado Democrático de Derecho en términos de teoría del discurso, Francfort, 1992. Traducción de Rodrigo Aldoney Ramírez (Universidad Alberto Hurtado, Chile)

Páginas79-101
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Bajo el título “Facticidad y Validez” Jürgen Habermas presenta una
filosofía del Estado y del Derecho sistemática, que debe entenderse
como el fruto de sus aportes a esa área temática desde la primera
gran publicación: “La transformación estructural de la vida pública”
(1962).** Al respecto la facticidad y validez del Derecho, o más bien
dicho en el Derecho, plantean al menos tres problemas que son
abordados en este trabajo. Según una fórmula que fue (al menos
también) utilizada por el filósofo del Derecho Welzel (1904-1977),
en el Derecho la existencia forma parte de la esencia del Derecho;
en razón de su función de protección, el Derecho debe tener un
poder fácticamente efectivo, si quiere ser válido, legítimo, sin que
con ello se agoten los requisitos de legitimación. En tal sentido
Habermas habla de una tensión interna entre facticidad y validez.
Sin embargo, la validez del Derecho también debe dar resultado
en la tensión externa con los poderes fácticos de la economía y la
burocracia. Finalmente en la investigación de Habermas se cruzan,
de distintos modos, las perspectivas empírica y normativa.
La siguiente exposición (I) se ciñe a la estructuración en nueve
capítulos de este extenso libro. Así pretende ofrecer también una ayuda
para la lectura del mismo, con lo cual armoniza la intención de dar,
en lo posible en muchas ocasiones, la palabra al autor Habermas. Se
RECENSIÓN: JÜRGEN HABERMAS, FACTICIDAD
Y VALIDEZ. SOBRE EL DERECHO Y EL ESTADO
DEMOCRÁTICO DE DERECHO EN TÉRMINOS DE
TEORÍA DEL DISCURSO, FRANCFORT 1992*
*
Traducción por el Dr. Rodrigo Aldoney Ramírez, LL.M. Friburgo de Brisgovia,
Universidad Alberto Hurtado, Santiago de Chile.
**
Hay traducción al español bajo el título Historia y crítica de la opinión pública.
La transformación estructural de la vida pública, Barcelona, 1981 (G. Gili). Edición
original: “Strukturwandel der Öffentlichkeit. Untersuchungen zu einer Kategorie
der bürgerlichen Gesellschaft”, Neuwied Luchterhand V., 1962 (N. del T.).
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opta por este camino porque Habermas no facilita las cosas al lector.
Esto porque utiliza el estilo expositivo que Karl Löwith constató en
Karl Marx y Max Weber, que hace surgir la posición propia a través
de la extensa exposición y polémica con otros autores. Así la obra está
repleta de referencias abiertas, semilatentes y latentes a tesis y temas de,
por supuesto, la filosofía del Derecho contemporánea, pero también
de la filosofía analítica y de la teoría de la ciencia, de la sociología
sistémica y de la ciencia política. Para el jurista especializado resulta
admirable la competencia del no-jurista Habermas en el Derecho
constitucional y en la metodología jurídica y su elaboración teórico-
jurídica, aunque seguramente se podrá discrepar sobre la selección
de los autores citados. En general, mediante este procedimiento se
hace patente la pretensión de obtener una suma del pensamiento
jurídico contemporáneo. Las dificultades resultantes para la lectura
sólo se mitigan levemente mediante la artística construcción simétrica
de la obra: cada capítulo contiene tres subcapítulos, cuyo objeto se
anuncia en las respectivas introducciones; cada final de un capítulo
contiene una transición hacia el siguiente.
En consideración a la diversidad de temas tratados, incluso una
exposición detallada, se ve en la necesidad de efectuar una selección
con tintes subjetivos. Es por ello que me he decidido por destacar
las afirmaciones de contenido jurídico-político,
1
omitiendo en gran
medida el análisis de otros autores efectuado por Habermas al res-
pecto, y, en cambio, he debido pasar a segundo plano preguntas
acerca de la fundamentación filosófica, sobre todo porque el mismo
Habermas se remite esencialmente a sus trabajos anteriores. Espero
que la reducción parcial ayude a la explicación y facilitación de una
discusión crítica.
Un análisis crítico (II) con algunas posiciones adoptadas en el
libro siguen a la exposición del mismo (I).
I
En el prefacio y el primer capítulo se enuncian los temas teóricos
centrales de la filosofía jurídica de Habermas.
1 La ventaja del criterio de selección elegido radica en destacar de manera
más nítida el “impulso crítico” que O. HÖFFE, Eine Kontroverse der Kritischen Theorie?
En Rechtshistorisches Journal 12”, 1993, pp. 70 ss., cuestiona.

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