El fundamento de la esencia del concepto del delito - Cuestiones sobre teoría del delito - Libros y Revistas - VLEX 1028416005

El fundamento de la esencia del concepto del delito

AutorYan Vera Toste
Cargo del AutorDoctor en Ciencias Jurídicas y Profesor Auxiliar
Páginas31-55
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Cuestiones sobre teoría del delito
El fundamento de la esencia d el concePto de delito
Como acota Fernández BuLTé al retomar las palabras que huMBerTo
cerroni expuso en su libro Libertad de los modernos, no disponemos
todavía de una teoría marxista del Derecho, no existe un esclarecimiento
sistemáticodelasposicionesmarxistasenjuslosofía.1
De lo que se trata y estamos acuciados es, justamente, de establecer
una línea de investigación y reconstrucción histórico-teórica entorno
al Derecho, aplicando el método dialéctico-materialista y de esta
formafundamentaryjusticarelDerechosocialista.
Lo anterior encuentra reejo en el campo del Derecho penal.
Intentosdeedicarunaestructurateóricasehan realizado,2 aunque
ha faltado el trabajo fundamentalmente en sus bases, lo que implica
la ruptura del sistema y su incoherencia en determinados elementos.
Es necesario y consustancial para un derecho socialista y
democrático,sujusticación.Enestetrabajointentaremosacercarnos
auna cuestión medular en la justicación del Derecho penal y que
tributa, justamente, a sus bases.
Para ello hemos adoptado, en principio, la estructura expositiva-
metodológica propuesta por FerraJoLi,3 quien divide las materias
del Derecho penal en temas de justicación en tres elementos
fundamentales: la pena, el delito y el proceso penal. A su vez estos tres
1 Fernández BuLTé, Julio: Filosofía del derecho, ed. Félix Varela, La Habana, 1997, p. 261.
2 Vid. en nuestros predios las obras de Quirós Pírez, Renén: Introducción a la teoría del
Derecho Penal. Editorial Ciencias Sociales, La Habana, 1987; Manual de Derecho Penal, t. I, II
y III. Editorial Ciencias Jurídicas, La Habana, 2002; “Despenalización”, en Revista Jurídica
No. 10, MINJUS, La Habana, 1986, pp. 123-153; gonzáLez aLcanTuL, David: Manual de
Derecho Penal General, t. I y II. Editorial Imprenta Central de las FAR, 1986; BaQuero
Vernier, Ulises: Derecho Penal General, t. I y II. Editorial ENSPES, Santiago de Cuba, 1985;
raMos sMiTh, Guadalupe: Derecho penal Parte general, t. I y II, ed. Ministerio de Educación
Superior, la Habana, 1989; góMez Pérez, Ángela: “Tutela legal a las contravenciones y los
delitos paralelos en Cuba” en Colectivo de autores: Temas de Derecho administrativo cubano,
t. 2, ed. Félix Varela, La Habana, 2006; rodríguez sánchez, Ciro Félix: “Peligrosidad y
medidas de seguridad en el Derecho penal cubano”, Tesis en opción al grado cientíco de
Doctor en Ciencias Jurídicas, Universidad de Oriente, Santiago de Cuba, 2001.
3 Vid. FerraJoLi, Luigi: Derecho y Razón. Teoría del garantismo penal, 7ª ed., Trotta, Madrid,
2005, pp. 209 ss.
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Yan Vera TosTe
elementos los descompone en cuatro preguntas “más precisas”,
relativas al sí, al por qué, al cuándo y al cómo de la intervención penal.
Responder a cada una de ellas con extremo cuidado, demanda de un
trabajo que sobrepasa las intenciones y el tiempo del que disponemos en
éste. No obstante intentaremos desarrollar las cuestiones relacionadas
con el delito y concretamente con el por qué y cuándo prohibir, lo
que en la doctrina se conoce como el concepto material del delito o la
legitimación material del Derecho penal.
ii. cuándo ProhiBir. la esencia del concePto de delito
Una de las primeras y principales tareas que enfrenta la Teoría del
delito, es la de elaborar un concepto de delito que contenga todas las
características que debe reunir un hecho para ser considerado como
tal.
En la actualidad es común la utilización, en la Parte general de los
códigospenales,delatécnicadenitoriaparaestablecerloselementos
fundamentales que según el legislador, conforman al delito. Por lo
que coincidiendo con Muñoz conde y garcía arán4 no es posible
conceptuar a éste, al margen del Derecho penal vigente.5
La idea del delito y a su vez de la pena, no surgieron con el origen
del hombre,6 sino a partir de la constitución del Estado y del Derecho,
producto de un proceso históricamente condicionado, en última
4 Vid. Muñoz conde, Francisco y Mercedes garcía arán: Derecho penal Parte general, 5ª ed.,
tirant lo blanch, Valencia, 2002, p. 197.
5 Es importante destacar con las propias palabras del profesor Quirós que: “Si bien es
cierto que el Derecho existe porque está materializado en formas particulares (las
normas jurídicas), estas se hallan en estrecha relación con su contenido socio-material
(las relaciones sociales) ... la norma jurídica no es sólo ‘forma’, sino también (y
fundamentalmente) ‘contenido’”, Manual..., ob. cit., t. III, pp. 54-55. Federico engeLs de un
modomásdescarnadonosilustra comoelDerechoconstituyeel reejodelasrelaciones
económicas. “Por donde la marcha de la ‘evolución jurídica’sólo estriba, en gran parte, en
la tendencia a eliminar las contradicciones, que se desprenden de la traducción directa
de las relaciones económicas a conceptos jurídicos, queriendo crear un sistema armónico
de Derecho, hasta que irrumpen nuevamente la inuencia y la fuerza del desarrollo
económico ulterior y rompen de nuevo este sistema ...”, “Carta de Engels a K. Schmidt,
27 de octubre de 1980” en Marx, engeLs y Lenin: Selección de textos, t. 2, ed. Política, la
Habana,1978, p.234. Delo anteriorse coligeque detrásdecada denición,sea legalo
no, existe una fundamentación teórica conceptual que en ultima instancia descansa o se
condiciona por las relaciones de producción de un momento histórico concreto.
6 Sobre el origen y desarrollo del concepto del delito vid. por todos cosTa, Fausto: El delito
y la pena en la historia de la losofía, tr. Mariano Ruiz-Fuentes, ed. Hispano-Americana,
México, 1953. A su vez, una acuciosa exposición y crítica desde la ilustración y la Teoría
del contrato social hasta la actualidad, en Quirós: “El pensamiento jurídico penal burgués:
exposición y crítica” en Revista Jurídica No. 8, Ed. MINJUS, julio-septiembre, la Habana,
1985, pp. 5-257. Un resumen agudo de la concepción dialéctico-materialista de la historia

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