Decreto 240 - APRUEBA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA EL SECTOR PAN DE AZUCAR SECTORES B1, C Y D, COMUNA DE COLINA, REGION METROPOLITANA, EMPRESA SERVICIOS DE AGUA POTABLE BARNECHEA S.A., SAPBSA (HOY AGUAS SANTIAGO S.A.) - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241755010

Decreto 240 - APRUEBA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA EL SECTOR PAN DE AZUCAR SECTORES B1, C Y D, COMUNA DE COLINA, REGION METROPOLITANA, EMPRESA SERVICIOS DE AGUA POTABLE BARNECHEA S.A., SAPBSA (HOY AGUAS SANTIAGO S.A.)

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto

APRUEBA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA EL SECTOR "PAN DE AZUCAR SECTORES B1, C Y D", COMUNA DE COLINA, REGION METROPOLITANA, EMPRESA SERVICIOS DE AGUA POTABLE BARNECHEA S.A., SAPBSA (HOY AGUAS SANTIAGO S.A.)

Núm. 240.- Santiago, 20 de septiembre de 2004.- Vistos:

  1. - El DFL Nº 70 de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, y sus modificaciones contenidas en la ley Nº 19.549, ambos del Ministerio de Obras Públicas.

  2. - El DS Nº 453 del 12 de diciembre de 1989, Reglamento del DFL Nº 70 de 1988, modificado por DS Nº 109 del 10 de marzo de 1998, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  3. - El artículo 15º del DFL Nº 382 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas, Ley General de Servicios Sanitarios, y sus modificaciones contenidas en la ley Nº 19.549.

  4. - El artículo 23º del DS Nº 121 de 1991 del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento del DFL Nº 382 de 1988, y sus modificaciones contenidas en la ley Nº 19.549.

  5. - El artículo 10º de la ley Nº 10.336, Orgánica de la Contraloría General de la República.

  6. - La ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, y sus modificaciones contenidas en la ley Nº 19.549, del Ministerio de Obras Públicas.

  7. - El artículo 68º del DS Nº 121/91 del Ministerio de Obras Públicas.

  8. - La solicitud de ampliación de concesiones sanitarias por el sector "Pan de Azúcar sectores B1, C y D", presentada por la empresa SAPBSA (hoy Aguas Santiago S.A.).

  9. - El Estudio Tarifario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios efectuado con ocasión del proceso concesional de ampliación de concesión.

  10. - El DS Nº 739 de 17 de diciembre de 1999 publicado en el Diario Oficial el 24 de julio del 2000 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba las fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para el sector ya concesionado de Pan de Azúcar.

  11. - Carta Nº 099-04 de 20 de mayo de 2004 recibida el 20 de mayo de 2004 de la Empresa SAPBSA.

  12. - Acta del acto público de recepción de antecedentes.

  13. - El DS MOP Nº 506/2004 que otorgó a SAPBSA la ampliación de la concesión sanitaria respecto de los sectores B1, C y D del sector Pan de Azúcar, de la comuna de Colina.

  14. - Estos antecedentes.

    Considerando:

  15. - Que, las empresas de servicios públicos de agua potable y de alcantarillado de aguas servidas están sujetas a la fijación tarifaria establecida por el DFL MOP Nº 70/88 y su reglamento.

  16. - Que, en el proceso de ampliación de concesiones sanitarias para el sector "Pan de Azúcar sectores B1, C y D" de la comuna de Colina, la tarifa determinada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios e informada al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción no tuvo observaciones por parte de esta Secretaría de Estado, según lo señaló en su oficio Nº 1.198, de 15.03.2004.

  17. - Que, las tarifas ofrecidas en su postulación por la única empresa solicitante resultaron ser superiores a las determinadas por la autoridad. En consecuencia, debió procederse conforme con lo dispuesto en los artículos 15º del DFL MOP Nº 382/88 y segundo Nº 15 del DS MOP Nº 2.619/98, por Of. SISS Nº 621, de fecha 22.03.2004, comunicándole a la empresa participante la referida determinación tarifaria, a fin que reestudiara su propuesta.

  18. - Que, por presentación, de fecha 20.05.2004, SAPBSA informó a la Superintendencia el hecho de haber aceptado la tarifa fijada por la autoridad.

  19. - Que, las tarifas propuestas por la autoridad corresponden a las actualmente vigentes por DS Minecon Nº 739/1999 para el sector Pan de Azúcar. En consecuencia, toda el área correspondiente, incluida las ampliaciones aprobadas por el DS MOP 506/2004, quedan bajo el mismo nivel tarifario.

    Decreto:

  20. Apruébanse las siguientes fórmulas tarifarias para obtener los precios máximos y cargo fijo aplicables a los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas entregados por la empresa Servicios de Agua Potable Barnechea S.A., SAPBSA, para el sector "Pan de Azúcar sectores B1, C y D".

    1. Fórmulas tarifarias para usuarios finales

      a.1 Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL

      CFCL = CF x IN1

      a.2 Cargo variable por consumo de agua potable en

      período no punta ($/m3): CVAP

      CVAP = CV1 x IN2 + CV4 x IN3

      a.3 Cargo variable por consumo de agua potable en

      período punta ($/m3): CVAPP

      CVAPP = CV2 x IN2 + CV5 x IN3

      a.4 Cargo variable por sobreconsumo de agua potable

      en período punta ($/m3): CVAPP2

      CVAPP2 = CV3 x IN2 + CV6 x IN3

      a.5 Cargo variable por servicio de alcantarillado

      de aguas servidas en período no punta ($/m3): CVAL

      CVAL = CV7 x IN4 + CV10 x IN5

      a.6 Cargo variable por servicio de alcantarillado de

      aguas servidas en período punta ($/m3): CVALP

      CVALP = CV8 x IN4 + CV11 x IN5

      a.7 Cargo variable por sobreconsumo de alcantarillado

      de aguas servidas en período punta ($/m3): CVALP2

      CVALP2 = CV9 x IN4 + CV12 x IN5

    2. Descripción de variables

      La descripción de las variables incorporadas en las

      fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos

      valores, a diciembre de 1998, son los que a

      continuación se señalan:

      b.1 Definición y valorización de los cargos tarifarios:

      Variable Definición Valor

      CF Cargo fijo por cliente. 380

      CV1 Cargo variable por producción

      de agua potable en...

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