Decreto núm. 368, publicado el 24 de Junio de 1981. EXIME DE OBLIGACION DE MANTENER RECURSOS MONETARIOS EN LA CUENTA UNICA FISCAL
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
EXIME DE OBLIGACION DE MANTENER RECURSOS MONETARIOS EN LA CUENTA UNICA FISCAL
Núm. 368.- Santiago, 26 de Mayo de 1981.- Visto: El artículo 1º del D.L. Nº 527 de 1974, el D.L. Nº 966 de 1975 y el artículo Nº 24 del D.L. Nº 3.001 de 1979,
Decreto:
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- Exímese, a contar del primer día del mes siguiente al de publicación de este decreto en el Diario Oficial, de la obligación de mantener sus recursos monetarios en la Cuenta Unica Fiscal a que se refiere el decreto con fuerza de ley Nº 1 de 1959, y el artículo 32 del decreto ley Nº 1.263 de 1975, a las siguientes entidades del Sector Público:
- Superintendencia de Seguridad Social.
- Caja Nacional de los Empleados Públicos y Periodistas.
- Caja de Previsión de la Defensa Nacional.
- Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.
- Caja de Previsión de los Empleados Particulares.
- Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional.
- Servicio de Seguro Social.
- Caja de Retiro y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado.
- Caja de Retiro y Previsión de los Empleados Municipales de la República.
- Caja de Retiro y Previsión Social de los Obreros Municipales de la República.
- Departamento de Indemnización de Obreros Molineros y Panificadores.
- Caja de Previsión Social de los Empleados Municipales de Santiago.
- Instituto de Normalización Previsional.
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- El Banco Central podrá determinar encajes especiales respecto de los depósitos, al margen de la Cuenta Unica Fiscal, que efectúen en el sistema bancario las entidades señaladas en el número anterior y fijar los procedimientos a que deberán sujetarse dichas entidades para abrir las cuentas corrientes respectivas.
En todo caso, dichos procedimientos deberán incluir la licitación entre las entidades del sistema bancario para la apertura de las cuentas corrientes referidas.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Enrique Seguel Morel...
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