Establece un sistema institucional para el desarrollo del turismo, modifica el decreto ley N° 1.224, que crea el Servicio Nacional de Turismo y otras normas legales. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914499112

Establece un sistema institucional para el desarrollo del turismo, modifica el decreto ley N° 1.224, que crea el Servicio Nacional de Turismo y otras normas legales.

Fecha08 Enero 2008
Fecha de registro08 Enero 2008
Número de Iniciativa5687-23
EtapaTramitación terminada Ley Nº 20.423 (Diario Oficial del 12/02/2010)
MateriaSERVICIO NACIONAL DE TURISMO, TURISMO
Cámara Legislativa de OrigenMensaje,Cámara de Diputados
Tipo de proyectoProyecto de ley
MENSAJE














MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN SISTEMA INSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO DEL TURISMO, MODIFICA EL DECRETO LEY N° 1.224, QUE CREA EL SERVICIO NACIONAL DE TURISMO Y OTRAS NORMAS LEGALES RELACIONADAS.

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SANTIAGO, noviembre 21 de 2007







MENSAJE 1092-355/









A S.E. EL

PRESIDENTE

DE LA H.

CÁMARA DE

DIPUTADOS.

Honorable Cámara de Diputados

Tengo el honor de someter a vuestra consideración el siguiente proyecto de ley, que establece un sistema institucional para el desarrollo del turismo, modifica el Decreto Ley 1.224, que crea el Servicio Nacional de Turismo, y cambia, además, otras normas legales relacionadas, cuyos fundamentos paso a exponer.

I.ANTECEDENTES.
  1. La Actividad Turística.

Desde la década del 90 Chile ha experimentado un aumento importante en su actividad turística. Desde el año 2004 en adelante, es el tercer destino más visitado de Sudamérica. No obstante, el turismo continúa siendo un sector emergente en nuestro país.

Ciertamente, gran parte del desarrollo turístico experimentado hasta hoy se explica por la estrategia de desarrollo del país durante los últimos quince años, caracterizado por la apertura comercial de éste y por su profunda inserción en los mercados internacionales. Dicho proceso, ha potenciado el crecimiento del país en su conjunto y ha tenido un impacto particularmente significativo en los sectores exportadores, incluido el sector turístico.

Sin embargo, las posibilidades de desarrollo del sector por esta vía se están agotando. La sola apertura comercial no genera valor agregado y, por lo tanto, no es suficiente para dar un salto cuantitativo ni cualitativo en el desarrollo del sector, más aún en el contexto global en el que cada vez son más demandados productos y servicios sofisticados y exclusivos. El turismo no es la excepción.

Por otra parte, en las últimas décadas, la demanda por turismo a nivel mundial ha crecido explosivamente y se espera que dicha tendencia permanezca, particularmente asociada a nuevos productos turísticos, como el turismo de intereses especiales. Cada vez más los turistas buscan encontrarse con la naturaleza lejos de toda civilización, que es justamente dónde nuestro país tiene mucho que ofrecer.

Chile tiene una diversidad geográfica prácticamente única en el mundo, y sus atractivos naturales, así como las condiciones de seguridad y estabilidad económica y social, lo convierten en un destino natural para la creciente demanda por turismo de intereses especiales, con particular valoración por un destino seguro.

Éstas son, sin duda, las grandes ventajas comparativas del país en materia de desarrollo turístico, y lo eficiente es sacarle el mayor provecho posible.

Aprovechar ésta oportunidad, puede convertir al turismo en un motor de desarrollo para el país en su conjunto, debido a los efectos multiplicadores y a los encadenamientos productivos que surgen de la propia naturaleza del sector.

El turismo es un sector capaz de generar nuevas oportunidades laborales y contribuir a una mejor distribución geográfica de la riqueza debido a sus potenciales efectos en la descentralización y desarrollo territorial. Además, la consolidación de Chile como país turístico puede contribuir a reforzar la marca país, generando efectos positivos para otras actividades económicas.

En este contexto, uno de los desafíos consiste en ampliar, a través de la oferta turística distribuida en las regiones de Chile, las oportunidades de diversificar las exportaciones del país y contribuir a que las regiones incorporen un mayor valor agregado a sus recursos.

Para que el turismo acreciente su aporte al desarrollo de Chile se requiere de la voluntad concertada de un conjunto de actores de la vida nacional, así como de una adecuada acción del Estado. En efecto, el turismo, por su propia naturaleza, precisa de la participación de agentes económicos que estén ubicados en las diferentes fases de las cadenas productivas, así como de las instituciones del Estado que se relacionan funcional y/o territorialmente con estas actividades. Por ello, es necesaria la acción coordinada y sistemática de empresarios, municipios, operadores y de los servicios públicos, los que en conjunto sean capaces de identificar y desarrollar el turismo interno y receptivo en el país.

Ello implica también contar con una adecuada infraestructura turística nacional, institucionalidad pública, desarrollo del mercado interno, con normas claras para su funcionamiento, y sobre todo con ejes comunes de desarrollo, así como una amplia visión acerca de las tendencias de los mercados internacionales en esta materia.

En resumen, el Estado debe asumir diversos roles en el desarrollo de una estrategia nacional en el campo del turismo. Concretamente, se requiere de un Estado activo en la promoción de Chile como destino turístico, en la coordinación de la actividad desde lo público, facilitando la transparencia de los mercados y el adecuado acceso a la información de los consumidores finales y operadores del mercado, y debe desenvolverse en el fomento de la actividad turística, a través del fortalecimiento de la industria y su capacidad de responder a la creciente demanda.

En este contexto, resulta indispensable fortalecer al interior del Estado la institucionalidad en materia turística, siendo este uno de los desafíos de la presente iniciativa.

  1. Antecedentes Normativos.

Las disposiciones legales y reglamentarias orientadas específicamente a esta actividad, fueron dictadas hace más de dos décadas y se encuentran contenidas en los siguientes cuerpos normativos:

  1. El Decreto Ley 1.224, del año 1975.

Esta norma creó el Servicio Nacional de Turismo, en adelante “el Servicio”, con el carácter de persona jurídica de derecho público, funcionalmente descentralizada, con patrimonio propio y plena capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones, que se relaciona con el Ejecutivo a través del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reemplazó a la Dirección de Turismo creada por el D.F.L. N° 355, de 1960, y suprimió a los Consejos Regionales de Turismo, establecidos en la ley N° 17.169.

El señalado decreto ley establece el objeto del Servicio, su organización interna y las atribuciones y funciones que le corresponden para el cumplimiento de sus finalidades.

Este cuerpo normativo fue modificado por el Decreto Ley Nº 3.477, del año 1980, con una finalidad orientada principalmente, a eliminar del objeto del Servicio el control de la actividad turística y la función fiscalizadora que éste dirigía hacia los operadores de la misma. Posteriormente, mediante el artículo único de la ley N° 19.255, se facultó al Servicio para integrar y participar en entidades de derecho privado sin fines de lucro, cuya finalidad fundamental fue la promoción turística de Chile en el extranjero, así como para efectuar aportes económicos a dichas entidades o a otras del mismo tipo, destinados a realizar acciones de promoción turística.

  1. El Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de 1990.

Esta disposición modificó el D.L. Nº 1.224, reemplazando las normas relativas a la estructura de plantas y escalafones del Servicio, adecuándolas a la preceptiva de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo.

  1. El Decreto Supremo N° 515, de 1978.

Esta norma administrativa, modificada por el decreto supremo N° 118, de 1989, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, contiene el Reglamento del Servicio Nacional de Turismo, mediante el cual se regula la aplicación de las disposiciones contenidas en la ley.

  1. El Decreto Supremo N° 227, de agosto de 1987.

Este decreto, modificado por el decreto supremo 148, del año 2003, establece el Reglamento de clasificación, calificación y registro de establecimientos de alojamiento turístico denominados hotel, motel y apart hotel.

Esta normativa debe ser actualizada y...

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