Ley núm. 17169, publicada el 13 de Agosto de 1969. CREA CONSEJOS REGIONALES DE TURISMO.- - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497202858

Ley núm. 17169, publicada el 13 de Agosto de 1969. CREA CONSEJOS REGIONALES DE TURISMO.-

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyLey

LEY 17.169 CREA CONSEJOS REGIONALES DE TURISMO.-

(Publicada en el Diario Oficial N° 27.420, de 13 de agosto de 1969)

Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

PROYECTO DE LEY:

ARTICULO 1 DEROGADO.
ARTICULO 2 DEROGADO.
ARTICULO 3 DEROGADO.
ARTICULO 4 DEROGADO.
ARTICULO 5 DEROGADO.
ARTICULO 6 DEROGADO.
ARTICULO 7 DEROGADO.
Artículo 8°

Modifícase el artículo 5° de la ley 4.940, en el sentido de que el Casino Municipal de Viña del Mar funcionará, además del tiempo señalado en dicho precepto legal, los días viernes, sábado y domingo, como también en los días festivos y sus vísperas, en el período que media entre los días 16 de marzo y 14 de septiembre de cada año, todo de conformidad con los horarios que determine el reglamento de esta ley. Podrá, sin embargo, prolongarse hasta en tres horas la jornada de los días domingos y festivos, llevándola hasta las 3 horas del día siguiente, siempre que se disminuya en igual número de horas la jornada correspondiente a los viernes o vísperas de festivos.

Las salas de juego de dicho casino, y las de cualquier otro ubicado en el país, dejarán de funcionar, cada año, entre las 21 horas del día 24 de diciembre y las 18 horas del día 25 del mismo mes.

Artículo 9°

El ingreso correspondiente al valor de las entradas de acceso al Casino Municipal de Viña del Mar y sus salas de juego cederá en beneficio exclusivo de la Municipalidad de Viña del Mar, con la sola excepción de los recursos establecidos en el artículo 14° de la ley 17.312.

Artículo 10°

Las utilidades de la explotación del Casino Municipal de Viña del Mar corresponderán.

íntegra y exclusivamente a la Municipalidad respectiva.

Sólo para los efectos relativos a la concesión de la indicada explotación, el monto de tales utilidades se determinará mediante dos balances correspondientes, respectivamente, a la temporada indicada en el artículo 5° de la ley 4.940 y al período señalado en el artículo 8° de la presente ley.

Artículo 11°

Para determinar las utilidades del Casino Municipal de Viña del Mar durante el lapso indicado en el artículo 8°, se deducirá de las utilidades brutas del Casino, producidas en ese período, el costo de explotación del establecimiento en el mismo período, costo que se fija como máximo en una suma igual al 55% de la cifra presupuestada de las referidas utilidades brutas. Sin embargo, en materia de gastos por remuneración del trabajo del personal del Casino, incluso gastos previsionales y beneficios sociales, sólo podrá imputarse al balance de la temporada indicada en el artículo 8° la parte de dichos gastos correspondientes a los días efectivamente trabajados por dicho personal en la misma temporada, sin perjuicio de lo cual éste recibirá sus remuneraciones correspondientes a todos los días de aquélla. En todo caso, el costo de explotación del Casino Municipal de Viña del Mar durante el año calendario no podrá exceder del 70% de las utilidades brutas presupuestadas para el mismo año.

INCISO SEGUNDO.- DEROGADO.

Artículo 12°

Autorízase habilitar, explotar u otorgar en concesión un Casino en la comuna de Puerto Varas, el que funcionará bajo el régimen de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 8° de la ley 4.283.

Corresponderá a la Municipalidad de Puerto Varas, como única forma de explotación, conceder el Casino a particulares, personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, mediante el sistema de propuestas públicas.

El plazo máximo de la duración de las concesiones será de cinco años, el que podrá ser renovado.

Las bases de la propuesta deberán ser aprobadas por el Intendente de la Región de Los Lagos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR