Decreto 710 - APRUEBA ENMIENDA A ORDENANZA LOCAL Y PLANO DE ZONIFICACIÓN ALTO HOSPICIO-ALTO MOLLE-0496 PS1 - MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 431545102

Decreto 710 - APRUEBA ENMIENDA A ORDENANZA LOCAL Y PLANO DE ZONIFICACIÓN ALTO HOSPICIO-ALTO MOLLE-0496 PS1

EmisorMUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor13 de Abril de 2013

APRUEBA ENMIENDA A ORDENANZA LOCAL Y PLANO DE ZONIFICACIÓN ALTO HOSPICIO-ALTO MOLLE-0496 PS1

Núm. 710.- Alto Hospicio, 1 de Abril de 2013.- Vistos: La Constitución Política de la República, la Ley Nº 19.943 que crea la Comuna de Alto Hospicio; Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, Artículo 5 letra k), que establece, para el cumplimiento de las funciones de las municipalidades, entre otras, la atribución esencial de Aprobar los Planes Reguladores Comunales y Los Planos Seccionales de Comunas; Ley General de Urbanismo y Construcciones, en su Artículo 43 que establece el procedimiento para la elaboración y aprobación de los planes reguladores comunales y su Artículo 45 inciso 2°; Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en su Artículo 2.1.13 que establece que las Enmiendas de las que trata el Artículo 45 de la Ley, omiten la revisión de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo y la Aprobación y Promulgación del Gobierno Regional e instruye que el Decreto Alcaldicio con la Ordenanza respectiva se publicarán en el Diario Oficial; Ordenanza del Instrumento de Planificación Territorial denominado "Plan Seccional Alto Hospicio-Alto Molle", aprobado por el Gobierno Regional de Tarapacá mediante Resolución Afecta N° 40 de 24 de Diciembre de 2001, publicada en el Diario Oficial el 31 de Enero de 2002;

Y Considerando:

  1. Que, con fecha 14 de Septiembre del 2012, la Secretaría Municipal y Secretaría del Concejo Municipal, certifica que el Concejo Municipal acordó dar inicio al procedimiento de Enmiendas del Plan Seccional, a fin de concretar el proyecto del Cementerio Municipal en un lugar en que se prohíbe el uso de terreno para fines habitacionales, y modificar normas urbanísticas de carácter restrictivo a la ampliación de viviendas, con el objeto de mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Comuna;

  2. Que, en cumplimiento de lo anterior, el Asesor Urbanista de la Municipalidad ha elaborado una "Enmienda a la Ordenanza Local y Plano de Zonificación Alto Hospicio-Alto Molle-0496 PS1, denominado "Plan Seccional Alto Hospicio-Alto Molle", en el cual se ha ajustado al procedimiento establecido en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones;

  3. Que, en la 1ª Sesión Extraordinaria del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Alto Hospicio, celebrada con fecha 11 de Marzo de 2013, mediante Acuerdo N° 01/2013, se tuvo por informado y por consultada la opinión, de suyo favorable, al Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de Alto Hospicio, respecto de la propuesta de Enmienda al Plan Seccional de Alto Hospicio;

  4. Que, en la 8ª Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de Alto Hospicio, celebrada el 14 de Marzo de 2013, mediante Acuerdo N° 41/2013, el Concejo aprobó la Enmienda al Plan Seccional de Alto Hospicio relativo a: 1).- El traslado y/o localización de la actual ubicación del equipamiento vecinal Cementerio Municipal, en conformidad al N° 1 del inciso 2° del Artículo 45 de la L.G.U.C. y 2).-La modificación de disposiciones varias relativas a las condiciones de edificación y urbanización definidas en la Ordenanza Local del Plan Seccional en conformidad al artículo 45 inciso 2°, N° 3, del mismo cuerpo legal;

  5. Y, que, mediante Memorando N° 472/2013 de fecha 20 de Marzo de 2013, de la Secretaría Comunal de Planificación, se solicita a la Dirección Jurídica decretar a la brevedad la correspondiente Enmienda y gestionar su publicación en el Diario Oficial.

Decret...

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