Disposiciones generales - Sexta subdivisión. El contrato de seguro - Segunda parte. Relaciones contractuales estudiadas aisladamente - Libro Primero. Derechos que nacen de los contratos y de los actos ilícitos - Manual de derecho mercantil inglés - Libros y Revistas - VLEX 976721475

Disposiciones generales

AutorArthur Curti
Cargo del AutorDoctor en Derecho
Páginas255-257
255
Sexta subdivisión
EL CONTRATO DE SEGURO
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
III. stEPhEn: P. 204-209.—odgErs: P. 275-302.—jEnks: ss., 686-696.—
MAnEs AlFrEd, Versicherungslexikon, 2.ª edición, Berlín, 1924.
Assurance Companies Act, 1909 (A. C. A., 1909).—Marine Insurance Act,
1906 (M. 1. A., 1906).—Life Assurance Act, 1774 (L. A. A., 1774).
I. Concepto.—El contrato de seguro (contract of insurance) obliga al asegurador
(insurer), generalmente una Compañía de seguros, contra el abono de una o varias
primas, a pagar una indemnización al asegurado (insured) al ocurrir una pérdida
o un peligro determinados. Ordinariamente, el contrato se contiene en una póliza
(policy of insurance). El derecho a la entrega de la indemnización corresponde al ase-
gurado o a sus derechohabientes.
Los términos assurance e insurance se emplean como sinónimos, pero en
sentido estricto, el primero debía reservarse para el seguro sobre la vida,
aplicándose el segundo a los demás.
Elndelseguroeseldegarantizaralaseguradocontraunriesgoalqueseha-
llaría expuesto y que se pone a cargo del asegurador. Este distribuye el riesgo entre
los diferentes asegurados y compensa la pérdida experimentada con un seguro con
la ganancia que obtiene en los otros. Calcula la prima según la probabilidad de rea-
lización del daño, compensando de este, modo las posibilidades de su acaecimiento
con las de su no realización.
Así, en el seguro marítimo, los grandes buques-motores se consideran
como de buenas probabilidades, y como de mala los veleros a motor.
No solo hay seguros sobre la vida, contra el incendio y marítimos, sino tam-
bién contra otros riesgos: accidentes, responsabilidad, granizo, robos, pérdidas
especulativas, y además los seguros concernientes al ganado, los autos, cristales,
lluvia, etc., menos importantes sin embargo que los primeros.

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