Las diferencias conceptuales y prácticas entre el 'balanceo' de Ronald Dworkin y la 'ponderación' de Robert Alexy
Autor | José Peláez Mejía |
Cargo | Docente investigador y profesor asociado de la Universidad Libre de Colombia |
Páginas | 167-214 |
Trabajorecibidoel12dejuliode2017yaprobadoel8dejuniode2019
Las diferencias conceptuales y prácticas entre el “balanceo” de
Ronald Dworkin y la “ponderación” de Robert Alexy*43
THE CONCEPTUAL DIFFERENCES AND PRACTICES BETWEEN THE “BALANCING” BY
RONALD DWORKIN AND THE “WEIGHING” BY ROBERT ALEXY
JOSÉ MARÍA PELÁEZ MEJÍA**
RESUMEN
Con la presente investigación se pretende demostrar que el balancing test de Ronald Dworkin
y la ponderación de Robert Alexy son completamente diferentes tanto a nivel teórico como
en sus consecuencias prácticas, razón por la cual es importante diferenciarlos a pesar de
que, en Colombia, tanto la doctrina como la jurisprudencia constitucional los ha asimilado
equivocadamente.
PALABRAS CLAVE
Derecho constitucional, Dworkin, Alexy, balanceo, ponderación, proporcionalidad.
ABSTRACT
With the present investigation it is tried to demonstrate that the Balancing Test by Ronald Dworkin
and the Weighing Procedure by Robert Alexy are completely different at both theoretical and
at its practical consequences, this is why it is important to differenciate them even though, in
Colombia, both doctrine and case law have mistakenly assimilated them.
KEYWORDS
Constitutonal Law, Dworkin, Alexy, Balancing, Weighing, proportionality.
Introducción
La filosofía del derecho es sin lugar a dudas el punto meridiano a través del
cual es posible interpretar y comprender realmente la esencia de todo lo que se
* El presente artículo de investigación es el resultado de un proyecto financiado por el Centro Seccional
de Investigaciones de la Universidad Libre de Cúcuta denominado El paradigma interpretativo Dworkin-
Alexy en Colombia. Una lectura de sus diferencias a partir de la filosofía del derecho de Jürgen Habermas.
** Docente investigador y profesor asociado de la Universidad Libre de Colombia, Seccional Cúcuta.
Exdecano de su Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Especialista en el Combate del Crimen
Organizado, la Corrupción y el Terrorismo de la Universidad de Salamanca; magíster en Derecho Penal
de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre de Colombia, Sede Bogotá; magíster en Filosofía
del Derecho y Teoría Jurídica de la Facultad de Filosofía de la Universidad Libre de Colombia, Sede
Bogotá, y doctor Summa Cum Laude en Derecho de la misma universidad. Contacto: jmpmdeus@
gmail.com, josem.pelaezm@unilibre.edu.co
RevistaIusetPraxis,Año25,Nº3,2019,pp.167-222
ISSN0717-2877
UniversidaddeTalca-FacultaddeCienciasJurídicasySociales
Las diferencias conceptuales y prácticas entre el “balanceo” de
Ronald Dworkin y la “ponderación” de Robert Alexy
José María Peláez Mejía
167
RevistaIusetPraxis,Año25,Nº3
2019,pp.167-222
168
ARTÍCULOS DE INVESTIGACIÓN / RESEARCH ARTICLES JOSÉ MARÍA PELÁEZ MEJÍA
considera jurídico. En tal sentido, las perplejidades del Derecho1 solo pueden
aspirar a tener una respuesta en cuanto y en tanto se vean pensadas desde la “re-
flexión general y sistemática sobre lo que existe, lo que debe hacerse o es bueno, y
sobre cómo es posible el conocimiento acerca de estas dos cosas”2. Sin embargo,
no es suficiente con la simple reflexión de esa “experiencia normativa”3 en la que
vivimos, sino que se requiere además de la completa elucidación y clarificación
de las posturas planteadas por los filósofos y teóricos del derecho actuales y re-
motos, pues de lo contrario se desembocaría en una fundamentación caótica que
tan solo traería confusión y la incorrecta resolución de los problemas jurídicos.
Ante tal panorama, donde se hace necesario comprender las líneas teóricas
de los grandes filósofos del derecho para lograr entonces pragmatizar sus desa-
rrollos en respuestas a los problemas jurídicos más importantes de un Estado, se
ha decido iniciar la presente investigación en torno a uno de los debates actuales
másimportantesdelpensamientojurídico-losóco:eldenominadoparadigma
interpretativoDworkin-Alexy4, ya que su utilización en la doctrina y jurisprudencia
nacionales es una de las más recurrentes para la resolución y comprensión de los
fenómenoseinstitucionesnormativo-constitucionalesdenuestropaís.
Pese a ello, es verificable por parte de cada uno de los sectores que lo ha
aplicado el hecho de considerar como equiparables e incluso iguales las si-
guientes estructuras teóricas:
(i) La teoría de los principios de Ronald Dworkin y la de Robert Alexy.
(ii) La balancing theory (teoría del balanceo o sopesamiento) de los prin-
cipios de Ronald Dworkin y la teoría de la ponderación de los principios de
Robert Alexy.
(iii) El test de razonabilidad anglosajón (due process of law) –utilizado en
la doctrina de Dworkin – y el principio de proporcionalidad de Robert Alexy.
En ese orden de ideas, la mayoría de la doctrina nacional ha considerado que
la solución de los problemas normativos termina siendo la misma sin importar
el pensador jurídico al cual se acuda –Dworkin o Alexy– para sustentar la tesis
1 Verbigracia, la omnisciencia de lo jurídico en nuestra cotidianidad cubriéndonos con un velo
imaginario pero permanente y del cual jamás podemos desligarnos, o la imposibilidad de definición
del Derecho pese al hecho de que casi cualquier persona puede dar los más variados ejemplos de casos
que encuadran muy bien en lo que “es” el Derecho. Sobre estas perplejidades nos dice lo siguiente
Manuel Atienza: “En la ‘Crítica a la razón pura’, Kant ironizaba a propósito de los juristas que todavía
estaban buscando una definición del concepto de Derecho; hoy, un par de siglos después, no puede
decirse que la hayan encontrado. Por su parte, Flaubert, en su ‘Diccionario de los lugares comunes’,
definía ‘Derecho’ de esta original manera: ‘No se sabe qué es’”. ATIENZA(2011),p.9.
2 ALEXY(2008),p.36.
3 BOBBIO(2007),p.3.
4 Se toma esta denominación de MEJÍA(2016),pp.107-136.
Revista Ius et Praxis, Año 25, Nº 3
2019, pp. 167 - 214
169
LAS DIFERENCIAS CONCEPTUALES Y PRÁCTICAS ENTRE EL “BALANCEO” DE
RONALD DWORKIN Y LA “PONDERACIÓN” DE ROBERT ALEXY
de su decisión final. A pesar de ello, el escepticismo por aceptar como válida
esa tesis de equiparación y asimilación de sus pensamientos nos lleva a formular
una serie de interrogantes que requieren una respuesta clara: teniendo en cuen-
ta que Ronald Dworkin edifica su teoría desde una perspectiva deontológica,
mientras que Robert Alexy lo hace desde una perspectiva axiológica, ¿es posi-
ble considerar realmente sus teorías como analógicas o inclusive compatibles?
Si ello no fuera así, ¿qué consecuencias traería para el intérprete el aplicar a
losproblemasjurídico-constitucionaleslosfundamentosteórico-losócosde
cada uno de ellos? ¿Y, ante tal situación, ¿qué nivel de validez llegaría a tener
la argumentación de la jurisprudencia constitucional que basó el sustento de
sus premisas en la equiparación de las teorías jurídicas de Ronald Dworkin y
Robert Alexy si se demostrase que realmente las mismas constituyen posiciones
filosóficas opuestas e incompatibles?
No obstante, esa homogeneidad que en Colombia se le ha dado a dichas
estructuras doctrinales dista mucho de la heterogeneidad que desde un principio
se les ha visto a las mismas por parte de la filosofía del derecho alemana y en
especícoporautorestalescomoJürgenHabermas,paraquienesevidenteque
dichos filósofos del derecho no solo son diferentes, sino inclusive incompatibles5.
Todo este panorama de la mayor importancia trae implícito los siguientes
objetivos de investigación, necesarios para la clarificación de tales contradic-
ciones y nubosidades:
(i) Reconstruir el significado, la estructura y el alcance de la teoría de los
principios de Ronald Dworkin;
(ii) Reconstruir el significado, la estructura y el alcance de la teoría de los
principios de Robert Alexy;
(iii) Exponer la lectura que la doctrina nacional y la jurisprudencia consti-
tucionallehandadoalparadigmainterpretativoDworkin-Alexyalconsiderar
sus teorías como iguales, y
(iv) Demostrar las consecuencias prácticas de establecer dicha diferenciación.
A partir del desarrollo de tales metas de investigación se buscará saber cuá-
les son las diferencias estructurales, ideológicas y filosóficas de la teoría de los
principios de Robert Alexy y Ronald Dworkin, poniendo en evidencia cómo
en Colombia se ha llevado a cabo una lectura equivocada de dicho paradig-
ma interpretativo por parte de la “doctrina” y la “jurisprudencia” de la Corte
Constitucional colombiana.
5 Esta diferencia entre la teoría del balanceo de Ronald Dworkin y la teoría de la ponderación de
Robert Alexy ya había sido puesta de presente en Colombia, tímidamente, por GALINDO(2010),yde
forma explícita por MEJÍA(2012).
Revista Ius et Praxis, Año 25, Nº 3
2019, pp. 167 - 214
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba