Dictamen nº 33959 de Contraloría General de la República, de 8 de Junio de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 406761546

Dictamen nº 33959 de Contraloría General de la República, de 8 de Junio de 2012

N° 33.959 Fecha: 08-VI-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Oscar Corvalán Aracena, en representación de “Max Service S.A.”, solicitando un pronunciamiento respecto de la negativa de la Municipalidad de Quilicura a devolver a su representada, los valores correspondientes a derechos municipales cobrados por publicidad adosada a sus inmuebles, en propiedad privada, y relativa al nombre y giro de su establecimiento. La Municipalidad de Quilicura, requerida al efecto, informó que el aviso publicitario de la empresa recurrente se encuentra adosado a la edificación, pero este no da a conocer sólo el giro del establecimiento, sino que, además, se muestran elementos adicionales relativos a los productos que dicho establecimiento produce o comercializa en el mercado, por lo que a su entender, ha correspondido el cobro de los derechos de publicidad. Asimismo, agrega que en el lugar existen a lo menos 7 banderas que se encuentran instaladas en los postes del cierre perimetral de la empresa y que hacen alusión expresa a los productos fabricados o comercializados por esta. Sobre el particular, es dable señalar que el artículo 41, N° 5, del decreto ley N° 3.063, de 1979 -modificado por la ley N° 20.280-, dispone que las municipalidades están facultadas para cobrar derechos por los permisos que se otorgan para la instalación de publicidad en la vía pública, o que sea vista u oída desde la misma, en conformidad con la Ordenanza Local de Propaganda y Publicidad, cuyo valor se pagará anualmente según lo establecido en la respectiva ordenanza. En todo caso, agrega, los municipios no podrán cobrar por tales permisos, cuando se trate de publicidad que sólo dé a conocer el giro de un establecimiento y se encuentre adosada a la o las edificaciones donde se realiza la actividad propia del giro. Al respecto, según lo ha manifestado este Organismo de Control, entre otros, mediante el dictamen N° 13.341, de 2011, de la normativa legal transcrita aparece que desde el 4 de julio de 2008 -fecha de publicación en el Diario Oficial de la aludida ley N° 20.280-, únicamente se exceptúa del pago de derechos por el permiso respectivo a aquella publicidad que sólo dé a conocer el giro del establecimiento de que se trata y que, además, se encuentre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR