Dictamen nº 25627 de Contraloría General de la República, de 24 de Septiembre de 1987 - Doctrina Administrativa - VLEX 239909446

Dictamen nº 25627 de Contraloría General de la República, de 24 de Septiembre de 1987

en razon de que conforme dto 479/87 hacie, el servicio de tesorerias pondra recursos a disposicion de los tribunales electorales regionales, creados por ley 18593, en cuotas periodicas acorde programas de caja, con cargo al item/50/01/03/25/33/004 "provision para financiamientos comprometidos" de la partida tesoro publico, tales fondos deben ser depositados en una cuenta corriente subsidiaria de la cuenta unica fiscal, para cuya apertura se requerira la autorizacion previa de esta contraloria en los terminos referidos en ley 10336 art/54. asimismo, de la inversion de dichos recursos debera rendirse cuenta conforme directrices que en estas materias se contienen en oficio 70490/76 de esta entidad. en lo relativo al aspecto contable, los tribunales electorales regionales deberan...

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