Dictamen nº 36303 de Contraloría General de la República, de 17 de Septiembre de 2002 - Doctrina Administrativa - VLEX 239900346

Dictamen nº 36303 de Contraloría General de la República, de 17 de Septiembre de 2002

N° 36.303 Fecha: 17-IX-2002

Ex docente de la Escuela D-146, dependiente de la Municipalidad de Talca, pensionada desde 1987 en el régimen de la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, solicita a esta Contraloría General un pronunciamiento que determine su derecho a reliquidar la jubilación de que es titular considerando al efecto las horas de clases paralelas que sirviera entre el 7 de abril de 1969 al 31 de agosto de 1978.

Sobre el problema planteado, cabe advertir que, de los antecedentes tenidos a la vista, en especial los que obran en poder de este Organismo Contralor, a la luz de las normas legales pertinentes, resulta evidente la improcedencia del reclamo formulado por la interesada.

Esto, por cuanto el inciso primero del artículo 123 del DFL N° 338, de 1960, aplicable en la especie, establecía que las pensiones de jubilación son revisables en los casos en que se comprobaren diferencias en la computación de los años de imposiciones o en los sueldos considerados para determinar la pensión y también cuando existiere cualquier otro error de cálculo o de hecho en la liquidación. Agrega el inciso tercero de la norma en comento que la revisión procederá solamente dentro del término de tres años contados desde la fecha del decreto o resolución que haya concedido la pensión, lapso del todo vencido respecto de la ocurrente, quien obtuvo jubilación a contar del 1 de marzo de 1987, según consta del decreto N° 1929, de ese mismo año, de la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas

Sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado de conveniencia hacer presente a la peticionaria que su situación se encuentra regulada por las disposiciones del Decreto Ley N° 2.327, de 1978, sobre Carrera Docente, en cuya virtud a partir del 1 de septiembre de ese año se refundieron en un solo cargo el empleo y las horas paralelas que a ese entonces se estuvieren desempeñando.

Cabe agregar que, como consecuencia del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR