Derecho de Dominio y Ordenamiento Territorial: ¿Nuevos Paradigmas desde el Derecho Ambiental? - Núm. 3, Septiembre 2011 - Justicia Ambiental. Revista de Derecho Ambiental de la ONG FIMA - Libros y Revistas - VLEX 648391941

Derecho de Dominio y Ordenamiento Territorial: ¿Nuevos Paradigmas desde el Derecho Ambiental?

AutorÁlvaro Fuentealba Hernández
CargoAbogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, y Magíster en Derecho de la Universidad de Chile
Páginas183-191
RevistadeDerechoAmbiental•AñoIII-183
JUSTICIA AMBIENTAL
DERECHO DE DOMINIO Y
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
¿NUEVOS PARADIGMAS DESDE EL DERECHO AMBIENTAL?
Álvaro Fuentealba Hernández*
Comentario de jurisprudencia. Sentencia pronunciada por la Excelentísima Corte Suprema en
autos Rol N° 4668-2010, sobre acción constitucional de protección: alteraciones al medio ambiente
por Planta Faenadora de Cerdos en la Región de Valparaíso, de propiedad de Expo Pork Meat
Chile S.A., en el Valle de Casablanca.
I. INTRODUCCIÓN
Una de las constataciones que cualquier jurista atento debe hacer al observar
la realidad jurídica en el mundo, es que tratándose de materias ambientales, las
categoríastradicionalesdeladogmáticano sonsuficientesparadarrespuestaa las
interrogantes que plantea a los órganos decisorios en materia de grandes proyectos
deinversiónelproblemade“vivirenunmedioambientelibredecontaminación”.1
Me refiero en específico al conocimiento dogmático que rodea el derecho de
propiedad. La concepción de la propiedad, que a lo menos desde el Digesto en
adelante hemos aprendido en las escuelas de derecho de tradición jurídica romano
canónica,haimplicadomásdemilañosdeentenderestederechocomojustificación
para“usar ydisponerde lacosa arbitrariamente”.Las limitacionesa esteejercicio
arbitrario,queentodocasoestáreferidoalrazonable arbitrio, como los humanistas
clásicos y los neopandectistas del siglo XIX nos aclararon posteriormente, son
altamente difusas y casi ni se enseñaban: se puede usar la cosa arbitrariamente,
nosiendocontralaleyocontra elderechoajeno.Talesasertosaparecencomouna
obviedadirrelevantedeprovocarreflexión.
La economía neoclásica y el materialismo histórico desplegaron su campo de batalla
entornoalapropiedadrománica.Eltriunfodel“sacrosantoderechodepropiedad”,
comolo llamaronlosrevolucionarios franceses,parecióimponerse definitivamente
con la caída de los socialismos reales.
En nuestro medio, tímidamente planteado en la Constitución, se alza otro límite, que
hasidoescasamenteinvocado:lafunciónsocialdelapropiedad.Enefecto,elinciso
segundodelnúmerovigésimocuartodelartículo19delaCartaPolíticaseñala:
Abogado,Licenciadoen CienciasJurídicas ySociales, yMagísteren Derechode laUniversidadde Chile.Profesor del
Departamentode Cienciasdel Derechoy Directorde laEscuela deDerecho dela Universidadde Chile.Fue Jefe de
GabinetedelaMinistradeMedioAmbiente,entre2006y2010.
BrañesBallesteros,Raúl.El DerechoparaelDesarrollo SostenibleenlaAmérica LatinadeNuestrosDías. EnRevistade
DerechoAmbiental,CentrodeDerechoAmbiental.FacultaddeDerechoUniversidaddeChile,AñoII,N°2,marzo2006,
p.22.
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