Derecho del Consumo - Núm. 23, Diciembre 2014 - Revista Chilena de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 651618693

Derecho del Consumo

AutorRodrigo Momberg Uribe
CargoOxford University
Páginas419-423
Comentarios de jurisprudencia
419
Derecho De cons umoDiciembr e 2014
Acción de interé s colectivo,
ámbito de AplicAción de lA ley
19.496 y régimen de multAs
comentArio de sentenciA de fechA 23
de julio de 2014, rol nº 9025-2013,
primerA sAlA de lA co rte supremA
1.- Antecedentes de l cAso
A la fecha, son escasas las sentencias de
término en juicios sobre protección del
interés colectivo o difuso de los consu-
midores1. Resulta por ello interesante
analizar la dictada con fecha 23 de julio
por la Corte Suprema (rol 9025-2013).
Los hechos son los siguientes. Se
interpuso por el SERNAC una deman-
da sobre protección del interés difuso o
colectivo de los consumidores en con-
tra de Aguas del Altiplano S.A., basada
en la interrupción del servicio de sumi-
nistro y distribución de agua potable
en la ciudad de Iquique entre los días
7 y 12 de junio de 2011, que afectó a
31.705 de sus clientes. Se acreditó en
la causa que la referida interrupción se
produjo por la rotura de un interrup-
1 La primera, y más destacada, es la dictada
en el denominado caso CENCOS UD, Primera
Sala de la Corte Suprema, 24 de abril de 2013,
rol 12.355-11.
d
erecho
del
c
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Rodrigo Momberg Uribe
Oxford University
tor de servicio que recoge las aguas
servidas de alrededor del 40% de los
clientes de la ciudad de Iquique. Dicha
rotura fue producto de la ejecución de
una obra encomendada y supervisada
por Aguas del Altiplano S.A.
La sentencia de primera instancia
desechó la demanda, tanto en su aspec-
to infraccional como civil. La Corte de
Apelaciones de Iquique revocó dicho
fallo, acogiendo con costas la deman-
da, imponiendo multas de 50, 50 y 300
UTM por infracción a los arts. 3, 23
y 25 de la LPC respectivamente, por
cada uno de los usuarios reclamantes;
además de acoger la acción civil de
indemnización de perjuicios.
Tanto la empresa demandada co-
mo el SERNAC recurrieron de casa-
ción ante la Corte Suprema, instancia
en la cual se produjo una conciliación
en lo relativo a la acción civil de indem -
nización de perjuicios. En el mismo
acto, las partes limitaron las alega-
ciones contenidas en los recursos de
casación interpuestos, exclusivamente
a los aspectos infraccionales del juicio,
cuestiones que se examinarán a con-
tinuación.
Revista Chilena de Derecho Privado, Nº 23, pp. 419-423 [diciembre 2014]

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