Decreto 345 - MODIFICA DECRETOS NºS 95 Y 454, DE 1998, QUE OTORGO Y MODIFICO RESPECTIVAMENTE CONCESION DEFINITIVA DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL A GASODUCTO NOR ANDINO S.A., EN LA FORMA QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243688422

Decreto 345 - MODIFICA DECRETOS NºS 95 Y 454, DE 1998, QUE OTORGO Y MODIFICO RESPECTIVAMENTE CONCESION DEFINITIVA DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL A GASODUCTO NOR ANDINO S.A., EN LA FORMA QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETOS Nºs 95 Y 454, DE 1998, QUE OTORGO Y MODIFICO RESPECTIVAMENTE CONCESION DEFINITIVA DE TRANSPORTE DE GAS NATURAL A GASODUCTO NOR ANDINO S.A., EN LA FORMA QUE INDICA

Núm. 345.- Santiago, 6 de julio de 2000.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 323, de 1931, del Ministerio de Interior; en el decreto supremo Nº 263, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, ''Reglamento sobre Concesiones Provisionales y Definitivas para la Distribución y el Transporte de Gas''; en el Acuerdo de Complementación Económica Nº 16, suscrito entre los gobiernos de las Repúblicas de Chile y Argentina, con fecha 2 de agosto de 1991; en el Protocolo Sustitutivo del Protocolo Nº 2, promulgado a través del decreto supremo Nº 1.183, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del cual se establecen las normas que regulan la interconexión gasífera y el suministro de gas natural entre ambos países; en el decreto supremo Nº 254, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, ''Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas Natural''; en el oficio Nº 703, de 2000, de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado; en los oficios Nºs 3.669 y 3.670, ambos de 2000, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; y en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República;

D e c r e t o:

Artículo primero

Modifícanse los decretos supremos Nº 95 y Nº 454 de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que otorgó y modificó respectivamente a Gasoducto Nor Andino S.A., RUT Nº 78.974.730-K, la concesión definitiva para establecer, operar y explotar el servicio público de transporte de gas natural a través de la ruta Paso de Jama-Tocopilla, Mejillones y Coloso, en la Segunda Región, en los términos que se indican a continuación:

  1. - Modifícase la ubicación de los puntos de destino establecidos en el artículo segundo letra a), sub-letra b) número 2) del decreto supremo Nº 95, de 1998, del Ministerio de Economía y en el artículo cuarto letra b) punto de destino de la modificación denominado CE-CC del decreto supremo Nº 454, de 1998, del Ministerio de Economía, por los que se establecen a continuación:

    - Mejillones, coordenadas UTM 7.446.352,55 metros Norte y 355.980,66 metros Este, comuna de Mejillones, provincia de Antofagasta, II Región.

    - Coloso, coordenadas UTM 7.370.159,39 metros Norte y 349.118,52 metros Este, comuna y provincia de Antofagasta, II Región.

    Nota: Datum Provisorio Sudamericano 1956.

  2. - Producto de variaciones en la construcción de las obras y los afinamientos debido al microrruteo, se modifica la ruta concesionada en los decretos supremos Nº 95 y 454, de 1998, de Economía, Fomento y Reconstrucción, en los sectores señalados en la letra a), y se modifican los puntos de cruce con Gasoducto Atacama Ltda., indicados originalmente en el artículo séptimo, número uno, del decreto supremo Nº 95, de 1998, de Economía, como se describe en la letra b). Dichas modificaciones son las siguientes:

    1. Sectores modificados respecto a lo señalado en los decretos supremos Nºs 95 y 454, de 1998, de Economía.

      Sectores ''La Pacana'', ''Barros Arana'', ''Calama'', ''San Pedro de Atacama'', ''Coloso'' y ''Mejillones'', provincia de Antofagasta, II Región de Antofagasta.

      Nota: Los cambios se indican en detalle en los planos indicados en el artículo cuarto.

    2. Puntos de cruce con Gasoducto Atacama Ltda. modificados respecto al decreto supremo Nº 95, de 1998, de Economía.

      Se eliminan las coordenadas de los nueve cruces...

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