Decreto 1541 - MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL DE DERECHOS MUNICIPALES - MUNICIPALIDAD DE OLIVAR - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 238955314

Decreto 1541 - MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL DE DERECHOS MUNICIPALES

EmisorMUNICIPALIDAD DE OLIVAR
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL DE DERECHOS MUNICIPALES

Olivar, 10 de diciembre de 2009.- Con esta fecha la alcaldía decretó lo siguiente:

Núm. 1.541.- Considerando:

  1. La Ordenanza Municipal de Derechos Municipales, aprobada por resolución de fecha 17 de enero de 1997 y modificada por decreto alcaldicio Nº 091, del 23 de enero de 2003.

  2. Que en la Tercera Sesión Ordinaria de diciembre, efectuada el 10 de diciembre de 2009, la señora Alcaldesa de Olivar propuso al Concejo Municipal una modificación a la citada Ordenanza de Derechos Municipales, aprobándose esta modificación por amplia mayoría.

    Vistos:

  3. La Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, especialmente en sus artículos 63 letras e) e i); 65 letra c), y 79 letra b).

  4. El decreto ley 3.063, de 1979, Ley de Rentas Municipales, especialmente en su artículo 24.

    Decreto:

    Modifícase la Ordenanza Municipal de Derechos Municipales, de esta comuna, en el siguiente sentido:

    1. Agréguese, después del actual artículo 25, lo siguiente:

    Derechos artículo 24 del decreto ley 3.063, de 1979

Artículo 26

Derechos municipales contemplados en el artículo 24 del decreto ley 3.063. El valor por doce meses de la patente será el equivalente al dos y medio por mil del capital propio de cada contribuyente, la que no podrá ser inferior a una unidad tributaria mensual ni superior a ocho mil unidades tributarias mensuales. Esta tasa es única para todo el territorio comunal.

  1. El artículo 26 de la Ordenanza hasta hoy vigente, pasa a ser el nuevo artículo 27.

Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- María Estrella Montero Carrasco, Alcaldesa.- Jorge Mira...

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