Decreto número 85, de 2024.- Dicta normas de excepción que indica para las provincias de Marga Marga y Valparaíso, de la Región de Valparaíso, declaradas como zonas afectadas por catástrofe
Número de registro | CVE-2462793 |
Fecha de publicación | 05 Marzo 2024 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Número de Gaceta | 43.793 |
CVE 2462793 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.793 | Martes 5 de Marzo de 2024 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2462793
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría del Interior
DICTA NORMAS DE EXCEPCIÓN QUE INDICA PARA LAS PROVINCIAS DE
MARGA MARGA Y VALPARAÍSO, DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO,
DECLARADAS COMO ZONAS AFECTADAS POR CATÁSTROFE
Núm. 85.- Santiago, 5 de febrero de 2024.
Vistos:
texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el decreto Nº 100, de 2005, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de
Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado fue fijado mediante el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, del 2000, del
Ministerio Secretaría General de Presidencia; en el decreto supremo Nº 104, de 1977, del
entonces Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado sistematizado del Título I
de la ley Nº 16.282, sobre Disposiciones Permanentes para Casos de Sismos o Catástrofes y sus
modificaciones; en el decreto con fuerza de ley Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras
Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, de 1964, y
del decreto con fuerza de ley Nº 206, de 1960, del mismo Ministerio; en el decreto con fuerza de
ley Nº 1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, que fija el texto del Código de Aguas; en el
decreto con fuerza de ley Nº 1.123, de 1981, del Ministerio de Justicia, que Establece Normas
sobre Ejecución de Obras de Riego por el Estado; en la ley Nº 20.998, que regula los Servicios
Sanitarios Rurales; en la ley Nº 21.640, de Presupuestos del Sector Público para el año 2024; en
el decreto supremo Nº 83, de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara
estado de excepción constitucional de catástrofe en las provincias de Marga Marga y Valparaíso,
en la Región de Valparaíso; en el decreto supremo Nº 84, de 2024, del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, que declara como zonas afectadas por catástrofe a las provincias de Marga
Marga y Valparaíso, de la Región de Valparaíso; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de
Razón.
Considerando:
1º Que, como es de público conocimiento, a partir del 2 de febrero de 2024, las provincias
de Marga Marga y Valparaíso, de la Región de Valparaíso, se han visto afectadas por diversos
incendios forestales, denominados "Lo Moscoso", "Complejo Las Tablas - Reserva Lago
Peñuelas" y "Tranque La Luz 3", los que, en conjunto, han siniestrado más de 14 mil hectáreas,
provocando el sensible fallecimiento de personas, la afectación de infraestructura y de zonas
residenciales, requiriéndose, por ello, la evacuación preventiva de los habitantes del sector, con
la finalidad de proteger su integridad física.
2º Que, en atención a la peligrosidad y comportamiento extremo del fuego; al riesgo de
propagación a sectores colindantes; a la cantidad de personas afectadas; a la conformación
geográfica de las zonas y a las condiciones climáticas adversas, se ha configurado una calamidad
pública en los términos establecidos en el artículo 41 de nuestra Carta Fundamental, lo que
motivó la declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe en las provincias de
Marga Marga y Valparaíso, en la Región de Valparaíso, a través del decreto supremo Nº 83, de
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba