Decreto núm. 9, publicado el 24 de Enero de 2022. DISPONE APERTURA TEMPORAL DE LUGAR HABILITADO PARA EL TRÁNSITO DE PERSONAS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Decreto |
DISPONE APERTURA TEMPORAL DE LUGAR HABILITADO PARA EL TRÁNSITO DE PERSONAS QUE INDICA
Núm. 9.- Santiago, 14 de enero de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile, especialmente en sus artículos 1º y 19 Nº 7, letra a), y Nº 9; en la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en los artículos 3º y 15 Nº 5, del decreto ley Nº 1.094, de 1975, que establece normas sobre extranjeros en Chile; en el decreto supremo Nº 597, de 1984, del Ministerio del Interior, que aprueba el Reglamento de Extranjería; en el artículo 57 del decreto con fuerza de ley Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, que aprueba el Código Sanitario; en el Reglamento Sanitario Internacional, promulgado a través del decreto supremo Nº 230, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el decreto supremo Nº 263, de 1986, del Ministerio de Salud Pública, que aprueba Reglamento de Sanidad Marítima, Aérea y de las Fronteras; en el decreto supremo Nº 369, de 2017, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba Reglamento para el transporte aéreo de personas con discapacidad, con movilidad reducida, orgánicamente descompensadas, agónicas o inconscientes; en el decreto supremo Nº 172, de 1977, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que sustituye texto del Reglamento Consular; en el decreto Nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria por el periodo que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), modificado por los decretos Nos 1, 24, 39 y 52, de 2021, del Ministerio de Salud, que prorrogan su vigencia; en el decreto supremo Nº 295, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el decreto supremo Nº 320, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que modifica el decreto supremo Nº 295, de 2021, y extiende su vigencia; en la resolución exenta Nº 994, de 2021, del Ministerio de Salud, que establece cuarto plan "Paso a Paso" y sus modificaciones; en la resolución exenta Nº 672, de 2021, del Ministerio de Salud, que establece Plan "Fronteras Protegidas" y sus modificaciones; ley Nº 19.712, del Deporte; y en la resolución Nº 7, de 2019...
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