Decreto núm. 6, publicado el 20 de Marzo de 2023. DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL SITIO DE MEMORIA EXCENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN Y TORTURA NIDO 18 - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 927365930

Decreto núm. 6, publicado el 20 de Marzo de 2023. DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL SITIO DE MEMORIA EXCENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN Y TORTURA NIDO 18

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyDecreto

DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL SITIO DE MEMORIA EXCENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN Y TORTURA NIDO 18

Núm. 6.- Santiago, 26 de enero de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 25 de la ley N° 21.045, que Crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; la ley N° 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes N° 16.617 y N° 16.719, deroga el decreto ley N° 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo N° 11, de 2018, que modifica el decreto supremo N° 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el acta de sesión ordinaria de fecha 11 de mayo de 2022 del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria.

Considerando:

  1. Que, mediante carta de fecha 20.10.2017, la Sra. María Inés Salgado Sepúlveda, Presidenta de la Corporación Derechos Iguales solicitó la protección del Sitio de Memoria, a través de su declaratoria como Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico.

  2. Que, el inmueble se ubica en Av. Perú N° 9053, comuna de La Florida; es de propiedad fiscal y se encuentra entregado en comodato a la Corporación Derechos Iguales por resolución exenta N° 11.087 del 31.12.2015. El uso original del inmueble era habitacional y posteriormente fue utilizado como centro clandestino de detención, tortura y desaparición forzada por el Comando Conjunto. En la actualidad está destinado a programas para niños, niñas y adolescentes que viven vulneraciones a sus derechos.

  3. Que, el inmueble se emplaza en la Zona U - Vev 3 del PRC de la comuna de La Florida, correspondiente a un sector cuyo uso de suelo está definido como de vivienda y equipamiento vecinal. El recinto tiene una superficie de 1.000 m2 e incluye una casa prefabricada de construcción reciente, 4 habitaciones, un patio y un garaje moderno.

  4. Que, en el año 1972 el inmueble era utilizado como casa del Sr. Humberto Sotomayor, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR), hasta su allanamiento en noviembre de 1974 y ocupación por el Estado por decreto exento N° 77. En 1975 fue donado por el Sr. Gabriel Criado Lillo al Fondo de Solidaridad Nacional por decreto ley N° 1.080, y en 1978 fue inscrito a favor del Fisco, constando en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago.

  5. Que, el llamado Comando...

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