Decreto núm. 559 EXENTO, publicado el 07 de Septiembre de 2023. APRUÉBASE LA 'MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANCAGUA, PLAN SECCIONAL Nº 21. EXP: 5668/2023' - MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 942526724

Decreto núm. 559 EXENTO, publicado el 07 de Septiembre de 2023. APRUÉBASE LA 'MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANCAGUA, PLAN SECCIONAL Nº 21. EXP: 5668/2023'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE RANCAGUA
Rango de LeyDecreto

APRUÉBASE LA "MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANCAGUA, PLAN SECCIONAL Nº 21. EXP: 5668/2023"

Núm. 559 exento.- Rancagua, 11 de agosto de 2023.

Considerando:

  1. Que, es necesario realizar una Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, que tiene como objetivo actualizar la Ordenanza Local y el Plano, específicamente en lo que dice relación con los siguientes aspectos:

    . Contribuir al diseño de una ciudad a escala humana mejorando la conectividad y accesibilidad.

    . Distribuir de manera estratégica equipamientos y áreas verdes como soporte del uso residencial, generando SubCentros.

    . Valoración de canales de regadío como elemento ambiental.

    . Normar una densificación equilibrada y estratégica fomentando el desarrollo en la periferia urbana.

  2. Que, el Asesor Urbanista, adscrito a la Dirección de Secretaria de Planificación Comunal, en cumplimiento de sus funciones, establecidas en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, tramitó la presente Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, en relación con las materias señaladas en el Considerando número uno anterior, bajo las instancias de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza, y que para estos efectos, se ha denominado como: "Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional Nº 21.

  3. Que, mediante decreto exento Nº 4.123, de fecha 30 de septiembre de 2016, se reinició el proceso "Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional Nº 21, invitando a una Participación Ciudadana que sirvió de base para la elaboración de su Imagen Objetivo.

  4. Que, la participación ciudadana fue realizada en 2 instancias, la primera fue una participación ciudadana temprana durante los años 2016 y 2017, cuyo objetivo fue generar un diagnóstico de la imagen objetivo, y la segunda instancia fue mediante el desarrollo de la Evaluación Ambiental Estratégica, a la modificación Nº 21 al Plan Regulador Comunal, la cual fue realizada mediante consulta ciudadana del año 2019 y además, en ciclos online de conversatorios.

  5. Que, posteriormente, se dio inicio al procedimiento de la Evaluación Ambiental Estratégica de la Modificación, mediante el Ordinario de Alcaldía Nº 3.015, del 11 de junio de 2018, dirigida a la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, dando cumplimiento al artículo 14 del Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica.

  6. Que, mediante Ordinario Nº 196, de fecha 18 de junio de 2018, la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, informa acerca del procedimiento de la Evaluación Ambiental Estratégica, concluyendo que contenía todos los literales señalados en el artículo 14 del mencionado Reglamento, siendo estas dos últimas instancias administrativas las que definen el inicio formal del procedimiento de la modificación Nº 21 del Plan Regulador Comunal de Rancagua.

  7. Que, la Ley Nº 21.078, "Sobre transparencia del mercado del suelo e impuesto al aumento de valor por ampliación del límite urbano", el 16 de agosto de 2018, estableció un paso previo a la elaboración de los anteproyectos de planes reguladores, la definición y aprobación de una Imagen Objetivo por parte de la Comunidad. Dado que esta nueva etapa incorporada al proceso de modificación de seccional al Plan Regulador Comunal permitía adelantar las instancias de participación ciudadana y establecer junto a la comunidad, cuáles serían los principales cambios a realizar al Plan vigente. El municipio optó por desarrollar una Imagen Objetivo de todas formas. Debido a que la modificación del seccional del PRC contempló modificaciones sustanciales, según lo establecido en el decreto supremo Nº 32 de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, el estudio se ha sometido a un proceso de Evaluación Ambiental Estratégica con la participación de organizaciones locales y Órganos de la Administración del Estado, vinculados a las materias de planificación territorial de la comuna.

    El 1 de agosto de 2019, por medio de Ordinario Nº 1348, de la Municipalidad de Rancagua, se aprueba "Imagen Objetivo" del Plan Seccional Nº 21 del Plan Regulador Comunal de Rancagua.

  8. Que, con fecha 11 de abril de 2023, mediante Ordinario Nº 104, la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, informa que, el "Plan Seccional Nº 21 del Plan Regulador Comunal, Rancagua", ha aplicado adecuadamente la Evaluación Ambiental Estratégica.

  9. Que, con fecha 18 de abril al 31 de mayo de 2023, se expone a la ciudadanía el citado Anteproyecto, a fin de recabar Observaciones al Informe Ambiental presentado por el Municipio de Rancagua.

  10. Que, con fecha 28 de junio de 2023, de la Ilustre Municipalidad de Rancagua remite Resolución de término del proceso Evaluación Ambiental Estratégica del "Plan Seccional Nº 21 al Plan Regulador Comunal, Rancagua", decreto exento 00129, de fecha 27 del 06 de 2023.

  11. Que, con fecha 18 de julio 2023, mediante Ordinario Nº 218, la Secretaria Regional Ministerial de Medio Ambiente, de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, Toma Conocimiento de la Resolución de Término proceso Evaluación Ambiental Estratégica del plan Seccional Nº 21 del Plan Regulador Comunal de Rancagua.

  12. Que, cumplido este Proceso, se da inicio al Artículo 2.1.11., de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, que informa a la Comunidad que se da inicio al período de Participación Ciudadana y Consulta Pública, donde se podrán formular observaciones fundadas al "Plan Seccional Nº 21 del Plan Regulador Comunal Rancagua", dentro de un plazo de 30 días, a partir del jueves 8 de junio de 2023, hasta el 13 de julio de 2023. Esta información se expuso acorde a la normativa de manera física y online el contenido del Plan Seccional Modificación Nº 21 al Plan Regulador Comunal Rancagua. La documentación conforme a la Legislación Vigente fue entregada gratuitamente a las Organizaciones Territoriales.

  13. Que, con fecha 14 de julio de 2023, en el Auditorio Municipal de Rancagua, se efectúa la Consulta Pública de Término, otorgando un plazo de 15 días para nuevas consultas u observaciones, plazo que terminó el 29 de julio del presente año, en página web y el lunes 31 de julio para consultas presenciales por oficina de Partes.

  14. Posterior al plazo de 15 días anteriormente señalados, y no mayor a un plazo de 30 días, el Alcalde y el Honorable Concejo Municipal, toman conocimiento de las observaciones recibidas y emiten respuestas, lo cual se hace efectivo en Sesión Ordinaria Nº 129, de carácter urgente, fecha 04 de agosto de 2023.

    Vistos:

    Las facultades que me confieren la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, el Reglamento Interno de Funcionamiento de Honorable Concejo Municipal de Rancagua, lo establecido en el DL Nº 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones y su respectiva Ordenanza General, lo dispuesto por la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y sus modificaciones posteriores, lo señalado en el Plan Regulador Comunal de Rancagua y su respectiva Ordenanza Local y Plano Oficial, y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República,

    Decreto:

    1. Apruébase la "Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional Nº 21, en conformidad a lo dispuesto en el "Plano Oficial" y el "Texto Modificatorio de la Ordenanza Local", aprobado en Sesión Ordinaria del Concejo Municipal Nº 129, de carácter urgente, de fecha 04 de agosto de 2023, documentos que pasan a formar parte integrante del mismo.

    2. Incorpórese como parte la aprobación de este Instrumento el Informe Ambiental, de la Evaluación Ambiental Estratégica, que forma parte íntegra del proyecto del Plan Seccional Nº 21 del Plan Regulador Comunal de Rancagua.

    3. Promúlguese, mediante publicación en el Diario Oficial, por la Dirección de Relaciones Públicas y Comunicaciones, el texto íntegro del presente decreto, y el documento denominado: Texto Modificatorio / "Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional Nº 21, que modifica, en lo que indica, la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal vigente y el Plano Oficial del Plan Regulador Comunal de Rancagua.

    4. Inscríbase por la Dirección de Asesoría Jurídica, en el Registro correspondiente del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, el presente Decreto, el Plano Oficial y el Texto Modificatorio de la Ordenanza Local, correspondiente a la "Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional Nº 21".

    5. Remítase por parte del Asesor Urbanista, copia impresa en original, para su correspondiente archivo, del Plano Oficial y el Texto Modificatorio de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal, que componen la "Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua, Plan Seccional Nº 21, a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo VI Región, a la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a la Dirección de Obras Municipales y a la Dirección de Secretaria de Planificación Comunal.

    Anótese, notifíquese, publíquese, comuníquese y archívese.- Juan Ramón Godoy Muñoz, Alcalde.- Carlos Alfredo Morales Lara, Secretario Municipal.

    TEXTO MODIFICATORIO

    MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE RANCAGUA TRAMITACIÓN Nº 21

    "DECLARACIÓN DE UNA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL A ESCALA HUMANA QUE BUSCA GENERAR UNACOBERTURA Y DISTRIBUCIÓN EQUITATIVA DEL TERRITORIO Y ESTRATÉGICA EN LA PERIFERIA URBANA RESILIENTE AL CAMBIO CLIMÁTICO"

    La presente Modificación al Plan Regulador Comunal de Rancagua Nº 21 tiene como objetivo mantener una ciudad compacta (mantener el límite urbano focalizado para la preservación del valor del entorno medioambiental, paisajístico y productivo de la comuna) integrando la periferia fortaleciendo el desarrollo urbano integrando SubCentros, corredores comerciales y corredor urbano, que busca lograr una ciudad policéntrica articulada, que promueve el fortalecimiento del comercio local, de manera tal que se acerquen el comercio y los servicios a las...

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