Decreto núm. 4344 EXENTO, publicado el 09 de Junio de 2023. PROMULGA EL PLAN COMUNAL DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO DE OSORNO - MUNICIPALIDAD DE OSORNO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 934159650

Decreto núm. 4344 EXENTO, publicado el 09 de Junio de 2023. PROMULGA EL PLAN COMUNAL DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO DE OSORNO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE OSORNO
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL PLAN COMUNAL DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO DE OSORNO

Núm. 4.344 exento.- Osorno, 12 de mayo de 2023.

Vistos:

La ley 20.958 publicada en el Diario Oficial el 15.10.2016, que establece un sistema de aportes al espacio público; las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y sus modificaciones; lo dispuesto en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo dispuesto en el Título V del DFL N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo: Ley General de Urbanismo y Construcciones y del Título 2 el Capítulo 8 del DS N° 47: Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Teniendo presente:

El Plan Regulador Comunal de Osorno, aprobado por Res. N° 01 del 14 de febrero de 1992, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Décima Región, publicado en Diario Oficial de 3 de abril de 1992, y sus modificaciones.

La ley 20.958 que modificó el decreto con fuerza de Ley N° 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

El artículo 175 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en que los proyectos que conlleven crecimiento urbano por densificación, deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70 de la misma ley, directamente, o a través de un aporte equivalente al avalúo fiscal del porcentaje de terreno a ceder a la municipalidad respectiva.

El artículo 176 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el cual establece que cada municipio elaborará un plan comunal de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público, que contendrá una cartera de proyectos, obras y medidas incluidas en los instrumentos de planificación territorial existentes o asociadas a estos debidamente priorizadas, para mejorar sus condiciones de conectividad, accesibilidad, operación y movilidad, así como la calidad de sus espacios públicos y la cohesión social y sustentabilidad urbana.

La Dirección de Administración y Finanzas, de fecha 30.11.2020 informa vía mail a la Dirección de Obras la creación de la cuenta de la ley N° 20.958 Aportes al Espacio Público.

El decreto N° 5.059, de fecha 19 de julio de 2021, el cual adjudica propuesta pública Secplan N° 40/2021 "Elaboración Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR