Decreto núm. 3809, publicado el 06 de Enero de 2024. PROMULGA PLAN DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO COMUNA DE LA GRANJA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LA GRANJA |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA PLAN DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO COMUNA DE LA GRANJA
Núm. 3.809/700912.- La Granja, 27 de diciembre de 2023.
Vistos:
La Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº 18.575; la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695; la ley Nº 20.958 publicada en el Diario Oficial el 15.10.2016, que establece un sistema de aportes al espacio público; lo dispuesto en el Título V del DFL Nº 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo: Ley General de Urbanismo y Construcciones; y lo dispuesto en el Título 2, capítulo 8, del DS Nº 47, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Y, vistos, además, las facultades que me confieren los artículos Nºs 63º y 65 de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su texto refundido por el DFL Nº 1 del Ministerio del Interior de fecha 9 de mayo de 2006, en armonía con lo dispuesto en los artículos Nºs 21º y 79º de dicho texto legal.
Considerando:
Que, la ley Nº 20.958 estableció un Sistema de Aportes al Espacio Público, incorporando en el decreto con fuerza de ley Nº 458, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, un título denominado "De las Mitigaciones y Aportes al Espacio Público", en el que se establecen las obligaciones que nacen a propósito del impacto que genera el desarrollo de proyectos inmobiliarios en la ciudad, contribuyendo a mejorar los espacios públicos de manera universal, proporcional y predecible, a través de dos herramientas, mitigaciones directas y aportes al espacio público.
Que, en conformidad a lo establecido en el artículo 176º de la LGUC y el artículo 2.8.1. de la OGUC, para administrar los recursos recaudados por concepto de aportes, cada municipio del país deberá formular un Plan de Inversión en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP), con el fin de definir una cartera de proyectos, así como un plano que grafique con precisión la ubicación de los tramos de los proyectos, obras y medidas que hayan sido incorporados en la cartera, los que se materializarán a partir de los recursos obtenidos de la aplicación de esta ley.
Que, en dicho contexto, el Municipio de la Granja, a través de la Secretaría Comunal de Planificación SECPLA, realizó durante el año 2020, el proceso...
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