Decreto núm. 34, publicado el 14 de Febrero de 2019. NOMBRA A PERSONA QUE SE INDICA EN EL CARGO DE DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA DE CHILE - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 764597477

Decreto núm. 34, publicado el 14 de Febrero de 2019. NOMBRA A PERSONA QUE SE INDICA EN EL CARGO DE DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA DE CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyDecreto

NOMBRA A PERSONA QUE SE INDICA EN EL CARGO DE DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA DE CHILE

Santiago, 10 de enero de 2019.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 34.

Vistos:

Estos antecedentes y lo dispuesto en el artículo 3210 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado en el decreto Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en los artículos 7 letra c, 12, 13, 14 y 16, todos de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; en el decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2016, de esta Secretaría de Estado, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; en el decreto supremo de Justicia Nº 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en la ley Nº 21.125, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2019; en DL Nº 2.859, de 1979, que fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile; en el DFL Nº 1.791, de 1980, que fija Estatuto del Personal de Gendarmería de Chile; en el decreto supremo Nº 880, de 2018, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que acepta renuncia voluntaria de la Directora Nacional de Gendarmería de Chile; y en las resoluciones Nº 1.600, de 2008 y Nº 10, de 2017, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º del DFL Nº 3, de 2016, de esta Secretaría de Estado, conforman el sector justicia, los servicios públicos que se encuentran sometidos a la dependencia o supervigilancia del Presidente de la República, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

  2. Que, el artículo 1º del DL Nº 2.859, de 1979, que Fija Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, establece que la mencionada Institución depende del Ministerio de Justicia.

  3. Que, el artículo 8º del DFL Nº 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia, que Fija Estatuto de Personal perteneciente a las plantas I y II de Gendarmería de Chile, establece que el cargo de Director Nacional del Servicio forma parte de la Planta de Oficiales Penitenciarios, cuyo grado asociado a la escala única de sueldos es el 1C.

  4. Que, mediante el decreto supremo Nº 880, de 26 de septiembre de 2018, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se aceptó la renuncia voluntaria de doña Claudia Andrea Bendeck Inostroza, RUN Nº...

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