Decreto núm. 24 EXENTO, publicado el 19 de Abril de 2018. PRORROGA POR PLAZO QUE INDICA POSTERGACIÓN DE PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN PARA LA LOCALIDAD DE DUNAS DE LONGOTOMA Y DESEMBOCADURA RÍO LA LIGUA Y RÍO PETORCA, DISPUESTA POR DECRETO ALCALDICIO N° 11, DE FECHA 2 DE ENERO DE 2018. DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA LIGUA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 714222557

Decreto núm. 24 EXENTO, publicado el 19 de Abril de 2018. PRORROGA POR PLAZO QUE INDICA POSTERGACIÓN DE PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN PARA LA LOCALIDAD DE DUNAS DE LONGOTOMA Y DESEMBOCADURA RÍO LA LIGUA Y RÍO PETORCA, DISPUESTA POR DECRETO ALCALDICIO N° 11, DE FECHA 2 DE ENERO DE 2018. DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA LIGUA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

PRORROGA POR PLAZO QUE INDICA POSTERGACIÓN DE PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN PARA LA LOCALIDAD DE DUNAS DE LONGOTOMA Y DESEMBOCADURA RÍO LA LIGUA Y RÍO PETORCA, DISPUESTA POR DECRETO ALCALDICIO N° 11, DE FECHA 2 DE ENERO DE 2018. DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA LIGUA

Santiago, 12 de abril de 2018.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 24 exento.

Visto:

La ley Nº 16.391; el artículo 12 letra k) del decreto ley Nº 1.305 (V. y U.), de 1975; el artículo 117º del DFL Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones; el artículo 1.4.18. del decreto supremo Nº 47 (V. y U.), de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; la circular DDU 175, de 14 de noviembre de 2006; el decreto alcaldicio Nº 11, de la I. Municipalidad de La Ligua, de 2 de enero de 2018, publicado en el Diario Oficial el 19 de enero de 2018; el Ord. Nº 166, de 6 de abril de 2018, de la Jefa División de Desarrollo Urbano del Minvu; el artículo 35 de la Constitución Política de la República de Chile, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; y en particular lo dispuesto en el dictamen Nº 47212, de 2010, del órgano contralor, el cual consigna "que los actos que disponen la prórroga de la medida de postergación de permisos de que trata el citado artículo 117, se encuentran, atendida su materia, exentos de toma de razón, acorde con la resolución Nº 1.600, de 2008, de esta Contraloría General".

Considerando:

  1. Que, mediante Of. ordinario Nº 633, de fecha 20 de noviembre de 2017 el Alcalde de la I. Municipalidad de La Ligua, solicitó al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, la postergación de permisos según el artículo 117º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones -LGUC y el artículo 1.4.18. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones - OGUC, en el sector de las "Dunas de Longotoma y Desembocadura de Río La Ligua y Petorca", comuna de La Ligua, por un plazo de tres (3) meses.

  2. Que, por ordinario Nº 3774, de fecha 26 de diciembre de 2017, el Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso dirigido al Alcalde I. Municipalidad de La Ligua, informó favorablemente la solicitud de postergación de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcción formulada por dicho Municipio, por el plazo solicitado para el polígono denominado "Polígono postergación de permisos...

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