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Decreto núm. 180, publicado el 26 de Abril de 2017. REGLAMENTO DE SEGMENTACIÓN DE BENEFICIARIOS DE LA LEY N° 20.925 QUE CREA BONIFICACIÓN AL REPOBLAMIENTO Y CULTIVO DE ALGAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

REGLAMENTO DE SEGMENTACIÓN DE BENEFICIARIOS DE LA LEY N° 20.925 QUE CREA BONIFICACIÓN AL REPOBLAMIENTO Y CULTIVO DE ALGAS

Núm. 180.- Santiago, 7 de octubre de 2016.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República; la Ley N° 20.925 que crea bonificación al repoblamiento y cultivo de algas; la Ley General de Pesca y Acuicultura N° 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DS N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el DFL N° 5, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la ley N° 10.336; la resolución N° 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que la ley N° 20.925 crea una bonificación para el repoblamiento y cultivo de algas, indicando su artículo 4° que un reglamento dictado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que además llevará la firma del Ministro de Hacienda, fijará los segmentos de beneficiarios conforme a los cuales se establecerán, en los programas o concursos, los montos diferenciados de bonificación a los que accederá cada uno de ellos y establecerá los requisitos y condiciones bajo los cuales la Subsecretaría podrá excluir, en casos calificados, con informe fundado del Fondo de Administración Pesquero, la exigencia de instrumentos de garantía de anticipo a que alude el inciso final del artículo 13 de la misma ley.

  2. Que corresponde dictar el reglamento a que se alude en el considerando anterior.

Decreto:

Artículo único

Apruébese el siguiente reglamento de segmentación de beneficiarios de la ley N° 20.925 que crea bonificación al repoblamiento y cultivo de algas:

REGLAMENTO DE SEGMENTACIÓN DE BENEFICIARIOS DE LA LEY N° 20.925 QUE CREA BONIFICACIÓN AL REPOBLAMIENTO Y CULTIVO DE ALGAS

Artículo 1º Ámbito de aplicación

El presente reglamento establece los segmentos de beneficiarios que determinarán los montos diferenciados de bonificación a los que se puede acceder en los programas y concursos que se determinan de conformidad a lo dispuesto en la ley Nº 20.925, sobre bonificación para el repoblamiento y cultivo de algas.

Artículo 2°

Segmentación de beneficiarios titulares de áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos. Los beneficiarios que sean titulares de áreas de manejo, de conformidad con la letra a)...

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