Decreto núm. 1718, publicado el 21 de Septiembre de 2021. APRUEBA TEXTO REFUNDIDO DE LA ORDENANZA LOCAL DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CALDERA Y SU RESPECTIVO PLANO, INCORPORANDO LAS MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES APROBADAS EN EL MES DE AGOSTO DE 2019 POR EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CALDERA - MUNICIPALIDAD DE CALDERA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 876032715

Decreto núm. 1718, publicado el 21 de Septiembre de 2021. APRUEBA TEXTO REFUNDIDO DE LA ORDENANZA LOCAL DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CALDERA Y SU RESPECTIVO PLANO, INCORPORANDO LAS MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES APROBADAS EN EL MES DE AGOSTO DE 2019 POR EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CALDERA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE CALDERA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA TEXTO REFUNDIDO DE LA ORDENANZA LOCAL DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CALDERA Y SU RESPECTIVO PLANO, INCORPORANDO LAS MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES APROBADAS EN EL MES DE AGOSTO DE 2019 POR EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CALDERA

Núm. 1.718.- Caldera, 17 de junio de 2021.

Vistos:

  1. Lo dispuesto en el Art. 118 de la Constitución Política del República, la Ley N° 18.695 de la Orgánica Constitucional de Municipalidades, lo dispuesto en el DFL N° 458 Ley General de Urbanismo y Construcciones y en su Ordenanza General, Resolución N° 7 que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón de la Contraloría General de la República, Decreto Alcaldicio 225 de 09 de febrero del 2010 que aprueba actualización del Plan Regulador Comunal de Caldera, Decreto Alcaldicio N° 2827 de 16 de agosto del 2012 que aprueba plano seccional y enmiendas al Plan Regulador Comunal, Acuerdo N° 1312/2019 de fecha 06 de junio de 2019 del H. Concejo Municipal de Caldera se acuerda dar inicio al procedimiento para la elaboración y aprobación de los Planes Reguladores Comunales, conforme al art. 2.1.11 de la OGUC, Acuerdo N° 1422/2019 de fecha 21 de agosto de 2019 del Concejo Municipal de Caldera que acuerda aprobar las Modificaciones No Sustanciales del Plan Regulador Comunal de Caldera, Decreto Alcaldicio N° 1.301 del 3 de marzo 2020 que designa subrogancias que se indican, Ord. N° 963 de fecha 27 noviembre 2020 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo del Informe Técnico favorable del Consultor Cristian Bustos "Modificación del Plan Regulador Comunal de Caldera 2019, Revisión de Observaciones en el marco de la tramitación municipal Art. 2.1.11 OGUC de agosto 2019", el Ord. N° 210, de fecha 9 de marzo 2021 de la Ilustre Municipalidad de Caldera que solicita nuevo pronunciamiento al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo sobre factibilidad de incluir dos modificaciones, Acuerdos N° 2199/2021 y N° 2200/2021 del Honorable Concejo de Caldera del 11 de marzo del 2021 para aprobar las dos nuevas modificaciones presentadas por el municipio, Ord. N° 465 de fecha 26 de mayo 2021 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo por pronunciamiento de las dos modificaciones, Ord. N° 425 de fecha 14 de junio 2021 de la Ilustre Municipalidad de Caldera que envía correcciones al Seremi Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo respecto a las dos modificaciones en mención, Informe Técnico de la Asesora Urbanista N° 4 de fecha 29 de enero del 2021, Ord. N° 210 y las atribuciones que me confiere Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades,

    Considerando:

  2. Que, la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades en su Art. 3 b) indica que corresponderá a las municipalidades, en el ámbito de su territorio, las siguientes funciones privativas: la planificación y regulación de la comuna y la confección del plan regulador comunal, de acuerdo con las normas legales vigentes.

  3. Que, para dar cumplimiento a lo anterior, se cuenta actualmente con el Plan Regulador Comunal de Caldera aprobado mediante Decreto Alcaldicio 225 de 09 de febrero del 2010 que aprueba actualización del Plan Regulador Comunal de Caldera y publicado el 13 de febrero del 2010 en el Diario Oficial y Decreto Alcaldicio N° 2827 de 16 de agosto del 2012 que aprueba Plano seccional y enmiendas al Plan Regulador Comunal, actos administrativos vigentes conforme a Ord. N° 1366 del 23 de noviembre del 2016 de la Secretaria Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Atacama.

  4. Que, dado el crecimiento de la ciudad desde el año 2012 y la necesidad de actualizar las normativas urbanísticas y de construcción a la realidad territorial en un periodo máximo de diez años conforme lo establecido en el Art. 28 sexies del Cap. II del Título II de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, se optó por realizar Modificaciones No Sustanciales al instrumento de planificación territorial de la comuna de Caldera, denominado Plan Regulador Comunal.

  5. Que, por medio del Acuerdo N° 1312/2019 de fecha 06 de junio de 2019 del H. Concejo Municipal de Caldera se acuerda dar inicio al procedimiento para la elaboración y aprobación de los Planes Reguladores Comunales, conforme al art. 2.1.11 de la OGUC.

  6. Que, por medio del Acuerdo N° 1422/2019 de fecha 21 de agosto de 2019 del H. Concejo Municipal de Caldera se acuerda aprobar las Modificaciones No Sustanciales del Plan Regulador Comunal de Caldera, en virtud de la presentación del informe final del consultor Cristian Bustos "Modificación del Plan Regulador Comunal de Caldera 2019, Revisión de Observaciones en el marco de la tramitación municipal Art. 2.1.11 OGUC, agosto 2019".

  7. Que, el Ord. N° 963 de fecha 27 noviembre 2020 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo que acompaña Informe Técnico Favorable del Proyecto de Modificación del Plan Regulador Comunal de Caldera.

  8. Que, el Ord. N° 210, de fecha 9 de marzo 2021 de la Ilustre Municipalidad de Caldera que solicita nuevo pronunciamiento al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo sobre factibilidad de incluir dos modificaciones excepcionales al Plan Regulador Comunal de Caldera, las que fueron aprobadas por el Honorable Concejo Municipal de Caldera el 11 de marzo del 2021 mediante Acuerdo N° 2199/2021 y N° 2200/2021.

  9. Que, el Ord. N° 465, de fecha 26 de mayo 2021 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo se pronuncia en forma negativa respecto a la inclusión de la primera modificación respectiva -eliminación de tramo vial en sector Rodillo- y solicita corrección de los instrumentos relativos al Plan Regulador Comunal de Caldera respecto a la segunda modificación que fue incluida en el proceso de Actualización del Plan Regulador Intercomunal de las Comunas Costeras de Atacama (PRICOST) aprobado el 27 de agosto del 2019 – eliminación tramo vía Centinela Blanco, Caldera.

  10. Que, el Ord. N° 425, de fecha 14 de junio 2021 de la Ilustre Municipalidad de Caldera envía correcciones gráficas al Seremi Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo del Plano del Plan Regulador Comunal de Caldera respecto a segunda modificación consultada y su correspondiente corrección en la Ordenanza Local.

    Decreto:

  11. - Apruébese texto refundido de la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Caldera y su respectivo plano, incorporando las modificaciones no sustanciales aprobadas en el mes de agosto de 2019 por el Honorable Concejo Municipal de Caldera.

    ORDENANZA LOCAL

    PLAN REGULADOR COMUNAL

    DE CALDERA

    JUNIO 2021

    ORDENANZA LOCAL

    PLAN REGULADOR COMUNA DE CALDERA

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 3
Artículo 1º

Ámbito de las disposiciones.

De acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, la presente Ordenanza Local, junto con el Plano, la Memoria Explicativa y el Estudio de Factibilidad de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, conforman un solo cuerpo legal. La presente Ordenanza Local tiene por objeto establecer las normas referentes al límite urbano, zonificación, usos del suelo, condiciones de subdivisión predial, de edificación, de urbanización, vialidad y áreas de restricción y protección, que deberán observarse dentro del área territorial del Plan Regulador Comunal de Caldera, graficada en el Plano de zonificación y vialidad denominado PRCCAL, compuesto de las Láminas 1 a 3 escala 1:10 000, en adelante el Plano.

Artículo 2º

Alcance normativo.

Todas aquellas materias atingentes al desarrollo urbano que no se encontraren normadas en esta Ordenanza Local, se regirán por las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), del Plan Regulador Intercomunal de las Comunas Costeras de Atacama (PRICOST) y demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia.

Fuera del Límite Urbano rigen las disposiciones establecidas por el PRICOST.

Artículo 3º

Límite urbano.

El Límite Urbano del Plan Regulador Comunal de Caldera comprende las siguientes localidades o sectores que se encuentran definidos en cada caso, por una línea poligonal cerrada, de acuerdo a los siguientes puntos:

La descripción de puntos y tramos se presenta en el Artículo 4º de esta Ordenanza Local y se encuentran graficados en el Plano.

CAPÍTULO II DESCRIPCIÓN DEL LÍMITE URBANO Artículo 4
Artículo 4º

Límite urbano Los polígonos que circunscriben las áreas urbanas normadas por el Plan Regulador Comunal de Caldera están definidos por los siguientes puntos y tramos:

DESCRIPCIÓN DEL LÍMITE URBANO SECTOR TOTORALILLO

DESCRIPCIÓN DEL LÍMITE URBANO SECTOR CALDERA – BAHÍA INGLESA

LÍMITE URBANO SECTOR BAHÍA SALADO

Corresponde al Límite del Plan Seccional de Bahía Salado aprobado y publicado en el D.O. del 1º de septiembre de 2005 y su modificación publicada en el D.O. el 10 de diciembre de 2008.

CAPÍTULO III NORMAS GENERALES Artículos 5 a 17
Párrafo 1 Disposiciones generales Artículos 5 a 11
Artículo 5º

Antejardines.

Los antejardines se desarrollarán a partir de la Línea Oficial, no obstante, deberán establecerse en los planos de loteos, subdivisiones, ampliaciones y nuevas edificaciones, de acuerdo a lo que se indica para cada zona en la presente Ordenanza...

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