Decreto núm. 1440, publicado el 01 de Junio de 2021. ORDENA DEMOLICIÓN EN INMUEBLE - MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 868577302

Decreto núm. 1440, publicado el 01 de Junio de 2021. ORDENA DEMOLICIÓN EN INMUEBLE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LAS CONDES
Rango de LeyDecreto

ORDENA DEMOLICIÓN EN INMUEBLE

Núm. 1.440 Secc. 1ª.- Las Condes, 31 de marzo de 2021.

Vistos y teniendo presente:

La providencia N°643/21; el ingreso DOM. N°205/21; el permiso de edificación N°97/10; la resolución de modificación de proyecto de edificación N°308/11; la resolución de modificación de proyecto de edificación N°266/14; la resolución de modificación de proyecto de edificación N°501/14, todos sin certificado de recepción definitiva; la visita efectuada por profesionales del Depto. de Inspección de la Dirección de Obras a la propiedad ubicada en calle Benjamín N°2945, Rol 3056-20, de propiedad de Inmobiliaria Plus Ultra Ltda., Rut. 79.743.160-5, cuyo representante legal es el Sr. Celso Roberto Gutiérrez Álvarez, Rut. 5.927.900-9; el Inf. DOM. N°38 de fecha 19 de febrero de 2021 de la Dirección de Obras mediante el cual solicita la dictación del decreto de demolición e inhabilidad correspondientes; lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes; artículos 144, 145, 148 y siguientes del DFL. N°458 de 1976 del Minvu; el decreto alcaldicio sección 1ª N°2175 del 30.03.2020 que establece el orden de subrogancia del cargo de Alcalde y en uso de las facultades que me confieren los artículos 56 y 63 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades,

Decreto:

  1. - Ordénase la demolición y retiro, dentro en un plazo de 30 días corridos a contar de la fecha de notificación del presente decreto, de la torre de ascensor ejecutada sin permiso, en el inmueble ubicado en calle Benjamín N°2945, Rol 3056-20, de propiedad de Inmobiliaria Plus Ultra Ltda., Rut. 79.743.160-5, cuyo representante legal es el Sr. Celso Roberto Gutiérrez Álvarez, Rut. 5.927.900-9, con domicilio para estos efectos en la misma propiedad.

  2. - En caso de incumplimiento del presente decreto, la Municipalidad procederá a la demolición y retiro sin más trámite y por cuenta del propietario. Requiérase el auxilio de la Fuerza Pública, en caso de que sea necesario, la que deberá ser facilitada al funcionario municipal encargado de ejecutarla con la sola exhibición de una copia autorizada del presente decreto.

  3. - Sin perjuicio de lo dispuesto en el N°1 precedente, ordénase la inhabilidad inmediata de las obras ejecutadas y en uso, con una superficie de 266,57 m², las que en consecuencia a partir de...

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