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Decreto núm. 1284, publicado el 24 de Noviembre de 2017. DISPONE ENVÍO DE AYUDA QUE INDICA A LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA APOYO EN LA ATENCIÓN DE LA CATÁSTROFE QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto

DISPONE ENVÍO DE AYUDA QUE INDICA A LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA APOYO EN LA ATENCIÓN DE LA CATÁSTROFE QUE SEÑALA

Núm. 1.284.- Santiago, 29 de septiembre de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República; en los artículos 1°, 3°, letra i), y 21 del Título I de la ley N° 16.282, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DS N° 104, de 1977, del Ministerio del Interior, y en el artículo 10° de la ley N° 10.336; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. - Que el 19 de septiembre de 2017, los Estados Unidos Mexicanos fueron azotados por un terremoto de magnitud 7.1 grados de magnitud, ubicándose su epicentro a 12 kilómetros al sureste de Axochiapan, lo que ha provocado graves daños a la infraestructura pública y privada, destrucción de viviendas y la muerte de un número importante de personas.

  2. - Que el Gobierno de Chile, en su propio nombre y en el de su pueblo, ha resuelto acudir en su auxilio como un acto humanitario de solidaridad internacional, enviando elementos considerados indispensables para atenuar las necesidades más apremiantes de la población afectada.

  3. - Que la ayuda consiste en 2.160 frazadas, 3.072 carpas para cuatro personas y 130 colchones forrados, valorizadas en $147.393.400, los que se enviarán a través de un avión FACH, y cuyo costo total será financiado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

  4. - Que, de conformidad a las medidas adoptadas y a los fundamentos expuestos, se hace necesaria la dictación del correspondiente acto administrativo, por lo que vengo en dictar el siguiente:

Decreto:

Artículo primero

Autorízase la donación a los Estados Unidos Mexicanos, consistente en 2.160 frazadas, 3.072 carpas para cuatro personas y 130 colchones forrados, valorizados en $147.393.400.

Artículo segundo

La ayuda mencionada será adquirida por la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a la que se faculta para hacer la entrega de la donación antes referida.

El financiamiento del costo de los elementos de ayuda enviados, será asumido por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Artículo tercero

El transporte aéreo necesario para el traslado de los recursos materiales a que se refieren los...

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