Decreto núm. 104 EXENTO, publicado el 13 de Abril de 2023. MODIFICA EL DECRETO N° 201 DE 2006, DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, QUE DECLARA CAMINOS PÚBLICOS EN LAS ÁREAS URBANAS DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO, A LAS CALLES O AVENIDAS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA EL DECRETO N° 201 DE 2006, DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, QUE DECLARA CAMINOS PÚBLICOS EN LAS ÁREAS URBANAS DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO, A LAS CALLES O AVENIDAS QUE INDICA
Núm. 104 exento.- Santiago, 4 de abril de 2023.
Vistos:
Decreto N° 201 de 2006, del Ministerio de Obras Públicas; lo dispuesto en el artículo 24 del decreto con fuerza de ley N° 850 de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del decreto con fuerza de ley N° 206 de 1960, Ley de Caminos; decretos N° 19 de 2001 y N° 96 de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, es necesario incorporar nuevas calles o avenidas urbanas a la administración de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, complementando lo establecido en el decreto N° 201 de 2006, del Ministerio de Obras Públicas, en lo que compete a la Región de Valparaíso, que tiene por finalidad mejorar la configuración de la Vialidad estructurante que pasa por las ciudades de San Antonio, Los Andes y Puchuncaví-Quintero.
Que, el artículo 24° del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.840 y el decreto con fuerza de ley N° 206 de 1960, permiten declarar caminos públicos a dichas vías urbanas.
Que, el numeral 1° del Capítulo IV "Ministerio de Obras Públicas" del artículo 1° del decreto N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, modificado mediante decreto N° 96 de 2009, del mismo Ministerio, faculta al Ministro de Obras Públicas para firmar por orden del Presidente de la República, la presente declaratoria.
Que, la materia a que se refiere este decreto está exenta del trámite de toma de razón, según el dictamen N° 68.784 de 2009, de la Contraloría General de la República, en concordancia con lo dispuesto por la resolución N° 7 de 2019, de esa misma Contraloría General.
Decreto:
-
Modifícase el decreto N° 201 del 7 de marzo del año 2006, del Ministerio de Obras Públicas, en el siguiente sentido:
1.1 Agrégase en el numeral 2°, lo siguiente:
. Ruta E-61, Cruce Ruta 60 CH (Los Andes) - Cruce Ruta 60 CH (Tres Esquinas).
. F-180, Cruce E-30-F - Los Maitenes - Cruce F-190.
1.2 Reemplázase el acápite 2° del numeral 3°, de Los Andes, por lo siguiente:
Donde dice:
. El tramo urbano...
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