Decreto núm. 1007 EXENTO, publicado el 03 de Enero de 2015. RENUEVA Y DESIGNA ENTIDADES GREMIALES REPRESENTANTES DEL CONSEJO NACIONAL CONSULTIVO DE LA EMPRESA DE MENOR TAMAÑO SEÑALADOS EN LA LETRA E) DEL ARTÍCULO CUARTO DE LA LEY Nº 20.416 - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 551449626

Decreto núm. 1007 EXENTO, publicado el 03 de Enero de 2015. RENUEVA Y DESIGNA ENTIDADES GREMIALES REPRESENTANTES DEL CONSEJO NACIONAL CONSULTIVO DE LA EMPRESA DE MENOR TAMAÑO SEÑALADOS EN LA LETRA E) DEL ARTÍCULO CUARTO DE LA LEY Nº 20.416

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

RENUEVA Y DESIGNA ENTIDADES GREMIALES REPRESENTANTES DEL CONSEJO NACIONAL CONSULTIVO DE LA EMPRESA DE MENOR TAMAÑO SEÑALADOS EN LA LETRA E) DEL ARTÍCULO CUARTO DE LA LEY Nº 20.416

Núm. 1.007 exento.- Santiago, 24 de diciembre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo cuarto de la Ley Nº 20.416, que Fija Normas Especiales para las Empresas de Menor Tamaño; en los artículos 3º letra e), , y 13 del decreto Nº 76, de 2010, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que establece el Reglamento del Consejo Nacional Consultivo de la Empresa de Menor Tamaño; en los decretos Nº 1.455, de 2010, y Nº 134, de 2012, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º del decreto Nº 76, de 2010, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que establece el Reglamento del Consejo Nacional Consultivo de la Empresa de Menor Tamaño, se indica que esta Secretaría de Estado dispondrá, mediante decreto dictado antes del término del año en que finaliza un período, a las entidades gremiales que designarán representantes que integren el citado Consejo, correspondientes a la letra e) del artículo cuarto de la ley Nº 20.416.

  2. Que, de acuerdo a lo señalado en el inciso cuarto del artículo cuarto de la ley Nº 20.416, los miembros del Consejo a que se refieren las letras e), f), g), h), i) y j) durarán dos años en sus cargos y podrán renovarse hasta por dos períodos consecutivos.

  3. Que, por decreto Nº 1.455, de 2010, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se designó a las entidades gremiales que agrupan mayoritariamente a las empresas de menor tamaño de los sectores productivos relevantes para la economía nacional, correspondientes a la letra e) del artículo cuarto de la ley Nº 20.416, para el período comprendido entre el 1º de enero de 2011 y el 31 de diciembre de 2012.

  4. Que, por decreto Nº 134, de 2012, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se renovó la designación de las entidades gremiales que determinan representantes para la integración del Consejo Nacional Consultivo de Empresas de Menor Tamaño, para el período comprendido entre el 1º de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2014.

  5. Que, en conformidad al procedimiento indicado en los artículos y del decreto Nº 76 mencionado precedentemente, la Secretaria Ejecutiva del Consejo...

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