Decreto 3223 EXENTO - APRUEBA MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL, SEGÚN SEÑALA - MUNICIPALIDAD DE PICHILEMU - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 408214034

Decreto 3223 EXENTO - APRUEBA MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL, SEGÚN SEÑALA

EmisorMUNICIPALIDAD DE PICHILEMU
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor26 de Noviembre de 2012

APRUEBA MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL, SEGÚN SEÑALA

Núm. 3.223 exento.- Pichilemu, 15 de noviembre de 2012.- Considerando:

- La necesidad del Municipio de proceder al último trámite que le corresponde del proceso aprobación del proyecto modificación del actual Plan Regulador Comunal de Pichilemu, de acuerdo a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

- El acuerdo adoptado en sesión ordinaria del Concejo Municipal de fecha 3 de agosto de 2012, que aprueba por unanimidad el proyecto de Modificación del actual Plan Regulador Comunal, localidades de Pichilemu.

- El memorándum Nº 1.000 de fecha 13 de noviembre de 2012 del Alcalde (S).

- El memorándum Nº 611 de fecha 12 de noviembre de 2012 del D.O.M. (S).

- El Informe de Estudio Ambiental Estratégico para la comuna de Pichilemu.

- Ord. Nº 121462, de fecha 11.05.2012, emitido por la Subsecretaría del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Estudio Ambiental Estratégico.

- Exposición a la comunidad y consulta pública sobre el Estudio Ambiental Estratégico.

- El Ord. Nº 1.253 de fecha 10 de julio de 2012 de la Seremi de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, que emite informe favorable a la modificación.

Vistos:

- El cumplimiento de lo estipulado en el artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

- Lo señalado en el art. 65 letra b) y las facultades que me confiere el art. 63, ambos de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, texto refundido.

Decreto:

  1. - Apruébase en toda su extensión el proyecto que Modifica el actual Plan Regulador Comunal de Pichilemu, según el siguiente detalle:

    Situación Actual

    Zona A3

    Uso de Suelo Permitidos

    Residencial: Vivienda unifamiliar y vivienda en edificación colectiva; hosterías y residenciales

    Equipamiento: A escala menor de: Salud, Educación, Comercio, Servicios, Esparcimiento, Deportes, Culto cultura

    Áreas Verdes: Parques y plazas

    Infraestructura: Sanitaria: estanques de distribución de agua potable y sus respectivas redes

    Energética: redes.

    Uso de Suelos Prohibidos

    Todos los usos de suelo no mencionados como permitidos.

    Normas de Edificación

    - Densidad bruta máxima 60 hab/ha

    - Coeficiente de Constructibilidad 0,4

    - Coeficiente de Ocupación de Suelo 40%

    - Altura Máxima Dos Pisos más

    mansarda o 9,0

    mts

    - Rasante Según O.G.U.C.

    - Sistema de Agrupamiento Aislado,

    pareado,

    continuo

    - Frente Mínimo 10 mts.

    - Cierros 60% min. de

    transparencia

    a la calle, 2

    mts. de altura

    - Tamaño Predial Mínimo 400 m².

    Condiciones Especiales

    - No Contemplan.

    Zona A4

    Uso de Suelo Permitidos

    Residencial: Vivienda unifamiliar y vivienda en edificación colectiva; residenciales

    Equipamiento: A escala menor de: Salud, Educación, Comercio, Servicios, Esparcimiento, Deportes, Culto...

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