Decreto 3223 EXENTO - APRUEBA MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL, SEGÚN SEÑALA
Emisor | MUNICIPALIDAD DE PICHILEMU |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 26 de Noviembre de 2012 |
APRUEBA MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL, SEGÚN SEÑALA
Núm. 3.223 exento.- Pichilemu, 15 de noviembre de 2012.- Considerando:
- La necesidad del Municipio de proceder al último trámite que le corresponde del proceso aprobación del proyecto modificación del actual Plan Regulador Comunal de Pichilemu, de acuerdo a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
- El acuerdo adoptado en sesión ordinaria del Concejo Municipal de fecha 3 de agosto de 2012, que aprueba por unanimidad el proyecto de Modificación del actual Plan Regulador Comunal, localidades de Pichilemu.
- El memorándum Nº 1.000 de fecha 13 de noviembre de 2012 del Alcalde (S).
- El memorándum Nº 611 de fecha 12 de noviembre de 2012 del D.O.M. (S).
- El Informe de Estudio Ambiental Estratégico para la comuna de Pichilemu.
- Ord. Nº 121462, de fecha 11.05.2012, emitido por la Subsecretaría del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Estudio Ambiental Estratégico.
- Exposición a la comunidad y consulta pública sobre el Estudio Ambiental Estratégico.
- El Ord. Nº 1.253 de fecha 10 de julio de 2012 de la Seremi de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, que emite informe favorable a la modificación.
Vistos:
- El cumplimiento de lo estipulado en el artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
- Lo señalado en el art. 65 letra b) y las facultades que me confiere el art. 63, ambos de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, texto refundido.
Decreto:
-
- Apruébase en toda su extensión el proyecto que Modifica el actual Plan Regulador Comunal de Pichilemu, según el siguiente detalle:
Situación Actual
Zona A3
Uso de Suelo Permitidos
Residencial: Vivienda unifamiliar y vivienda en edificación colectiva; hosterías y residenciales
Equipamiento: A escala menor de: Salud, Educación, Comercio, Servicios, Esparcimiento, Deportes, Culto cultura
Áreas Verdes: Parques y plazas
Infraestructura: Sanitaria: estanques de distribución de agua potable y sus respectivas redes
Energética: redes.
Uso de Suelos Prohibidos
Todos los usos de suelo no mencionados como permitidos.
Normas de Edificación
- Densidad bruta máxima 60 hab/ha
- Coeficiente de Constructibilidad 0,4
- Coeficiente de Ocupación de Suelo 40%
- Altura Máxima Dos Pisos más
mansarda o 9,0
mts
- Rasante Según O.G.U.C.
- Sistema de Agrupamiento Aislado,
pareado,
continuo
- Frente Mínimo 10 mts.
- Cierros 60% min. de
transparencia
a la calle, 2
mts. de altura
- Tamaño Predial Mínimo 400 m².
Condiciones Especiales
- No Contemplan.
Zona A4
Uso de Suelo Permitidos
Residencial: Vivienda unifamiliar y vivienda en edificación colectiva; residenciales
Equipamiento: A escala menor de: Salud, Educación, Comercio, Servicios, Esparcimiento, Deportes, Culto...
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