Decreto exento número 470, de 2022.- Aprueba la integración del Incentivo por Desempeño Colectivo correspondiente al año 2022 al Incremento por Desempeño Institucional del artículo 10 del decreto Nº 983, de 2003, del Ministerio de Hacienda, del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera - 22 de Junio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 935520757

Decreto exento número 470, de 2022.- Aprueba la integración del Incentivo por Desempeño Colectivo correspondiente al año 2022 al Incremento por Desempeño Institucional del artículo 10 del decreto Nº 983, de 2003, del Ministerio de Hacienda, del Servicio Local de Educación Pública de Punilla Cordillera

Número de registroCVE-2332268
Fecha de publicación22 Junio 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta43.583
CVE 2332268 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.583 | Jueves 22 de Junio de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2332268
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
APRUÉBESE LA INTEGRACIÓN DEL INCENTIVO POR DESEMPEÑO COLECTIVO
CORRESPONDIENTE AL AÑO 2022 AL INCREMENTO POR DESEMPEÑO
INSTITUCIONAL DEL ARTÍCULO 10 DEL DECRETO Nº 983, DE 2003, DEL
MINISTERIO DE HACIENDA, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA
DE PUNILLA CORDILLERA
Núm. 470 exento.- Santiago, 30 de mayo de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 33 y 36 de la Constitución Política de la República de Chile;
en la ley Nº 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en la ley Nº 19.553, que concede
asignación de modernización y otros beneficios que indica; en la ley N° 20.212, que modifica las
leyes Nºs. 19.553, 19.882, y otros cuerpos legales, con el objeto de Incentivar el Desempeño de
Funcionarios Públicos; en el DFL Nº 56, de 2019, del Ministerio de Educación, que fija Planta
del Personal del Servicio Local de Educación Pública de la Región de Ñuble que comprende las
comunas que indica; en el decreto Nº 983, de 2003, del Ministerio de Hacienda, que aprueba
Reglamento para la Aplicación de Incremento por Desempeño Colectivo del artículo 7 de la ley
N° 19.553; en el decreto N° 787, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que modifica decreto N°
983, de 2003, que aprobó Reglamento para la Aplicación de Incremento por Desempeño
Colectivo del artículo 7º de la ley N° 19.553; en el decreto N° 20, de 2021, del Ministerio de
Educación, que fija Nominación, Ámbito de Competencia Territorial, Domicilio y Calendario de
Instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública
que indica; y, en las resoluciones Nºs. 6 y 7, ambas de 2019, de Contraloría General de la
República, que fijan normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
Considerando:
Que, en el contexto de la desmunicipalización, el año 2017 se publicó la ley N° 21.040, que
crea el Sistema de Educación Pública. Esta ley, conocida también como Nueva Educación
Pública, da origen a una nueva institucionalidad integrada por el Ministerio de Educación, la
Dirección de Educación Pública (DEP), los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP) y los
establecimientos educacionales de su dependencia.
En su calidad de proveedores de educación pública, los niveles principales del sistema son
los establecimientos educacionales y los nuevos SLEP, los cuales de conformidad al artículo 16
de dicha ley, son órganos públicos, funcional y territorialmente descentralizados, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionan con el Presidente de la República a
través del Ministerio de Educación y, a su vez, con esta Secretaría de Estado mediante la
Dirección de Educación Pública.
Que, el decreto N° 20, de 2021, del Ministerio de Educación, que fija la Denominación,
Ámbito de Competencia Territorial, Domicilio y Calendario de Instalación con las fechas en que
iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica, dentro de los cuales
se encuentra el correspondiente a Punilla Cordillera, dispone en su artículo 12º que dicho
Servicio iniciaría sus funciones el día 1 de marzo de 2022.
Que, por su parte, en el DFL N° 56, de 2019, del Ministerio de Educación, que fija Planta
del Personal del Servicio Local de Educación Pública de la Región de Ñuble que comprende las
comunas que indica, entre otras materias, establece en su artículo único transitorio que, para el
pago del incremento por desempeño colectivo durante el año en que inicia sus funciones el

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR