Decreto alcaldicio exento número 3.076, de 2021.- Inicia procedimiento de invalidación de permiso de edificación que indica
Número de registro | CVE-2005944 |
Fecha de publicación | 08 Septiembre 2021 |
Sección | Normas Particulares |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE CURICÓ |
Número de Gaceta | 43.049 |
CVE 2005944 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.049 | Miércoles 8 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2005944
MUNICIPALIDAD DE CURICÓ
INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DE PERMISO DE EDIFICACIÓN
QUE INDICA
Núm. 3.076 exento.- Curicó, 30 de julio de 2021.
Vistos:
1.- El Permiso de Edificación N° 455, de fecha 05.07.2017; la modificación N° 485-2017 y
Certificado de Recepción Definitiva N° 232, de fecha 24.07.2017, de la Dirección de Obras -
Ilustre Municipalidad de Curicó, Región del Maule, todos asociados a la ampliación del local
denominado "Jakuna", a nombre del Sr. Eduardo Antonio Campos López, ubicado en Avenida
Colón N° 1154, de Curicó.
2.- El oficio N° E118231/2021, de fecha 30.06.2021 de la Contraloría General de la
República, Contraloría Regional del Maule, Unidad de Control Externo, Unidad de Seguimiento.
3.- El oficio reservado seguimiento N° M66/2021 de fecha 02.07.2021, del Director de
Control Interno, que solicita dar cumplimiento a oficio ordinario N° 777, de 2019, de Director de
Obras Municipales.
4.- El oficio Ord. N° 34, de fecha 06.07.2021, de la Directora de Asesoría Jurídica, que
solicita dar cumplimiento a lo comprometido por la Dirección de Obras Municipales.
5.- El oficio Ord. N° 734, de fecha 09.07.2021, de la Dirección de Obras Municipales, que
solicita dictar decreto para iniciar Proceso de Invalidación de Permiso de Edificación y
Certificado de Recepción Definitiva.
6.- La resolución de la Alcaldía de fecha 15.07.2021, que autoriza dictar decreto.
7.- Lo establecido en la resolución N° 7, de fecha 26.03.2019, que sustituye a la resolución
1.600, de 2008, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón en materias que
indican, todas de la Contraloría General de la República.
8.- El decreto con fuerza de ley N° 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
9.- El decreto supremo N° 47, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y
Construcciones.
10.- Plan Regulador de la Comuna de Curicó.
11.- El decreto 100, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la
12.- La ley 10.336, de la Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de
la República.
13.- Lo dispuesto en la ley N° 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
14.- Las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N°
18.695 de 1988, y sus posteriores modificaciones.
15.- La jurisprudencia administrativa y judicial emanada de la Contraloría General de la
República y de los Tribunales de Justicia, respectivamente.
Considerando:
a) Que, la Contraloría General de la República, Contraloría Regional del Maule, Unidad de
Control Externo, Unidad de Seguimiento, en oficio N° E118231/2021 respecto al Permiso de
Edificación N° 455, de fecha 05.07.2017, la modificación N° 485-2017 y Certificado de
Recepción Definitiva N° 232, de fecha 24.07.2017, asociados a la ampliación del local
denominado "Jakuna", fueron improcedentes otorgados, por lo que el municipio debía considerar
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